Hacienda retrasa 3 días el pago de las autoliquidaciones tributarias por la borrasca Filomena
- Los efectos de la borrasca Filomena no sólo se han notado en las calles de muchas ciudades, también ha provocado cambios en Hacienda.
- La Agencia Tributaria ha decidido retrasar durante 3 días el plazo de presentación de las autoliquidaciones, ampliándolo hasta el 18 de enero.
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La borrasca Filomena ha dejado nevadas históricas en muchas ciudades españolas, aunque también ha ocasionado daños importantes en viviendas, vehículos o material personal, además de obligar a la población a extremar precauciones por la nieve y el frío.
Todavía quedan algunos días para que la normalidad vuelva del todo a las zonas más afectadas, y la ola de frío que va a seguir dificultando la movilidad no se irá hasta la semana que viene.
El último de los efectos de la borrasca Filomena tiene que ver con el pago de impuestos: Hacienda ha decidido retrasar 3 días el plazo de presentación de autoliquidaciones tributarias y de algunas declaraciones con domiciliación.
Así lo señala la Agencia Tributaria en una orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en la mañana del jueves.
"Se hace preciso, en esta ocasión, atender a las necesidades excepcionales derivadas de la borrasca atmosférica Filomena, que a su paso por la península Ibérica ha impedido y dificultado el normal desarrollo de toda clase de actividades. Por ello, en la línea apuntada, se adoptan medidas dirigidas a la ampliación de los plazos en materia de domiciliación del pago de las obligaciones tributarias que permitan una mayor flexibilidad en la operativa tributaria", reza el documento.
La orden ministerial recoge que se amplía el plazo en aquellos casos cuya presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago finaliza el viernes 15 de enero. En concreto el plazo se amplía hasta las 15.00 del lunes 18 de enero.
La Agencia Tributaria también explica que el plazo de ingreso de las autoliquidaciones no sufre cambio alguno. "El adeudo del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario deberá efectuarse el día 20 de enero de 2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil", se detalla en el BOE.
Por último, hay que tener en cuenta que el pago de las declaraciones trimestrales de IVA mantiene el 30 de enero como última día de plazo, o 25 de enero si es mediante domiciliación.
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