Algunos pensionistas no van a cobrar su prestación en abril: qué hacer para no seguir perdiendo dinero

Hombre mayor de negocios, pensionista con monedero vacío, sorprendido

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  • Algunos pensionistas tienen la obligación de presentar su fe de vida y estado cada año, antes de que acabe el primer trimestre, "para evitar la suspensión de las pensiones de Seguridad Social".
  • Qué pasa si no has acreditado la vivencia en el plazo exigido y cómo volver a cobrar tu pensión suspendida: estas son las diferentes vías para hacerlo.

El pasado 31 de marzo no fue un día cualquiera: era la fecha límite que tenían muchas personas pensionistas para realizar varios trámites administrativos, con el objetivo de no ver suspendida o reducida su prestación.

Uno de ellos es la presentación de la fe de vida: un importante certificado con el que se prueba que "la persona a la que se refiere el documento se encuentra viva" y que es necesario entregar periódicamente para que esta siga percibiendo la pensión que le corresponde.

"Para evitar la suspensión de las pensiones de Seguridad Social es necesario remitir anualmente, en los tres primeros meses del año, una fe de vida y estado al organismo que remite la pensión", informa el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

En concreto, "los pensionistas de la Seguridad Social española residentes en el extranjero deben acreditar periódicamente su vivencia, a cuyo efecto deben presentar todos los años, dentro del primer trimestre natural, una fe de vida emitida por la autoridad competente del país de residencia, en el año del control, que acredite la vivencia para continuar percibiendo la pensión que tuvieran reconocida", señala también el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

"¿Qué ocurre si no acredito la vivencia en el plazo indicado? Su pensión quedará suspendida" hasta que la acredite, plantea y responde la propia Seguridad Social.

Así, si no se ha realizado el trámite antes de que terminase el mes de marzo y se hace en abril, la prestación quedará suspendida temporalmente y no se ingresará de nuevo durante al menos un mes, ejemplifica La Información.

Cómo pueden los pensionistas acreditar la fe de vida: varias vías

Para volver a cobrar la pensión interrumpida, las personas pensionistas residentes en el extranjero deben presentar el certificado de fe de vida y estado ante la Dirección Provincial del INSS que gestiona su prestación —este dato se encuentra en la notificación de la revalorización de la pensión que habrá recibido últimamente—.

Como alternativas, también se puede acreditar la vivencia ante los Encargados del Registro Civil Consular y mediante la comparecencia (presencial o telemática) frente a las consejerías o secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Finalmente, otra opción es hacerlo mediante VIVESS, una nueva aplicación gratuita (disponible para Android y Apple) que permite realizar este trámite "desde cualquier lugar del mundo y sin desplazamientos", detalla el servicio. 

Una vez completado, el pensionista "recibirá una justificación inmediata de la realización de este trámite y posterior confirmación del INSS, sin trámites adicionales", concluye.

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