Bruselas envía un primer aviso a España por su tardanza al adaptar una directiva que agiliza y dota de más transparencia las fusiones empresariales

La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha abierto la puerta a presidir la institución durante un segundo mandato.
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, ha abierto la puerta a presidir la institución durante un segundo mandato.
  • La Comisión Europea da el primer paso en un proceso que podría acabar expedientando y multando a España por su demora transponiendo algunas directivas.
  • La que España todavía no ha logrado transponer es una directiva que agiliza y dota de más transparencia las fusiones empresariales transfronterizas en Europa.

La Comisión Europea ha anunciado este lunes el envío de cartas de emplazamiento a varios estados miembros de la Unión por no haber logrado transponer todavía varias directivas. España ha recibido concretamente 3 escritos, uno por no haber transpuesto todavía la conocida como directiva de movilidad y otros 2 al entender que sucede lo mismo con 2 directivas delegadas.

La directiva de movilidad es una 2019 que modifica otra de 2017 sobre transformaciones, fusiones y escisiones transfronterizas. La fecha límite para adaptar esta regulación a la legislación española terminó el 31 de enero. España va tarde: aprobó un anteproyecto con el que reformará la ley de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles el 14 de febrero.

El anteproyecto de ley todavía tiene que superar toda la tramitación parlamentaria, Congreso y Senado, y aunque no es improbable sí que es difícil que se consiga en un año de carácter electoral. Se prevé que las elecciones generales se celebren en diciembre, con lo que hay margen, pero las Cortes se disolverán a más tardar el próximo octubre y en julio y agosto no hay sesiones.

El anteproyecto fue aprobado en la reunión del Consejo de Ministros de mediados de febrero a instancias de la ministra de Justicia, Pilar Llop. Transponiendo esta directiva se busca "establecer un marco jurídico armonizado en este tipo de operaciones", ya que la directiva exige en estas circunstancias ser más transparentes y dar más información a empleados y accionistas.

Eso sí, la directiva atañe únicamente a las fusiones empresariales transfronterizas con las que nacen compañías europeas transnacionales.

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Además de ofrecer más transparencia y garantías, la directiva que trata de transponer —ya tarde— Justicia pretende facilitar y simplificar "el trabajo jurídico a la hora de analizar las operaciones de modificación estructural de sociedades mercantiles en operaciones internas europeas y extraeuropeas", como recogió el propio Ministerio en un comunicado en febrero.

"Según contempla la nueva norma, esta movilidad dentro de la UE ha de ser promovida con el fin de mejorar el funcionamiento del mercado interior, en el marco creciente de internacionalización de los operadores económicos".

España no ha sido el único país notificado por la tardanza en transponer esta directiva. Junto a España, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Irlanda, Grecia, Francia, Croacia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Eslovaquia han recibido este primer apercibimiento.

La carta de emplazamiento es la forma con la que puede iniciarse un expediente comunitario en caso de que un país continúe demorándose en la transposición de una directiva. Por lo general, tras este paso se dan 2 meses al país señalado para que comunique su postura. Si Bruselas entiende que el país miembro no ha transpuesto la directiva, se inicia el expediente.

A partir de ese momento el país aludido tendrá otros 2 meses para informar de las medidas de transposición, y si se sigue incurriendo en el incumplimiento, la Comisión se reserva el derecho de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que imponga sanciones. 

Es lo que hizo en mayo del año pasado ante la tardanza por transponer la directiva audiovisual, por ejemplo. La esperada ley audiovisual española acabó publicándose en el Boletín Oficial del Estado apenas 2 meses después, tras haber protagonizado tensos debates entre el Gobierno de coalición y sus socios habituales, como ERC, a cuenta del catalán en plataformas como Netflix.

Las otras 2 cartas nacen en vía muerta: España ya ha cumplido

Las otras 2 cartas que la Comisión Europea ha enviado a España en realidad responden a la transposición de 2 directivas delegadas que el Ejecutivo ya transpuso hace apenas 5 días mediante una Orden Ministerial del Ministerio de Presidencia, Relación con las Cortes y Memoria Democrática. 

Por ello, lo esperable es que la Comisión Europea reciba respuesta del Gobierno español y se cierre este proceso. Las 2 directivas delegadas modifican un anexo de una directiva europea de 2013 sobre la presencia de sustancias peligrosas en aparatos electrónicos.

Lo que contemplan estas 2 directivas delegadas es la exención a la presencia del plomo en cables e hilos superconductores y en determinados dispositivos de imagen por resonancia magnética. 

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Ambas excepciones permitirán que los fabricantes sigan utilizando este material en sus producciones hasta el 30 de junio de 2027, y las directivas delegadas se debieron transponer antes del 28 de febrero de este año.

Con todo, España sí ha transpuesto estas 2 directivas delegadas en una Orden Ministerial que también llegó tarde: apareció en el BOE el pasado 23 de marzo. La Orden Ministerial reformaba un real decreto de 2013 que transponía precisamente la directiva europea de sustancias peligrosas en dispositivos electrónicos.

En este caso, los incumplidores son menos. Además de España, solo República Checa, Bélgica, Letonia, Malta, Portugal y Eslovaquia han incumplido con el mandato europeo de transponer estas directivas —que no tienen cariz legislativo, son equiparables a las órdenes ministeriales—.

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