La Audiencia Nacional condena a Apple a pagar más de 850.000 euros de multa por abonar tarde sus impuestos

Apple Store en la Puerta del Sol de Madrid
Apple Store en la Puerta del Sol de Madrid

Reuters

  • La Audiencia Nacional ha rechazado un recurso interpuesto por Apple para evitar una multa por pagar tarde el impuesto de la renta de no residentes con establecimiento permanente.
  • Esta representa el pago de casi 200.000 euros en concepto de de intereses de demora y más de 650.000 por recargo por presentar la declaración fuera de plazo.

Pequeño revés para Apple, más simbólico y judicial que verdaderamente económico. La Audiencia Nacional ha inadmitido a trámite un recurso mediante el que la empresa de la manzana pretendía evitar una multa de más de 850.000 euros por presentar fuera de plazo el impuesto de la renta de no residentes con establecimiento permanente.

Lo ha hecho en una sentencia fechada el pasado 31 de mayo de la que se ha hecho eco en primer lugar La Información. Esta juzga como procedente una multa de 862.307,88 euros interpuesta por el Tribunal Económico Central en 2020.

En realidad, tal y como explica la propia sentencia, todo empezó un poco antes. Concretamente, en 2015, cuando las autoridades españoles empezaron a investigar a Apple Distribution International, la filial irlandesa del gigante tecnológico que es a su vez dueña de las filiales con las que Apple opera en España.

Fruto de estas investigaciones, hacia 2016 el fisco español entendió, contra el criterio de la propia Apple, que, a través de sus filiales españolas, existía establecimiento permanente de la empresa irlandesa en España

Esto quería decir, entre otras muchas cosas, que la empresa debía pagar el impuesto de la renta de no residentes. Resignada, Apple así lo hizo. En 2017, la empresa pagó el impuesto correspondiente al ejercicio 2013-2014.

Pero el conflicto no terminó ahí. En enero de 2018, Hacienda notificó a Apple una multa por valor de más de 850.000 euros por ese mismo ejercicio. El motivo no era otro que haber presentado la declaración del impuesto varios años fuera de plazo, lo que conlleva un 20% del recargo de la cantidad presentada. 

Disconforme con la resolución, Apple reclamó la nulidad de dicha multa al entender que la notificación de la misma constituía lo que en se conoce en el mundo legal como requerimiento previo.

Definido en el artículo 27 de la Ley General Tributaria, en esencia un requerimiento previo es un procedimiento judicial llevado a cabo de manera conjunta entre los entes reguladores y la persona física o jurídica afectada y que conduce al reconocimiento y pago de cierta deuda. Cuando se producen este tipo de actuaciones no hay intereses de demora ni recargo.

La sentencia, por tanto, parte de una pregunta: ¿la notificación de la multa por parte de Hacienda a Apple constituyó algún tipo de requerimiento previo? La respuesta de la misma es tajante: no.

"[...] el mero hecho de que a través de un procedimiento anterior se revele un criterio administrativo sobre cierta cuestión, no convierte aquel procedimiento en un "requerimiento previo" del artículo 27.1 de la LGT respecto de cualquier autoliquidación tardía en que el sujeto aplique aquel criterio general", aclara al respecto el escrito de la Audiencia Nacional.

Esto quiere decir que el hecho de que Hacienda avise de que se adeuda un dinero en concepto de pago de impuestos o multa no significa que se haya dado requerimiento previo alguno, con lo que toca pagar el religiosamente el recargo que toque. 

Ante esta sentencia Apple puede todavía recurrir ante en el Tribunal Supremo.

Aunque la cifra de esta multa es poco menos que una china en el zapato para una multinacional que factura casi 400.000 millones de euros a nivel mundial, lo cierto es que se trata un capítulo más en la turbulenta relación entre Apple y los entes fiscales de todo el mundo.

Esta ha dado pie, por ejemplo, a que últimamente la empresa ante especialmente pendiente de lo que ocurra en Reino Unido.

Allí, el Gobierno ha presentado ya un proyecto de ley que daría al Competitions and Markets Authority, el equivalente británico de la CNMC, ente encargado de que las empresas compitan entre sí, facultades para multar a las empresas sin necesidad de pasar por ningún juzgado.

Son noticias nefastas para Apple. Por un lado, la CMA es una institución que ya ha criticado abiertamente en más de una ocasión prácticas de la empresa de Tim Cook como el veto que ejerce sobre aplicaciones desarrolladas por terceros.

En segundo lugar, Apple debe estar inquieto porque los golpes de la CMA pueden ser francamente severos: en caso de incurrir en casos graves de competencia desleal, esta podría castigar a las empresas con el pago de hasta el 5% del volumen de ventas anual. 

Se trata más o menos de la misma postura que ha sostenido hasta el momento la Comisión Europea, que aunque recientemente ha rebajado sus acusaciones, ha acusado a Apple también en alguna ocasión de abusar de su posición dominante en la gestión de Apps y pagos de terceros.

Los antecedentes no son nada halagüeños para Apple. En 2020, la empresa fue multada en Italia con 10 millones de dólares por engañar sobre las capacidades del iPhone de funcionar sumergido en agua; y un poco más recientemente, en 2022, fue multada en Brasil, entre otras cosas, por vender móviles sin cargador. Los problemas de Apple con el pago de impuestos suman  y siguen.

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