¿Estoy obligado a informar si tengo criptomonedas o una wallet?

Una persona coloca un dado con el símbolo del porcentaje encima de otro con el de bitcoin.

gettyimages

  • Hacienda decidió retrasar a 2024 la obligación de declarar también los saldos en criptomonedas.
  • En Cena Magán Abogados han elaborado una guía para saber cómo hay que declarar los criptoactivos y las wallets en la declaración de la renta.

En paralelo a la proliferación de los inversores en criptomonedas, ha ido creciendo el control sobre ellas que ejercen los gobiernos. En la campaña de la renta actual, correspondiente a 2022, las criptomonedas se reflejan de la misma manera que lo hicieron en 2021. Esto sucede después de que el Ministerio de Hacienda decidiera retrasar a 2024 la obligación de declarar también los saldos. 

Sin embargo, si todo va según lo previsto, en la Renta del próximo año ya habrá que informar de los saldos. Para entender un poco mejor cómo habrá que hacerlo, es interesante la guía al respecto que han elaborado en Ceca Magán Abogados

¿Tiene un particular que informar sobre sus criptomonedas?

En la autoliquidación del Impuesto sobre el Patrimonio, apuntan en la guía, se informará del saldo, a valor de mercado, de las distintas monedas virtuales de las que la persona física sea titular a 31 de diciembre de cada año.

En aquellas Comunidades Autónomas en las que la bonificación en este impuesto es del 100%, dicha casilla tiene efectos puramente informativos. 

 

Aunque aún no está aprobada la Orden que aprueba el modelo del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, señalan, es de esperar que las monedas virtuales reciban, en este impuesto, el mismo tratamiento que en el Impuesto sobre el Patrimonio

Además, los riesgos fiscales asociados a los criptoactivos reciben atención en los planes anuales de control tributario de la Dirección General de la AEAT, en los que se destaca la importancia de la obtención de información procedente de diversas fuentes sobre las operaciones realizadas con criptomonedas.

¿Tienen obligaciones de información las 'wallet' y los 'exchanges'?

Sí, las wallet residentes en España, o que tengan en este país un establecimiento permanente, estarán obligados a informar sobre el nombre y apellidos o razón social o denominación completa, domicilio y número de identificación fiscal de las personas o entidades a quienes correspondan en algún momento del año las monedas virtuales, ya sea como titulares, autorizados o beneficiarios, y los saldos a 31 de diciembre o en la fecha en que los titulares autorizados o beneficiarios dejaron de serlo.

Por otra parte, los exchange residentes en España, o que tengan en este país un establecimiento permanente, estarán obligados a informar sobre las operaciones de adquisición, transmisión, permuta y transferencia, relativas a monedas virtuales, así como los cobros y pagos realizados en dichas monedas, presentando relación nominal de sujetos intervinientes con indicación de su domicilio y número de identificación fiscal, tipo de operación, clase y número de monedas virtuales, contraprestación, así como precio y fecha de la operación.

No tendrán obligaciones de información quienes se dediquen, exclusivamente, al asesoramiento sobre criptomonedas, a la mera puesta en contacto de las partes interesadas en efectuar operaciones con monedas virtuales o a la simple atención de órdenes de cobro y pago de exchange.

¿Existe alguna obligación de declarar las criptomonedas que estén situadas en el extranjero?

Se ha pospuesto al año 2024 la obligación de informar en el Modelo 721, aún en tramitación, sobre las criptomonedas situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente el poder de disposición, o de las que se sea titular real, en cualquier momento del año 2023

Las criptomonedas se entenderán situadas en el extranjero cuando la wallet no tuviera las obligaciones de información referidas en el apartado anterior.

Los 12 errores más comunes al invertir en criptomonedas

Además, para determinar el valor en euros de las criptomonedas se atenderá a la cotización media a 31 de diciembre, que ofrezcan las principales plataformas de negociación o sitios web de seguimiento de precios o, en su defecto, proporcionarán una estimación razonable del valor de mercado en euros de la moneda virtual a 31 de diciembre. 

A este respecto, agregan, se indicará la cotización o valor utilizado para efectuar tal valoración.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Business Insider.