¿Las grabaciones sirven como prueba en un despido? El Tribunal Supremo considera que no es necesario el consentimiento del trabajador
- ¿Las grabaciones de vídeo sirven como prueba para justificar un despido?
- Una sentencia reciente del Tribunal Supremo da validez a este tipo de pruebas y señala que no es necesario el consentimiento del trabajador.
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La sala de lo Social del Tribunal Supremo acaba de validar el uso de grabaciones de vídeo por parte de las empresas como prueba para justificar un despido.
La sentencia, que ha sido recientemente publicada, ha anulado el fallo que estableció el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2016.
Esto significa que el fallo del Tribunal Supremo va a crear jurisprudencia en este sentido, y en los casos de despido en los que haya una grabación esta será considerada como prueba válida.
Los hechos a los que hacen referencia ambas sentencias se remontan al año 2016, cuando un camarero de una cafetería del Aeropuerto de Barajas, en Madrid, fue despedido.
La empresa presentó como prueba una grabación del empleado cometiendo pequeños robos en su puesto de trabajo. Esta fue la justificación de un despido disciplinario, sin dar lugar a indemnización.
El trabajador, descontento con la forma de proceder de la empresa, acudió a la justicia para reclamar el despido. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la razón, alegando que era necesario su consentimiento para ser grabado.
Pero la empresa recurrió el fallo, llegando el caso al Tribunal Supremo, que ha acabado anulando la sentencia anterior, dándole la razón a la empresa y considerando el despido como disciplinario.
La empresa puede grabarte sin tu consentimiento
La sentencia del Tribunal Supremo es clara respecto al hecho de que la empresa pueda tomar imágenes de vídeo sin tu consentimiento.
"El empresario no necesita el consentimiento expreso del trabajador para el tratamiento de las imágenes que han sido obtenidas a través de las cámaras instaladas en la empresa con la finalidad de seguridad o control laboral", argumenta el texto.
El fallo matiza que el uso de cámaras "se trata de una medida dirigida a controlar el cumplimiento de la relación laboral".
Esta sentencia va a ser la que establezca la línea jurisprudencial a partir de ahora, según exponen los expertos de Confilegal.
De este modo, si una empresa utiliza las pruebas recabadas a través de su sistema de videovigilancia para justificar tu despido, debes saber que es totalmente lícito y que no precisan de consentimiento.
Eso sí, las empresas deben señalizar en todo momento la existencia de dichas cámaras, así como mantener informados a los trabajadores sobre el uso de las mismas.
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