Estas son las ayudas al alquiler a las que puedes optar, según la comunidad en la que vivas

Rafaela Santiago y su hijo Rafael Romero esperan a ser desahuciados antes de saber que el desalojo se suspendería.
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Reuters

  • Aunque hay unas características generales, son las Comunidades Autónomas las que definen en última instancia los requisitos de acceso a las ayudas para pagar el alquiler de la vivienda habitual. 
  • Los españoles dedican el 40% de su salario a pagar la renta de la casa. En el caso de los jóvenes, el porcentaje aumenta hasta el 91,6%, con datos del Consejo de la Juventud de España.
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Aunque hay unos términos generales, establecidos en el Programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda, son las distintas comunidades autónomas las que, en última instancia, estatuyen los requisitos que se deben cumplir para optar a esta asistencia. 

Los españoles dedican el 40% de su salario al pago del alquiler, según un estudio de Fotocasa.

Entre los jóvenes, el porcentaje sube al 91,6%, a tenor de lo apuntado en el Observatorio de Emancipación del 2º semestre de 2020, elaborado por el Consejo de la Juventud de España. Huelga decir, por tanto, que son muchas las personas que necesitan ayudas para pagar el alquiler. 

Para saber si se cumplen los condicionantes exigidos para ser beneficiario de las mismas, hay que tener claro en cuánto se sitúa el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Actualmente es de: 

  • IPREM mensual: 564,90 euros.
  • IPREM anual (12 pagas): 6.778,80 euros.
  • IPREM anual (14 pagas): 7.908,60 euros.

Programa nacional de ayudas al alquiler

Los requisitos generales que se establecen en el Programa elaborado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (al que le compete la gestión de la Vivienda) son:

  • Que sea una vivienda habitual y permanente.
  • Que se tengan unos ingresos máximos de: 

3 veces el IPREM.

4 veces el IPREM en el caso de familia numerosa general y personas con discapacidad.

5 IPREM: familia numerosa especial y personas con determinados grados de discapacidad. 

  • Con carácter general, explican, el límite de ingresos será de 600 euros al mes o 900 euros al mes en determinados ámbitos a definir por las comunidades autónomas.

En cuanto a la cuantía:

  • Con carácter general: hasta el 40% de la renta mensual
  • Mayores de 65 años: hasta el 50% de la renta mensual
  • Ayuda hasta el 30% del alquiler en el tramo comprendido entre 601 y 900 euros en determinados ámbitos a definir por las comunidades autónomas.

Ayudas al alquiler, dependiendo de cada comunidad autónoma

Andalucía

Las ayudas al alquiler de vivienda habitual en Andalucía tienen las siguientes características: 

Se subvenciona el 40% de la renta a inquilinos con ingresos limitados y el 50% a personas que hayan cumplido 65 años. Los jóvenes menores de 35 años tendrán derecho a una subvención del 50%, siempre y cuando el alquiler mensual no supere los 600 euros al mes.

Aragón

En Aragón, hay unas ayudas para personas con arrendamientos que no superen los 600 euros mensuales e ingresos máximos en 2020, en el conjunto de la unidad de convivencia, iguales o inferiores a 23.725,80 euros. 

Principado de Asturias

Como regla genérica, las ayudas al alquiler en Asturias tendrán una cuantía máxima total del 40% de la renta mensual del alquiler de la vivienda. Esta cuantía se elevará hasta el 50% para las personas jóvenes menores de 35 años y para las personas mayores de 65, ambas edades en el momento de la solicitud.

Islas Baleares

En Baleares, el precio del alquiler no puede superar los 900 euros mensuales. En cuanto a los requisitos de ingresos que deben cumplir los ciudadanos para ser susceptibles de recibir la ayuda son los mismos que se establecen a escala nacional. 

