España deberá decretar primero el estado de alarma para convocar una cuarentena nacional si el coronavirus se desboca como en Italia, según advierten dos abogados constitucionalistas

Soldados del ejército italiano custodian el Duomo de Milán, cerrado por el coronavirus.
Soldados del ejército italiano custodian el Duomo de Milán, cerrado por el coronavirus.
  • Si el coronavirus sigue propagándose en España y el Gobierno plantea una cuarentena en todo el territorio nacional como en Italia, tendrá que declarar el estado de alarma.
  • Lo explican varios expertos a Business Insider: esta es la única fórmula constitucionalmente prevista para restringir la libertad de circulación a los españoles.
  • Sería la segunda vez en la historia de la democracia que se decreta el estado de alarma. La primera vez fue los días 3 y 4 de diciembre de 2010, cuando una huelga de controladores aéreos obligó al segundo Gobierno de Rodríguez Zapatero a cerrar el espacio aéreo.
  • Varios letrados empiezan a llamar la atención en que los aislamientos empiezan a ser generalizados, lo que abre la puerta a un decreto de estado de alarma inminente.
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Cintillo especial Coronavirus

El coronavirus es ya una amenaza no solo para la salud pública sino para la economía tal y como dejó claro este martes con su comparecencia el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que anunció un paquete de medidas destinadas a mitigar el impacto en el tejido productivo del país, con oxígeno financiero para las empresas, ayudas dirigidas a las familias, protección del suministro de medicamentos y material sanitario o el respaldo al turismo y al transporte.

Sin embargo, el escenario de "contención reforzada" está lejos de ser similar al de Italia, donde el primer ministro Giuseppe Conte declaró este lunes la cuarentena en todo el territorio nacional.

Ningún ciudadano italiano puede desplazarse libremente por el país de no contar con un certificado que lo justifique por razones laborales, de salud o de una emergencia, según recoge DW. Allí el número de infectados superaba los 10.000 con más de 630 fallecidos según los datos disponibles en la tarde del martes.

En caso de que la situación en España continúe empeorando, cabe la posibilidad de que el Ejecutivo de Pedro Sánchez tenga que restringir la libertad de circulación de los españoles, como en Italia.

Para ello cuenta con la posibilidad de decretar un estado de alarma, que contempla la Constitución y desarrolla una ley orgánica de 1981.

Así lo explica el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo, Miguel Presno Linera, en un artículo publicado recientemente en su blog. Concuerda con él el profesor —también de Constitucional— Fernando Álvarez-Ossorio, de la Universidad de Sevilla.

Por el momento, el Gobierno está echando mano de una ley orgánica de 1986, "de medidas especiales en materia de salud pública". La misma dispone que las autoridades podrán "adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control" cuando haya "indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población".

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Así, con la ratificación judicial de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, el Ejecutivo pudo confinar a cerca de un millar de turistas en el hotel de las Islas Canarias en el que se hospedaba un enfermo de coronavirus procedente de la región italiana de Lombardía. También está pudiendo aislar a los vecinos del barrio de Haro, en La Rioja, que se infectaron en un funeral.

Pero hay voces de letrados que empiezan a llamar la atención ante una práctica que consideran "generalizada". Es el caso del abogado Carlos Sánchez Almeida, socio del Bufete Almeida y director legal de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI). Sánchez Almeida entiende que estos recursos a los juzgados de lo Contencioso para limitar la circulación son "insuficientes" si se da de forma "generalizada".

En declaraciones a Business Insider España, abunda en la idea: "Hay desabastecimiento en supermercados y se está limitando la circulación de forma generalizada. La petición de ejecuciones forzosas al Contencioso para casos puntuales, como el de Tenerife, se puede entender".

Si la limitación de movimientos a ciudadanos va a más, se deberá decretar el estado de alarma

Los especialistas en Constitucionalista, Presno Linera y Álvarez-Ossorio, coinciden en que la situación tendrá que pasar por un decreto de estado de alarma si el Gobierno comienza a limitar la libertad de circulación en más puntos y de forma más generalizada.

Álvarez-Ossorio, por ejemplo, remacha que el Gobierno podrá rubricar dicho decreto haciendo uso del artículo 116.2 de la Constitución, pero que a los 15 días tendrá que contar con el beneplácito del Congreso de los Diputados de plantear una prórroga.

La Ley Orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio contempla en su artículo 4 que el estado de alarma podrá ser decretado cuando haya "una alteración grave de la normalidad", y detalla que esta puede ser "una crisis sanitaria", "tales como epidemias y situaciones de contaminación graves".

En el artículo 11, el estado de alarma permite "limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos".

Álvarez-Ossorio abunda en que el decreto de estado de alarma, "a diferencia del de estado de excepción o de sitio", lo puede dictar el Gobierno. "Pero la prórroga si tiene que contar con la aprobación del Congreso". 

Presno Linera recuerda en su post, además, que el estado de alarma no permitiría la suspensión de los derechos de reunión y de manifestación.

Las elecciones en Galicia y en el País Vasco se celebrarán sí o sí, a no ser que se reforme la ley

Presno también recuerda que el estado de alarma tampoco prevé la suspensión de unos comicios electorales. Y en las próximas semanas se celebrarán 2 de forma simultánea: en el País Vasco y en Galicia. El experto constitucionalista incide en que la Ley Orgánica del Régimen Electoral no prevé la suspensión de comicios. 

De querer suspenderse las elecciones, por ejemplo, Presno Linera abre la puerta a una reforma exprés de la norma electoral.

Si llega a suceder, sería la segunda vez en la historia de la democracia que se decreta el estado de alarma

La crisis del coronavirus podría provocar el 2º decreto de estado de alarma de la historia de la democracia. La primera vez fue los días 3 y 4 de diciembre de 2010, cuando una huelga de controladores aéreos obligó al segundo Gobierno de Rodríguez Zapatero y a su entonces ministro de Fomento, Pepe Blanco, a cerrar el espacio aéreo.

Con el estado de alarma decretado, los controladores aéreos pasaron a obedecer a autoridades militares. En caso de rechazar volver a sus puestos de trabajo, los controladores aéreos incurrirían en delitos de desobediencia.

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