Deducciones en la declaración de la renta para personas con discapacidad

Una mujer en silla de ruedas recorriendo una oficina.

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  • Estas son las deducciones que se pueden aplicar en la declaración de la renta las personas con discapacidad, además de los descendientes, ascendientes o cónyuges que estén a cargo.
  • A efectos del  IRPF, son personas con discapacidad las que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33%. 

Como es lógico, las personas con discapacidad, así como las que están a cargo de ellas, tienen derecho a aplicarse una serie de deducciones en la declaración de la renta. Éstas dependerán, principalmente, del grado de discapacidad

Y lo primero que hay que saber es qué grado de discapacidad da lugar a estas deducciones (y cómo hay que acreditarla). 

 

Esta es la explicación que dan en la propia Agencia Tributaria: a efectos del  IRPF, son personas con discapacidad las que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33%

Tendrás que acreditar el grado de discapacidad, la necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida con un certificado emitido por el IMSERSO o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.

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No obstante, se considera que tienes acreditado un grado de discapacidad:

- Igual o superior al 33% si:

  • Percibes una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
  • Percibes una pensión de clases pasivas de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

- Igual o superior al 65%, si tu incapacidad ha sido declarada judicialmente en el orden civil, aunque no alcances dicho grado. Tras la reforma del Código Civil, la incapacitación judicial se extiende a las resoluciones judiciales del orden civil, que establezcan la curatela representativa de las personas con discapacidad.

No obstante, en aquellos casos en que sus circunstancias específicas lo justifiquen, podrá acreditar la condición de persona con discapacidad por cualquier medio de prueba admitido en derecho.

Deducciones para personas con discapacidad

En taxdown explican cuáles son estas deducciones: los mínimos por discapacidad para el propio contribuyente y sus familiares, explican, son los siguientes:

  • Para personas con un grado de discapacidad igual o mayor al 33% y menor al 65%, el mínimo aplicable es de 3.000 euros anuales.
  • Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%, el mínimo aplicable asciende a 9.000 euros anuales.
  • Además, si se acredita la necesidad de ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se añaden 3.000 euros anuales al mínimo aplicable.

Deducción por descendiente o ascendiente con discapacidad a cargo

En qué consiste este beneficio

También extrayendo la información de Hacienda, esta deducción se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva (tu renta es a pagar) como si es negativa (tu renta es a devolver) como si es cero.

Puedes hacerla efectiva:

  • Presentando la declaración de IRPF. Si tu cuota es positiva, resta de ésta el importe de la deducción e ingresa o solicita la devolución de la diferencia. Si tu cuota diferencial es cero o negativa, solicita la devolución que resulta de tu declaración.
  • O bien solicitando, cuando cumplas los requisitos, el abono anticipado. En este caso, no podrás minorar el importe de la deducción de la cuota diferencial que resulte de tu declaración de IRPF, pero no te olvides de declararlo.

A quién corresponde esta deducción

Puedes aplicar esta deducción por cada descendiente con discapacidad igual o superior al 33% siempre que tengas derecho al mínimo por descendientes por ellos, y, además, cumplas uno o varios de los siguientes requisitos:

  • Realices una actividad por cuenta propia o ajena por la que estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
  • Percibas prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
  • Percibas pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas.
  • Seas un profesional no integrado en el RETA y percibas, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores.

Importe de la deducción

El importe máximo es de 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad (100 euros al mes)

Puede haber más de una persona con derecho a la deducción por el mismo descendiente con discapacidad. En este caso, el importe se prorrateará entre todas, por partes iguales, salvo que cedáis el derecho a una de ellas, que será la que perciba íntegramente el importe de la deducción.

Deducción por cónyuge con discapacidad a cargo

Tanto el apartado de 'en qué consiste este beneficio' como el de 'importe de la deducción' es idéntico a los anteriores. Pero varía en lo que respecto a qué personas con discapacidad pueden beneficiarse de estas deducciones en la declaración de la renta

A quién corresponde esta deducción

Puedes aplicar esta deducción siempre que:

- tu cónyuge tenga reconocida una discapacidad del 33% o superior.

- no estés separado legalmente de tu cónyuge.

- tu cónyuge no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

- tu cónyuge no genere el derecho a las deducciones por descendientes y ascendientes con discapacidad.

- y, además de todo lo anterior, tú cumplas uno o varios de los siguientes requisitos:

  • Realices una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
  • Percibas prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
  • Percibas pensiones abonadas por el Régimen General y los especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas.
  • Seas un profesional no integrado en el RETA y percibas de las mutualidades de previsión alternativas prestaciones análogas a las anteriores.

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