Por circular marcha atrás con tu vehículo te pueden multar con 500 euros y 6 puntos en el carnet: así debes hacer esta maniobra para evitar sanciones

Palanca de cambios en un coche
  • La DGT ha advertido sobre el peligro de conducir marcha atrás con el coche de forma incorrecta.
  • Además, si haces mal esta maniobra la multa puede ser de 500 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir.
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Una de las mayores preocupaciones de los conductores es la de no recibir multas. La Dirección General de Tráfico (DGT) recaudó en 2019 más de 374 millones de euros en sanciones. Son los últimos datos disponibles.

Las sanciones más habituales son las que se ponen por exceso de velocidad. Tráfico multa cada minuto a 5 conductores por este tipo de infracción. Sin embargo, no es el único fenómeno en carretera que puede afectar a la seguridad vial y acarrear sanciones.

Algunas maniobras que suelen hacerse de forma cotidiana y que no parecen peligrosas terminan suponiendo una multa, y esto se debe en parte al desconocimiento de muchos conductores sobre la normativa.

Es lo que sucede cuando se circula marcha atrás, una acción que es imprescindible cuando se utiliza un coche, pero que debe ser efectuada de forma correcta para que no genere peligro y además evite ser motivo de multa.

La DGT ha recordado en sus redes sociales que conducir marcha atrás está prohibido, salvo cuando no sea posible ir hacia delante ni cambiar de dirección.

Además, esta maniobra debe ser lo más corta posible, lenta y sin riesgo para otros conductores. Si no se realiza correctamente puede acabar costando 200 euros de multa y la pérdida de 4 puntos en el carnet.

Eso sí, si la marcha atrás se efectúa de forma prolongada, sin justificación y poniendo en peligro a otros usuarios, se puede elevar a 500 euros y 6 puntos, ya que se consideraría conducción temeraria.

Según la DGT, no se debe conducir marcha atrás más de 15 metros, tampoco se puede invadir un cruce de vías, y antes de hacerlo el conductor ha de asegurarse de que las condiciones de visibilidad son adecuadas. 

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Además, la normativa de tráfico impide efectuar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías, aunque existe una excepción: los vehículos prioritarios que estén en un servicio urgente, como las ambulancias o los coches de policía, pueden recurrir a ello si lo necesitan.

La DGT recomienda utilizar el retrovisor siempre que se lleve a cabo esta acción, también hay que señalizar la maniobra al resto de conductores, ya que así se evitan posibles accidentes. 

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