Los hoteleros alertan de una estampida de propietarios convencionales a pisos turísticos para escapar al control de precios del alquiler

Un letrero anuncia un piso de alquiler en el centro de Madrid

Reuters

  • El control de precios impuesto por la Generalitat puede intervenir el alquiler convencional, pero no puede limitar el precio del turístico. 
  • Por ello, muchos propietarios han cambiado de modalidad y los hoteleros temen cómo puede afectar esta estampida.
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El alquiler convencional no merece la pena. Al menos eso es lo que parece reflejarse de la drástica caída en el número de pisos ofertados en Barcelona, donde cada vez más propietarios optan por pasarse al turístico o por temporadas.

Con esta táctica, los propietarios consiguen evitar el control de precios impuesto por la Generalitat, la cual puede intervenir el alquiler convencional, pero no puede limitar el precio del turístico. 

El control de alquiler sólo puede intervenir el mercado en el caso del arrendamiento convencional, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Como informa Expansión, algo similar puede ocurrir con la nueva Ley de vivienda que prepara el Gobierno y el sector turístico ya ha dado la voz de alerta lamentando la falta de medidas para regular el arrendamiento vacacional.

Ley de vivienda: los límites al precio del alquiler para grandes propietarios no se aplicarán al menos hasta 2024

El Gobierno justifica su intervención sobre el alquiler convencional señalando que la vivienda debe cumplir una función social, pero los pisos turísticos no se consideran vivienda, por lo que no se les puede exigir que satisfagan esa función. 

En la actualidad, España cuenta con más de 294.000 pisos turísticos –sin incluir los alquileres por temporada–, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). 

Ahora, los hoteleros temen que los propietarios eviten en masa dicho intervencionismo y se lancen al sector vacacional, como ya ocurre en la ciudad condal, donde a principios de septiembre había 10.900 pisos en alquiler convencional, un 42% menos que hace un año, según datos de Idealista. 

Sin embargo, no todo es libertad en este tipo de alquileres. Los contratos de pisos turísticos no pueden ser superiores a un año y los propietarios no pueden acceder a los beneficios fiscales en el IRPF por alquiler de vivienda habitual –aunque suele compensar la mayor rentabilidad obtenida con los turísticos–.

Es posible que esto no afecte en gran medida a los propietarios, pero sí podría suponer un daño para los inquilinos, que se enfrentarán a contratos más cortos, menos estables y sin límites de precio. 

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