Canarias

También en Canarias los condicionantes pecuniarios se establecen al albur del Programa estatal. Respecto al precio del alquiler, este no debe superar los 500 euros mensuales, incrementado a 600 en los casos de familias numerosas y unidades de convivencia que incluyan a personas con discapacidad

Cuando el contrato incluya anejos u otros gastos, explican, nunca se aceptarán contratos de renta superior a los 650 euros mensuales con carácter general y 800 euros en supuestos de familias numerosas o en unidades de convivencia con personas con discapacidad. En todo caso, sólo se subvencionará el alquiler de la vivienda. 

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Cantabria

Se concederá, informan desde el Ejecutivo cántabro, a los beneficiarios una subvención del 40% de la renta mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente. El período de concesión en ningún caso podrá superar los 36 meses consecutivos.

Castilla y León

El precio máximo del alquiler no podrá ser superior al 80% del precio del alquiler de una vivienda de protección pública de régimen general a 10 años situada en el mismo municipio en el que se encuentre la vivienda, anotan en la web del Gobierno castellanoleonés. 

Los ingresos de la unidad familiar, por su parte, deberán ser superiores a 1 vez el IPREM, sin corregir; e inferiores a 6,5 veces el referido IPREM, corregidos.

Castilla-La Mancha

Los ingresos mínimos para optar a las ayudas al alquiler en Castilla-La Mancha son de 0,5 veces el IPREM. Los máximos:

  • Carácter general: 2 veces el IPREM.
  • Mayores de 65 años: 3 IPREM.
  • Familias numerosas y personas con discapacidad: 4 IPREM.
  • Familia numerosa de categoría especial y personas con ciertas discapacidades: 5 IPREM.

La renta máxima ha de ser de 500 euros mensuales y la cuantía alcanzará, con carácter general, el 40% de la renta. Llegará al 50% si hay algún beneficiario mayor de 65 años.

Cataluña

La cuantía de las subvenciones es variable en Cataluña: 

  • Del 20% del importe de la renta de alquiler anual cuando el esfuerzo para pagar el alquiler sea igual o inferior al 30% de los ingresos de la unidad de convivencia.
  • Del 30% del importe de la renta cuando este esfuerzo sea superior al 30% e inferior al 40%.
  • Del 40% si es igual o superior al 40% de los ingresos.

En este territorio, el límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia que permite el acceso y la priorización de la subvención se determina según su número de miembros y se expresa en número de veces la cuantía anual del Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC).

Ciudad de Ceuta

Los menores de 35 años podrán acceder a ayudas al alquiler en Ceuta siempre que sus ingresos familiares ponderados no excedan de 5,5 veces el IPREM. Por añadidura, a fin de garantizar la suficiente capacidad económica para hacer frente a las necesidades básicas y al pago de la renta, se establecen unos ingresos mínimos necesarios de 2,5 vez el IPREM.

En el caso de los mayores de 65 años, los ingresos han de ser iguales o inferiores a 5 vece el IPREM. 

Comunidad Valenciana

Las ayudas al alquiler en Valencia tienen los mismos requisitos que establece el Ejecutivo central y la cuantía será del 40% de la renta de alquiler. Excepcionalmente, si la persona solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia, tienen más de 65 años en el momento de presentar la solicitud, esta ayuda podrá alcanzar hasta el 50%.

Extremadura

Idénticas características a las de la Comunidad Valenciana, tienen las ayudas para pagar el alquiler de vivienda en Extremadura

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Galicia

En Galicia, las personas entre 18 y 64 años podrán recibir hasta un 40% de la renta mensual del alquiler. Las de 65 o más años, el 50%. También hay una línea B de ayudas dirigidas a personas con escasos medios económicos que no tengan cumplidos los 35 años en la fecha de presentación de la solicitud. La cuantía de la ayuda es del 50% de la renta mensual de alquiler.

Los requisitos quedan así: 

  • Unidad de convivencia: ingresos mínimos de 0,7 veces el IPREM y máximos de 2 IPREM.
  • Familia numerosa general: mínimo 0,7 IPREM; máximo 4 IPREM.
  • Familia numerosa especial: mínimo 0,7 IPREM; máximo 5 IPREM.

