Si inviertes en acciones o fondos con un bróker extranjero es momento de presentar el Modelo D6: cómo rellenarlo y presentarlo

Hombre trabajando en el ordenador
  • El modelo D6 es obligatorio para quienes tienen acciones o activos con brókers extranjeros como Degiro, Activo Trade o Interactive Brokers.
  • Es un modelo informativo que no implica el pago de impuestos y se presenta a principios de año.
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  • La vida del inversor está llena de obligaciones fiscales, sobre todo si eres de los que les gusta exprimir los mercados con inversiones en el extranjero. 

    La Agencia Tributaria y el Ministerio de Economía vigilan con celo todo dinero depositado fuera de España y eso se traduce en diferentes declaraciones y modelos informativos. Las más conocidas son el modelo 720 para bienes en general y el modelo D-6, específico para quienes invierten con brókers extranjeros.

    ¿Qué es exactamente el modelo D-6? 

    El “Modelo D-6 de declaración de titulares de inversión española en el exterior en valores negociables”, su nombre completo, es una declaración anual obligatoria del Ministerio de Economía. 

    Esta declaración sirve para identificar a personas que tienen acciones en bancos o brokers domiciliados en el extranjero a 31 de diciembre. Si tienes acciones en un bróker extranjero como Degiro, Activo Trade, Interactive Brokers o GPM Bróker o si cuentas con acciones al contado en XTB o eToro, tendrás que presentarlo.

    Por el contrario, si operas con bancos y brókers españoles o con domicilio fiscal en España, no tendrás que presentarlo por más que tengas acciones de empresas extranjeras. 

    La clave para Hacienda y el Ministerio de Economía es que el bróker depositario sea extranjero y la cuenta no esté domiciliada en España. 

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    ¿Cuándo hay que presentar el modelo D-6?

    El modelo D-6 se presenta por lo menos una vez al año, pero puedes tener que hacerla en otros momentos dependiendo de las operaciones que realices. 

    El modelo D-6 se usa para registrar dos tipos de operaciones diferentes. Por un lado, las acciones en cartera y, por otro, determinados movimientos. Ambas operaciones se declaran por separado.

    Salvo que hayas realizado una gran operación, lo normal es que sólo tengas que presentar el modelo D-6 una vez al año. El plazo natural para hacerlo es desde el 1 de enero hasta el 31 de enero

    ¿Qué pasa si sólo tienes efectivo en el bróker? En ese caso no tendrás que presentar el modelo D-6 salvo que ese dinero en liquidez esté invertido en algún producto financiero como por ejemplo hace Degiro.

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    ¿Qué pasa si no lo presentas a tiempo?

    El modelo D-6 es obligatorio. Si no lo presentaste en su momento, puedes hacerlo fuera de plazo, como con la declaración de la renta

    La sanción en este caso es de 300 euros si lo presentas los seis primeros meses y de 600 euros si lo haces más tarde.

    ¿Y si no lo presentas? La sanción por no rellenar el modelo D-6 es de un 25% del importe no declarado con un mínimo de 3.000 euros

    Aunque Hacienda no está persiguiendo esta infracción como sí hace con el modelo 720, es un riesgo muy alto para una declaración meramente informativa. Y es que el modelo D-6 no implica el pago de impuestos, sólo informar al Ministerio de Economía de dónde están depositadas las acciones que tienes en cartera. 

    Cómo rellenar el modelo D-6

    Lo primero en este caso es preparar bien tus datos. Normalmente será tan fácil como entrar en la aplicación de tu bróker y descargar el listado de valores depositados. Además del nombre del valor, necesitarás también el código ISIN.

    A continuación, hay que descargar e instalar el programa AFORIX desde Secretaría de Estado de Comercio para poder rellenar el modelo D-6. Si lo prefieres también puedes solicitar el documento en cualquier Registro General de la Administración, pero el programa te permite cumplimentarlo e imprimirlo después. 

    Para empezar a rellenar el modelo debes abrir un nuevo formulario y seleccionar la opción del D-6. Este modelo informativo se distribuye en cuatro apartados:

    Tipo de declaración

    Lo primero es elegir el tipo de declaración, si es una declaración de depósitos o una declaración de operaciones (flujos).

    También hay que indicar el año al que se refiere la declaración.

    Datos del Inversor

    Aquí debes identificarte como titular de la inversión con tu nombre apellido, DNI o NIF y domicilio. 

    En caso de cuentas conjuntas, puedes elegir entre rellenar un modelo por cada titular o adjuntar los datos de segundo titular después. Si eliges la segunda opción no podrás presentar el modelo D-6 de forma telemática. 

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    Valores depositados

    Aquí es donde utilizarás la información que obtuviste del bróker. Debes incluir todas las posiciones que tengas en brokers extranjeros con cuentas depositadas fuera de España. 

    Estos son los datos que necesitas para cada una de ellas:

    Esta misma operación tendrás que repetirla con cada una de las acciones. Por fortuna, el programa dispones de una opción para cargar el formulario del año anterior y no tener que volver a subir una a una todas las posiciones de tu cartera. 

    Diligencias

    Los dos últimos apartados sirven para que certifiques tus datos personales e incluyas tus datos de contacto para notificaciones.

    Con estos pasos habrás rellenado el modelo D-6 y ya sólo quedará entregarlo.

    Cómo presentar el modelo D-6

    Puedes entregar el modelo D-6 de forma telemática o presencial.

    • Declaración de depósitos. Esta es la declaración anual del modelo. Cada año debes informar de los saldos a 31 de diciembre, sin importar la cuantía de los mismos ni el número de acciones. Da igual que tengas una única acción con un bróker extranjero y que se valor sea de un euro. 
    • Declaraciones de operaciones o flujos. Además de la declaración anual, si en cualquier momento alcanzas más del 10% del capital social de una empresa no residente o si la inversión supera los 1.502.530,26 euros, también deberás rellenar el modelo. En este caso dispondrás de un mes desde la operación para hacerlo.
    • Clase de operación y fecha de la operación. Sólo en caso de operaciones de flujo.
    • Código ISIN, que puedes consultar en este enlace.
    • Descripción del valor, que en acciones será el Ticker y en fondo su nombre completo.
    • Emisor. El programa te ofrece siete opciones para emisores residentes y no residentes. Dependiendo de con quién inviertas deberás elegir una u otra. 
    • Valor. También deberás indicar la clase de valor que estás incluyendo. Las categorías del programa son muy claras y no tendrás problema en encontrar la tuya. Por ejemplo, para los títulos participativos los divide entre derechos de suscripción, acciones con derecho a voto, acciones sin derecho a voto y participaciones en fondos de inversión.
    • País donde el bróker tiene depositadas las acciones, que no debes confundir con el país donde cotiza la empresa.
    • Moneda en la que cotiza la empresa.
    • Número de títulos que tienes en cartera.
    • Importe en efectivo, que es dinero total que tenías en esas acciones a 31 de diciembre. 
    • Para cumplir online necesitarás contar con el certificado digital o DNI electrónico. Bastará con acudir al apartado de presentación telemática y pulsar en firma electrónica. 
    • Para presentar el modelo D-6 físicamente deberás imprimirlo y enviarlo por correo certificado al Registro General del Ministerio de Economía y Competitividad o acudir al Registro de la Administración central y entregarlo en mano. 

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