Qué debes saber de la nueva ley del alquiler: contratos a 5 años, alquileres turísticos y fianzas limitadas

Unas jóvenes abriendo cajas de su mudanza a una nueva casa.
  • Este miércoles entra en vigor el decreto-ley del Gobierno que modifica varias condiciones del alquiler de vivienda respecto a ampliación de contratos, fianzas, avales, desahucios o impuestos.
  • Entre sus medidas, no incluye ninguna mención al control gubernamental de los precios del alquiler, como había acordado el PSOE con Unidos Podemos en su acuerdo presupuestario.
  • La nueva normativa fue aprobada por el Consejo de Ministros del pasado viernes y se hizo efectiva el sábado tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

En 2017, en torno a un 18% de los hogares españoles eran viviendas en régimen de alquiler, según el INE. A pesar de que este porcentaje ha crecido de forma ininterrumpida desde hace 4 años, nuestro país está todavía lejos de sus vecinos europeos, en los que el arrendamiento de vivienda está más generalizado.

Precisamente, para afrontar la situación de este mercado, que el ministro de Fomento, José Luis Ábalos calificó el pasado viernes de "difícil", el Gobierno ha aprobado un real decreto-ley de medidas urgentes que busca, según el ministerio, aumentar la oferta de vivienda en alquiler, mejorar la seguridad del inquilino y el arrendador y adaptarse a las necesidades sociales.

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Para poner en marcha este decreto, se han tenido que reformar otras cinco normativas. Se trata de las leyes de Propiedad Horizontal, Enjuiciamiento Civil, Haciendas Locales, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y, especialmente, la de Arrendamientos Urbanos, que había sido aprobada en 1994 y modificada por última vez en 2005. 

Estos son los cambios más destacados que incluye el decreto-ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entra en vigor este miércoles tras su publicación en el BOE

Se amplían los contratos hasta 5 años y hasta 7 años si el casero es una empresa

El Ejecutivo ha incrementado, aunque sin efecto retroactivo, el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de alquiler, que pasa de 3 a 5 años, en caso de que el inquilino sea persona física, o 7 años, si es persona jurídica. Del mismo modo, la prórroga tácita, que se aplica tras el vencimiento de prórroga obligatoria, aumenta de un año a 3 años.

Se limita el máximo de fianza en 2 mensualidades

Al igual que con el aumento de los plazos de prórroga, el Gobierno señala que busca prevenir abusos sobre los arrendatarios con esta medida, que establece que el arrendador solo podrá exigir una fianza o aval cuyo valor equivalga como máximo a 2 meses de renta mensual de alquiler. Sin embargo, ese tope podrá rebasarse en los contratos de larga duración.

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Las comunidades podrán limitar los alquileres turísticos

Mediante una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal, las comunidades de vecinos podrán limitar o poner cuotas o recargos en gastos comunes a los pisos de alquiler turístico. Para ello, necesitan una mayoría de tres quintas partes de los propietarios, aunque solo será aplicable a pisos turísticos que se establezcan a partir de la entrada en vigor de la ley.

Si el casero es una empresa, pagará los gastos de gestión y formalización

En el caso de que el contrato de arrendamiento se formalice a través de una inmobiliaria, un asesor o un abogado, los gastos derivados de esta gestión deberá pagarlos el casero si se trata de una persona jurídica, es decir, una empresa o sociedad. Quedan excluidos de esta medida los gastos que parten del inquilino.

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La administración podrá suspender un desahucio uno o dos meses

Como parte de la protección social del decreto-ley, la medida reforma la Ley de Enjuiciamiento Civil para modificar el procedimiento de desahucio otorgando nuevos recursos y plazos.

Así, cuando se notifique el embargo, los servicios sociales emitirán un informe sobre la situación económica de los desahuciados al juzgado encargado, que podrá paralizar su salida un mes, o dos meses si el arrendador es persona jurídica.

Casero e inquilino podrán acordar obras de mejora

Por último, la nueva ley sobre el alquiler establece que, en caso de que arrendador y arrendatario estén de acuerdo, se podrán llevar a cabo obras en la vivienda sin necesidad de modificar el contrato.

Sin embargo, el decreto establece que las obras de mejora realizadas por el casero tras 5 años de contrato le dan derecho a elevar el alquiler para recuperar el capital invertido en la mejora.

Establece nuevas exenciones fiscales

En el capítulo de tasas, destaca que los contratos para uso estable y permanente no pagarán Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Además, se exime al arrendatario del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en caso de alquiler social o público y se permite que los ayuntamientos apliquen recargos en viviendas desocupadas o bonificaciones en su parque de vivienda.

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