¿Se puede dejar fuera de la herencia al cónyuge en el testamento?

Pareja mayor redacta su herencia
  • Por ley a la pareja civil le corresponde una parte de los bienes, siendo herederos legitimarios.
  • Estas son las excepciones que admite el Código Civil y que se deben especificar en el documento.

No todas las voluntades son admisibles en un testamento. Y es que más que una cuestión de elección, es algo meramente legal. El Código Civil español especifica que existen herederos legitimarios, entre los que incluye a los hijos, padres y cónyuge, por lo que es un tema complejo.

Existen casos en los que sí se puede dejar fuera de la herencia al cónyuge, pero son muy concretos. De primeras, sin importar lo que diga el testamento, les corresponde una parte de los bienes. Salvo alguna excepción.

Motivos para desheredar

Las causas están muy bien definidas y se regulan por el artículo 853 del Código Civil. Estas son haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos a la persona que le deshereda, o haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

Además, también se incluyen el haber sido condenado en juicio por atentar contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes; haber acusado al mismo de delito cuando la acusación sea declarada calumniosa; haber obligado al testador, con amenaza, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo; o haberlo impedido, con amenaza, fraude o violencia, hacer testamento o revocar el existente.

Eso sí, para que esto se lleve a cabo es fundamental que en el testamento se deje bien claro a quién se quiere dejar fuera de la herencia y los motivos.

Otro detalle a tener en cuenta es que los testamentos son personales, por lo que no se puede realizar un único testamento para la pareja, como indica el artículo 669 del Código Civil, "no podrán testar dos o más personas mancomunadamente, o en un mismo instrumento, ya lo hagan en provecho recíproco, ya en beneficio de un tercero".

Lo que sí se puede hacer es lo que se conoce como testamento del uno para el otro, donde cada miembro de la pareja hace un documento individual por el que se declara que deja el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes al otro.

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