Las claves de la prórroga de los ERTE aprobada por el Gobierno: las 3 modalidades que estarán vigentes hasta el 31 de enero

Un camarero en un bar con mascarilla
Reuters
  • El Consejo de Ministros acaba de aprobar la nueva prórroga de los ERTE, que finalizará el 31 de enero de 2021.
  • La decisión se ha anunciado a pocas horas de que expirase la normativa que regulaba los ERTE vinculados a la pandemia de coronavirus, cuya última prórroga terminaba el miércoles 30 de septiembre.
  • Los ERTE por rebrote desaparecen y aparecen 2 nuevos: el de cierre total y el de restricción de la actividad, algo que puede ser habitual en la hostelería.
  • Hay una nueva modalidad, los ERTE por sectores, que se van a dirigir a aquellas empresas especialmente afectadas por la pandemia, por ejemplo las del sector turístico.
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El Gobierno acaba de aprobar en Consejo de Ministros la nueva prórroga de los ERTE. Las empresas podrán acogerse a este mecanismo hasta el 31 de enero de 2021, tal y como ha anunciado la Ministra de Hacienda y Portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, en rueda de prensa. En la comparecencia también ha participado la Ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, la titular de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y el Ministro de Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

El acuerdo se ha cerrado horas antes de que finalizase la norma que regula los ERTE vinculados a la crisis sanitaria. El miércoles 30 de septiembre era el último día que iba a existir esta herramienta para las empresas más afectadas por la pandemia.

"Con este acuerdo estamos dando seguridad a las familias, a las empresas y a los trabajadores de este país"  ha explicado Yolanda Díaz al comienzo de la rueda de prensa. "Le doy las gracias a los agentes sociales por mantenerse en este camino", ha querido añadir.

"Estoy convencida de que si salvamos el otoño y el invierno sí entraremos de lleno en la recuperación. Es un día de esperanza para las empresas y los trabajadores", ha incidido.

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A continuación, se detallan las claves de este nuevo acuerdo.

ERTE por impedimento y ERTE por limitaciones

Desaparecen los ERTE por rebrote y se abren 2 nuevas modalidades: la de cierre total y la de restricción de actividad.

Un ejemplo de este último caso sería el de los bares y restaurantes, que si se enfrentan a limitaciones de aforo podrían prescindir de parte de su personal hasta que se vuelva a trabajar a pleno rendimiento.También podría ser el caso de un local que cerrase temporalmente por un contagio entre sus empleados.

Para los de cierre total, como puede ser la situación de los locales de ocio nocturno, se contará con una exoneración del 100% de las cuotas que se deben abonar a la Seguridad Social siempre y cuando la empresa tenga menos de 50 trabajadores, si hay más empleados será del 90%.

En los de restricción de actividad la exoneración depende del tiempo que dure la suspensión o las limitaciones. Será del 100% para aquellos que retomen la actividad en octubre, del 90% para los que lo hagan en noviembre, del 85% si se hace en diciembre y del 80% en enero.

ERTE por sectores

Además de los ERTE de rebrote, entran también en el acuerdo una nueva modalidad: los ERTE por sectores

En estos casos entran todas aquellas empresas especialmente perjudicadas por la pandemia, como las del sector del turismo. También se contempla que puedan entrar otras, como las del sector del comercio o la restauración.

Las exoneraciones de los ERTE por sectores serán del 85% para las empresas con 50 trabajadores o menos, y del 75% para las que tengan una plantilla que supere esa cantidad. Esto será así durante todos los meses que dure el ERTE.

El Gobierno también considera la posibilidad de que las empresas que en principio no entran en esta modalidad puedan acogerse a un ERTE por fuerza mayor. Para ello, tendrán que acreditar que al menos el 50% de su facturación depende de una empresa que sí es susceptible de acogerse a un ERTE por sectores.

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Así quedan las prestaciones de los trabajadores afectados

Otro punto importante de la negociación, que finalmente queda reflejado en el acuerdo, es el de las prestaciones de los trabajadores afectados por un ERTE.

Se mantiene la cuantía de la prestación por desempleo en un 70% de la base reguladora, y se evita que caigan al 50% pasados los 6 meses de cobro.

Eso sí, las cuantías siguen limitadas a 1.098,09 euros mensuales si el trabajador no tiene hijos a cargo, a 1.254,96 euros al mes si tiene un hijo, y a 1.411,83 euros mensuales si tiene 2 o más hijos.

Durante lo que queda de año, los profesionales en esta situación no consumirán derecho a paro, tal y como venía ocurriendo hasta ahora.

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