Así es la propuesta de Hacienda para declarar las criptomonedas en el extranjero con el modelo 721

criptomoneda bitcoin con imagen de ordenador

Benoit Tessier/Reuters

Hace unos días, Hacienda presentó un borrador de un futuro decreto ley con el que exigiría declaraciones anuales a las personas que posean monedas virtuales y a las empresas que presten servicios de permuta, almacenamiento o compraventa con estas.

El texto —modificación de la Ley 11/2021, conocida como ley antifraude aprobada el 9 de julio del año pasado— recogía la obligación de informar a partir del 1 de enero de 2023 sobre los saldos en criptomonedas (tipo, cantidad, valoración...), incluido en el extranjero, pero no confirmaba qué modelo se debería usar en la declaración de la renta.

Ahora sí lo hace: la Agencia Tributaria ha publicado su propuesta para el modelo 721, que establece cómo declarar criptomonedas en el extranjero. Se trata de un Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 721 "Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

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Este documento, sometido a trámite de información pública este martes 28, se encarga de "establecer una nueva obligación informativa relativa a la tenencia de monedas virtuales situadas en el extranjero, con el objeto de mejorar el control tributario de los hechos imponibles que puedan derivarse de dicha tenencia u operativa".

Estas son las principales preguntas o dudas que trata de resolver sobre la declaración de criptomonedas en el extranjero el nuevo modelo 721 de Hacienda:

Qué se entiende por criptomoneda en el extranjero

Una de las cuestiones que aclara Hacienda es cómo se puede saber si una moneda virtual está en el extranjero, es decir, fuera de España.

"Las monedas virtuales se entenderán situadas en el extranjero cuando la persona, entidad o establecimiento permanente que las custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir dichas monedas no estuviera obligado a presentar la declaración en España del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio", afirma.

¿Cuándo tendría que hacerse la declaración de las monedas virtuales en el extranjero?

El modelo 721 "habrá de presentarse con periodicidad anual por los obligados a declarar, y remitirse a la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante el envío de mensajes informáticos", informa el organismo.

Además, especifica las fechas en las que deberá realizarse el trámite: "se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzodel año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar".

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Qué información debe aportarse en el modelo 721

En su anexo, el documento de la Agencia Tributaria muestra todo el contenido y la información que deberá contener el nuevo modelo 721.

Así, entre una larga lista de campos de registro y especificaciones —desmesurada y carente de sentido en algunos puntos, opina el asesor fiscal Emilio Pérez Pombo a Cinco Días—, aparecen los siguientes:

  • Datos del declarante: esto incluye, entre otros, el NIF, nombre y apellidos o razón social, número de teléfono y dirección.
  • Datos de "la persona o entidad que proporciona servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales", como el nombre y apellidos (o razón social o denominación completa), el código del país, el municipio, el código postal, la calle y el número.
  • La clave pública vinculada a la moneda virtual objeto de declaración y que identifica el monedero electrónico del declarante en el que se encuentra la moneda virtual informada.
  • Tipo de moneda virtual situada en el extranjero.
  • Número de monedas virtuales: número total de unidades que se tenían al inicio del ejercicio, las recibidas, las enviadas y el número al final (correspondientes al saldo declarado a 31 de diciembre). "Si la condición de obligado a declarar se hubiera extinguido antes del 31 de diciembre, se informará del número de unidades correspondiente al día de la pérdida de dicha condición", aclara.
  • Valor de la criptomoneda declarada situada en el extranjero, en euros. Para ello, establece que "se tomará la cotización media a 31 de diciembre que ofrezcan las principales plataformas de negociación o, en su defecto, se utilizarán los mecanismos comúnmente utilizados de valoración que proporcionen una estimación razonable del valor de mercado en euros de la moneda virtual a 31 de diciembre".
  • Cotización o valor utilizado.
  • Saldo de las monedas virtuales a 31 de diciembre.
  • Origen de la divisa.
  • Fecha de registro inicial en la plataforma.
  • Fecha del fin de la condición de declarante.

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Cuándo entra en vigor

Está previsto que el modelo 721 se encuentre operativo ya en 2023, con la información de este año en curso. 

"La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será de aplicación por primera vez con la presentación del modelo 721, de 'Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero' correspondiente al ejercicio 2022 que deba realizarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023", establece el texto.

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