Todas las novedades fiscales para autónomos y pymes en 2018

Cristina Fernández,
Persona autónoma trabajando con su portátil

El 2018 comienza para autónomos y pymes trayendo algunas interesantes modificaciones que pueden facilitar la situación de ambos a lo largo del año. Así la llegada del nuevo año trae consigo las medidas que la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ya publicó en el BOE el pasado mes de Octubre.

De esta manera, si estás pensando en hacerte autónomo este 2018, te interesará conocer cuáles son los cambios que el nuevo año trae en lo relativo a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

En este artículo te especificamos lo que tienes que saber en materia de cuotas, bonificaciones, ventajas y obligaciones que conlleva ser autónomo en 2018 .

Cuotas y bonificaciones

Uno de los elementos que más preocupa a la hora de decidirse a ser autónomo es el precio de la cuota a pagar. Si estás pensando en darte de alta en 2018 afortunadamente vas a tenerlo algo más fácil a este respecto. Para las nuevas altas que se produzcan a partir de este año, la cuota a pagar a la Seguridad Social se minimiza a 50 euros, siempre que cotices por la base mínima.

Mientras que para cotizaciones superiores la bonificación será del 80% sobre la base mínima. Además entre las novedades traídas con el nuevo año, esta tarifa plana se extiende de seis meses a un año. Una vez pasado ese tiempo se irá aplicando una subida progresiva de la tarifa a pagar. Se aplicará el 50% de bonificación en el primer semestre del segundo año de actividad y el 30% en el segundo semestre de dicho año.

Si además eres mujer menor de 35 año y hombre menor de 30 podrás beneficiarte de un 30% de bonificación durante un año más. Los autónomos societarios siguensin poder acogerse a estas bonificaciones en la cuota de autónomos.

Las personas vulnerables también disfrutarán de una reducción en su alta de autónomos a partir de este año. Las personas discapacitadas, las víctimas de la violencia de género o de violencia terrorista podrán reducirse el 80% de la cuota durante un año, y del 50% los siguientes 48 meses.

Otra de las ventajas que trae el régimen de autónomos en 2018 , tiene que ver con el acceso a las bonificaciones. De esta manera la reforma de autónomos dicta que a partir del 1 de enero de 2018 el tiempo exigido sin cotizar en autónomos, se reduce de cinco a dos años.

En el caso de que la última alta estuviera bonificada, entonces se trataría de tres años. Esta medida no se aplica en el caso de los autónomos colaboradores, que seguirán teniendo que esperar un periodo de 5 años para volver a cotizar en el RETA.

En cuanto a la cuota de autónomos para aquellos trabajadores que superaron sus primeros años de actividad, esta sigue situándose en los 275 euros, para los autónomos que coticen la base mínima de cotización de 919,80 euros. Por su parte, la base máxima se mantiene en 3.751,20 euros.

Y es que como anunció el Gobierno el pasado mes de diciembre, ante la falta de Presupuestos Generales, tanto las bases mínimas y máximas como la cuota de autónomos quedaba congelada para comienzos de 2018

Nuevas ventajas

Continuando con el pago de la cuota, los nuevos autónomos inscritos a partir de este año, pagarán la parte proporcional al tiempo transcurrido desde la fecha de su alta.

Es decir se establecerá un computo de los días inscritos en el primer mes, para realizar el primer pago, a diferencia de la antigua legislación en la que debía abonarse todo el mes, indistintamente del día del alta.

Si tienes algún retraso en la cuota, las reformas en el régimen de autónomos que llegan con el nuevo año, también van a favorecerte. Según dicta la nueva ley el recargo por retraso del pago se reduce del 20% al 10% si pagas en el mes natural siguiente.

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La nueva ley de autónomos para 2018 en cuanto a bajas por maternidad establece que las madres autónomas que cursen baja estarán exentas de pagar cuota de autónomos durante el disfrute de la misma. Esta bonificación del 100% de la cuota de autónomos no está sujeta a la contratación de un trabajador sustituto.

Los autónomos y las pymes disfrutarán de nuevos conceptos deducibles en 2018,que podrán suponer un alivio económico en la Declaración de la Renta del próximo año. Así con la entrada en vigor de nuevas medidas fiscales sobre autónomos y pymes permitirá deducir gastos que hasta el momento no se contemplaban y que entran en vigor con la llegada de este año.

Así, los autónomos se podrán deducir el IBI, la comunidad de vecinos y las tasas en el porcentaje de casa que se emplee para trabajar. También se recoge que aquellas personas que desempeñen su trabajo en casa podrán beneficiarse de un descuento en sus facturas de luz, agua e Internet de hasta el 30%.

Aquello que por motivos laborales tengan que comer fuera de casa o pernoctar pueden deducirse el gasto en el IRPF siempre que el gasto se realice fuera del municipio al que corresponda el domicilio del negocio, que el pago sea telemático y que se conserve el comprobante.

La cuantía diaria deducible por comer fuera será de 26,67 euros o 48,08 si es en territorio extranjero. En caso de pernocta las cuantías alcanzan los 53,34 euros y los 91,35 euros respectivamente.

Bajas y cambios de base

Los autónomos podrán darse alta y de baja hasta tres veces en el año natural, en relación a lo que puedan marcar sus propios intereses.

Así mismo, los profesionales autónomos también podrán cambiar sus bases de cotización hasta cuatro veces durante mismo año natural.

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