Cláusulas coronavirus en un contrato de alquiler: así funciona este nuevo estándar en las viviendas de alquiler

Cláusulas coronavirus en el alquiler
  • Agregar un anexo con las condiciones de arrendamiento en caso de pandemia, estado de alarma, rebrote o confinamiento, a la orden del día.
  • Cuanto más detallado sea un contrato, mejor: las disposiciones covid-19 en el alquiler son tan legales como recomendables.
  • De darse un cambio brusco de escenario por el virus, una solución intermedia puede llevar al arrendador a comprometerse a bajar el precio y al arrendatario a no marcharse de forma inmediata.
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Las cláusulas en los contratos de alquiler suelen contemplar las medidas que pueden ser aplicadas al arrendatario en caso de impago o si provoca algún daño en el inmueble.

También, por ejemplo, el tiempo con el que el inquilino debe avisar si se marcha, que este no tiene permitido subarrendar el piso, el precio del alquiler o los días del mes en los que debe abonar la renta, entre otros aspectos.

A esos parámetros pueden añadirse puntos extraordinarios que, mientras las partes los acepten y encajen en la legalidad que se encuentra en vigencia, no debería haber problema en que así fuera.

Alquiler de vivienda y coronavirus

Pero, tal y como ocurre en muchos otros ámbitos de la vida, la covid-19 está cambiando casi todo. En ese sentido, alquilar vivienda en la llamada nueva normalidad no es una excepción. En parte, debido a las cláusulas coronavirus que ahora resultan comunes en los contratos de alquiler.

Aquí te contamos qué son estas estipulaciones, si es legal incluirlas y cómo influyen sobre caseros e inquilinos.

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Qué son las cláusulas coronavirus en un contrato de alquiler

Como su propio nombre hace intuir, las disposiciones COVID-19 son aquellas que se anexan a un contrato de alquiler y que prevén las condiciones de arrendamiento en caso de pandemia, estado de alarma, rebrote o confinamiento.

En especial, respecto a las interrupciones de contrato derivadas de fenómenos como el coronavirus. Se trata, como es lógico, de conciliar intereses que, en determinadas circunstancias, pueden ser contrapuestos.

Las cláusulas coronavirus en los pisos de estudiantes

Un colectivo especialmente vulnerable a los posibles efectos de una pandemia en cuanto a su alquiler es el de los estudiantes.

En concreto, los universitarios que se mudan a otra ciudad por sus estudios y que, de implantarse un nuevo estado de alarma o confinamiento para frenar el virus, probablemente se verían obligados a abandonar de nuevo sus clases y volver a sus respectivos domicilios habituales que tengan fuera del curso académico, explican desde Legálitas. 

Desde la agencia inmobiliaria Alquiler Seguro, afirman que se están haciendo contratos con esta cláusula coronavirus de forma excepcionalapuestan por dialogarlo entre las partes sin emborronar el contrato. "Lo que hacemos nosotros es instar a inquilino y propietario a que negocien, a que dialoguen. Todo tiene solución", afirma Antonio Carroza, CEO de Alquiler Seguro a Business Insider España.

"Cuando llevamos a cabo un contrato para estudiantes, advertimos de la situación y el propietario lo entiende. Ningún propietario quiere judicializar el contrato. Lo que quieren es que si el estudiante quiere irse no le destroce la casa y se vaya rápido para recuperar la posesión", comenta Carroza.

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Cláusulas coronavirus respecto a caseros e inquilinos

De ser así, obviamente, los caseros saldrían mal parados, ya que lo ideal desde su perspectiva es tener la propiedad alquilada el curso completo. Si, por ejemplo, el universitario se marcha a los dos meses, le resultará complicado alquilar de nuevo el inmueble hasta que se aclare la situación o, incluso, hasta el comienzo del año académico siguiente. 

Por su parte, si el estudiante opta por quedarse, también pierde dinero, puesto que está pagando mientras recibe clases on line y no presenciales. Por ello, de haber un confinamiento, el movimiento más habitual es volver a su residencia original.

¿Qué opciones puede plantear?

De entrada, intentar incluir un punto que especifique que no habrá penalización económica si se produce el cierre total o parcial del centro educativo que le impida acudir a las clases por causa de la covid-19.

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Solución intermedia para arrendadores y arrendatarios

Sin embargo, cabe la posibilidad de que el propietario se niegue a aceptar esa condición.

Así que la alternativa aconsejable y razonable puede ser la búsqueda de una vía que compense a ambos, que los dos cedan. Así, de darse un cambio de escenario por el coronavirus, el arrendador se compromete a bajar el precio del alquiler; mientras que el arrendatario acepta quedarse el curso entero o, al menos, consiente en no marcharse ipso facto.

¿Es legal incluir cláusulas coronavirus en un contrato de alquiler? 

Con todo, este tipo de estipulaciones no sólo son legales, sino que, hoy en día, un anexo con este contenido puede ser recomendable tanto para los caseros como para los inquilinos.

El objetivo es tener claro cómo se actuaría en esa situación hipotética y esclarecer el mayor número de dudas al respecto.

Siempre será beneficioso que un contrato de alquiler sea lo más detallado posible y, cuanto más se comuniquen ambas partes para acordar todos los supuestos, mejor, concluyen desde el citado bufete de abogados. 

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