Así te afecta la derogación del despido por bajas médicas justificadas que acaba de aprobar el Gobierno

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Reuters

  • El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores a través de un real decreto-ley.
  • Esta derogación se produce después de que una sentencia del Tribunal Constitucional avalase un despido objetivo por acumulación de faltas de asistencia, aunque estuviesen justificadas por motivos médicos.
  • Los trabajadores con dolencias crónicas o de larga duración, los discapacitados y los que se dedican al cuidado de personas dependientes serán los principales beneficiados, según el Gobierno.
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes a través de un real decreto-ley la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores, que permitía el despido objetivo por faltas intermitentes de asistencia al trabajo, aunque estuviesen justificadas. Esta revocación se produce después de que en octubre una sentencia del Tribunal Constitucional avalase un despido por acumular bajas médicas justificadas. Esto se traduce en que una vez que se apruebe en el BOE, no se podrá despedir a un trabajador por esta causa. 

Esta medida es la primera que toma el Gobierno dentro de la derogación de los aspectos más lesivos de la reforma laboral de 2012 que anunció la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, cuando tomó posesión de su cargo el pasado mes de enero. Una decisión que no ha sido sometida al diálogo social, como ha reconocido Díaz ante la prensa, asegurando que esta derogación ofrece "seguridad jurídica" a los trabajadores

La norma que acaba de derogar el Gobierno había sido modificada en esa reforma laboral para aprobar el despido objetivo por faltas de asistencia justificadas que superen el 25% de las jornadas laborales de 2 meses consecutivos, en el caso de que esas faltas supongan el 5% de las jornadas hábiles de los últimos 12 meses o el 25% de 4 meses no consecutivos durante un plazo de un año.

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La ministra de Trabajo ha aclarado durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta medida entrará en vigor este miércoles, cuando se publique en el Boletín Oficial del Estado. Además, ha recalcado que la derogación del 52.d "no tiene carácter retroactivo". Por lo que no afectará a los casos que estén actualmente en litigios. 

Díaz ha reconocido que los sindicatos y las patronales han sido informados de esta derogación del 52.d, una medida que forma parte del acuerdo de coalición entre PSOE y Unidas Podemos. CCOO y UGT han apoyando esta medida, mientras que el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha propuesto que la Administración pague los 7 primeros días de baja en caso de las pymes, como recoge El Periódico.

La derogación del despido objetivo por acumulación de faltas de asistencia intermitentes y justificadas beneficiará especialmente a trabajadores con dolencias crónicas o de larga duración, a los discapacitados y a los que se dedican al cuidado de personas dependientes, según asegura el Gobierno a través de la cuenta de Twitter de La Moncloa.

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