Qué pasa si encuentras trabajo y no se lo comunicas al SEPE: así te puede sancionar

Oficina del SEPE

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  • Ser una persona beneficiaria de una prestación o subsidio por desempleo conllevar una serie de obligaciones ante el SEPE.
  • ¿Qué pasa si estás en el paro y no te presentas a las ofertas de trabajo, o si encuentras un empleo pero no lo comunicas? Estas son las sanciones a las que te expones (y qué puedes hacer si las recibes)

Estar en el paro permite cobrar una prestación o subsidio por desempleo si se cumple con los requisitos, pero también conlleva cumplir con una serie de obligaciones ante el SEPE (Servicio Publico de Empleo Estatal) y renunciar a algunas cosas.

Así, por ejemplo, viajar fuera de España mientras se está cobrando el paro solo será posible en determinadas circunstancias (depende del motivo y de la duración del traslado), mientras que el incumplimiento de la ley conlleva una sanción.

Además, toda persona que percibe una prestación del SEPE tiene responsabilidades que debe llevar a cabo, como las siguientes:

  • Comunicar cambios de domicilio.
  • Comunicar cambios en las rentas percibidas que afectan al derecho a cobrar el subsidio.
  • Renovar la demanda de empleo y estar en búsqueda activa de trabajo.
  • Acudir a las citaciones del SEPE.
  • Avisar al SEPE del cobro de una cantidad indebida y devolver el dinero que corresponda.

Si la persona beneficiaria se salta alguna norma, el SEPE procederá a estudiar el caso y podría imponer una sanción, cuyo grado será leve, grave o muy grave.

Qué pasa si estás en el paro y rechazas ofertas de empleo

Si una persona está en el paro y no se presenta a una oferta de empleo "adecuada", y lo hace "sin causa justificada", se expone a una sanción por infracción grave por parte del SEPE.

La primera infracción de este tipo supondrá la pérdida de tres meses de prestación, la segunda vez perderá seis meses de cobrar el paro y la tercera vez conllevará la extinción de la prestación.

"Se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción (es decir, no siempre tiene que ser un rechazo de oferta, sino que puede ser otra de las infracciones graves) y cuando entre una infracción grave y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días", explica el SEPE.

¿Pueden sancionarte si encuentras trabajo y no se lo comunicas al SEPE?

Has estado en situación de desempleo y cobrando el paro, pero, por fin, consigues un puesto de trabajo. Quizá pienses que el SEPE ya se enterará por su cuenta y que no necesitas hacer nada... pero no es así.

A los beneficiarios de prestaciones por desempleo se les requiere que comuniquen los cambios que se produzcan en su situación personal, familiar, laboral o de rentas, lo que incluye entrar a un nuevo trabajo después de haber cobrado el paro.

"Como persona beneficiaria de prestaciones por desempleo, tiene obligación de comunicar su colocación al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), independientemente de que pueda conocerse por otros medios. La empresa que firma el contrato no tiene obligación de informar al respecto", aclara el organismo.

"La consecuencia de no comunicar la colocación podría ser la pérdida de la prestación por una sanción", advierte el SEPE.

Dicha comunicación puede realizarse por internet, por teléfono o de forma presencial en tu oficina de empleo correspondiente.

Qué puedes hacer si el SEPE te sanciona

Si recibes una carta en la que se te notifica que se ha iniciado un procedimiento sancionador contra ti  y se ha suspendido el pago de tu prestación, tienes dos opciones. 

Si estás conforme y no quieres presentar alegaciones, solo tienes que esperar a que termine el procedimiento por resolución administrativa.

En caso contrario, dispones de un plazo de 15 días hábiles —desde el día siguiente a la notificación de la comunicación de la sanción— para presentar un escrito de alegaciones en la oficina de empleo, para lo que puedes aportar la documentación que consideres pertinente.

Ante esto, el SEPE dictará una resolución en la que estime o no dichas alegaciones; en caso negativo, podrás presentar un escrito de reclamación previa en el plazo de un mes. Si esto tampoco obtiene el resultado que buscas, aún puedes interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social, describe el servicio.

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