¿Qué está prohibido en una despedida de soltero? Disfraces, gritos o megáfonos pueden acarrearte una multa

Disfraces, fiesta en Magaluf, España
  • Un grupo con disfraces ridículos gritando alguna consigna recorre la zona de bares, fácilmente se identifica como una despedida de soltero o soltera.
  • Aunque estos festejos sean comunes, algunos de los componentes que llevan asociados pueden ser motivo de multas.

Las despedidas de soltero son festejos más que populares en todo el territorio. Bulliciosas, alegres y festivas, en estas fiestas el alcohol suele jugar un papel protagonista junto a los disfraces y las bromas. Con ello amigos y familiares de él o ella aprovechan para pasar una velada única repleta de actividades inolvidables antes de la boda.

A la hora de prepararla, puedes inspirarte en el cine o hacer que ChatGPT se encargue de la fiesta. Pero sea un organizador humano o una máquina el responsable, cabe tener en cuenta que el plan podría incluir cosas que terminen con una multa.

Pero ¿qué es posible prohibir y qué no es una despedida de soltero? Desde Legalistas aclaran aquellas conductas o actividades que podrían tener consecuencias legales.

Multas por disfraces indecorosos

Ya sea un plan tranquilo, una escapada o una fiesta loca, disfrazarse en una despedida es algo bastante habitual. Lo que en muchas ocasiones conlleva indumentaria de carácter sexual o escasa.

Por lo que cabe tener en cuenta que los Ayuntamientos en sus ordenanzas municipales pueden considerar dichos atuendos como "indecorosos". Y sancionar a quienes lleven "disfraces que atenten contra la dignidad de las personas, los sentimientos religiosos o que tengan contenido xenófobo o sexual".

También si se estima que "perturban la tranquilidad y la convivencia ciudadana". No obstante, recuerdan desde Legalitas, que de darse la sanción esta debe explicar de forma clara los motivos por los que se perturba la tranquilidad ciudadana.

Granada modificó recientemente su ordenanza de la convivencia para abordar el problema de las despedidas. Prohibirá comportamientos "inadecuados" y "perturbadores" como transitar por espacios públicos sin ropa, llevar disfraces con contenido xenófobo, racista u homófobo y el uso de aparatos de amplificación de sonido o imagen sin autorización.

Las infracciones, tipicidadas como leves pueden ser sancionadas con entre 1 y 750 euros, informa el diario Ideal.

 

No es el único municipio que recoge en su legislación sanciones sobre el ropaje clásico de estas fiestas.  

Logroño multa con hasta 600 euros los disfraces que  "no cubran los órganos genitales" o sean xenófobos, racistas u homófobos. Mientras que Marbella multa a aquellos que anden desnudos en ropa interior o con "complementos que representen los genitales o zonas íntimas del ser humano". Tampoco están permitidos los "muñecos/as, aparatos, símbolos o elementos de carácter sexual" ni los disfraces "ofensivos".

Los propietarios de locales como bares, restaurantes o cafeterías pueden reservarse el derecho de admisión y, por lo tanto, prohibir el acceso a determinas personas. Según Legalitas, los establecimientos "deben disponer de un cartel colocado en un lugar visible de los accesos, donde se especifique este derecho y se detallen las condiciones, por ejemplo, las limitaciones a la vestimenta o a entrar con determinados objetos".

Multas por ir con megáfono, música y hacer ruido en la calle

Todas las ordenanzas municipales de convivencia cuentan con sanciones específicas por no respetar el descanso del vecindario por ruidos, cánticos, gritos, música, etc. Esto es independientemente del motivo de la celebración, puntualizan desde Legalitas.

Por ejemplo, en Madrid, perturbar la convivencia ciudadana de forma que incida grave, inmediata y directamente en la tranquilidad y en el ejercicio de derechos legítimos de otras personas puede considerarse una infracción muy grave o grave y supone una multa de entre 750 a 3.000 euros.

En el caso de la ordenanza municipal de Granada se recoge expresamente que toda la ciudadanía tiene la obligación de respetar el descanso del vecindario y de evitar la producción de ruidos que alteren la normal convivencia, independientemente de la hora del día. 

En el caso de Logroño, la norma recoge la prohibición de los "comportamientos realizados por grupos de personas que, con motivo de despedidas de soltero/a u otras celebraciones, provoquen la alteración de la convivencia ciudadana o el orden público".

La ordenanza riojana incluye asimismo sanciones por conductas ruidosas, como "gritar, cantar o vociferar en la calle", llevar altavoces o megáfonos, sin autorización previa. Las multas por estas conductas pueden llegar a los 600 euros.

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