Madrid

La vivienda objeto del contrato en Madrid debe tener una renta igual o inferior a 600 euros mensuales, o hasta 900 euros para familias numerosas o en el caso de contratos de alquiler en los municipios de: Madrid, Pozuelo de Alarcón, Alcobendas, Las Rozas de Madrid, Boadilla del Monte, Torrelodones, Majadahonda o Villaviciosa de Odón. Respecto a los requisitos de ingresos, estos son los mismos que contempla el plan estatal.

En cuanto a la cuantía: 

  • 40% del importe de la renta anual que abonen por la vivienda.
  • 50% de la renta si los beneficiarios son mayores de 65 años o menores de 35.
  • Cuando la renta máxima supere los 600 euros y alcance los 900 al mes, la ayuda será hasta el 30% mensual en el tramo comprendido entre los 601 y los 900 euros.

Ciudad de Melilla

El alquiler mensual en Melilla ha de ser, como máximo, de 600 euros al mes y la cuantía no superará los 300 euros mensuales. Los solicitantes deberán tener ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM.

Región de Murcia

La cuantía de la ayuda será del 40% de la renta y del 50% en el caso de que alguna de las personas arrendatarias tenga más de 65 años. 

El límite máximo de ingresos, con carácter general, será de 3 veces el IPREM.

  • Si la unidad de convivencia está compuesta por una sola persona adulta: la cuantía del IPREM se multiplica por 1,5.
  • Si la unidad de convivencia está compuesta por 2 o más personas: la primera persona adulta computa 1,5 veces el IPREM y cada persona adicional de 0,5 veces el IPREM.

Comunidad Foral de Navarra

Los ingresos mínimos en Navarra serán de 3.000 euros anuales y los ingresos familiares máximos ponderados no podrán superar en 1,7 veces el Índice Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA). La cuantía de las ayudas al alquiler será del 50% de la renta, y esta no podrá superar los 650 euros mensuales.

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País Vasco

Los requisitos económicos en el País Vasco son los siguientes:

  • Las personas solicitantes a título individual deberán acreditar unos ingresos brutos anuales iguales o inferiores a 18.000 euros y superiores a 3.000 euros.
  • La unidad familiar, en su conjunto, deberá acreditar unos ingresos brutos anuales iguales o inferiores a 24.000 euros y superiores a 3.000 euros.
  • En el supuesto de familias numerosas, se acreditarán unos ingresos brutos anuales iguales o inferiores a 28.000 euros y superiores 3.000 euros.

La renta mensual de la vivienda no será superior a:

  • 750 euros, en Bilbao, Donostia-San Sebastián, y Vitoria-Gasteiz.
  • 650 en las áreas metropolitanas de Bilbao y Donostia-San Sebastián y en los municipios de más de 10.000 habitantes.
  • 600 euros en el resto de municipios.

La Rioja

En el caso de las ayudas al alquiler en La Rioja, la renta ha de ser igual o inferior a 475 euros mensuales, incluido garaje y trastero, vinculados o no, y excluidos otros gastos como los de la comunidad de propietarios. 

El esfuerzo económico de la unidad de convivencia para el pago del alquiler deberá ser del 25% de sus ingresos.

La cuantía será del 40% con carácter general, aumentada en otro 10% en el caso de que los beneficiarios tuvieran más de 65 años.

Ayudas al alquiler para personas en situación de especial vulnerabilidad

Lo resumido en los párrafos anteriores hace referencia a las condiciones generales de las ayudas al alquiler en cada comunidad autónoma

Sin embargo, más allá de estas convocatorias, hay otras dirigidas a ciudadanos en situación de especial vulnerabilidad que, en algunos casos, pueden llegar hasta el 100% del alquiler. 

Se contempla dentro de este epígrafe, entre otras, a víctimas de violencia de género, personas desahuciadas o sin hogar. 

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