Las exoneraciones en las cuotas de la Seguridad Social a las que se pueden acoger las empresas

Un soldador trabajando.

Pixabay

  • A través del llamado Mecanismo RED, las empresas, en determinadas circunstancias, pueden acogerse a una serie de exenciones en las cuotas de la Seguridad Social.
  • En algunos casos, la exoneración podría llegar hasta un 60%.

Exoneración, ahorro, cuotas, Seguridad Social... si tienes una empresa, esto te interesa. No es una novedad, pero hay tantas cosas que pasan desapercibidas mientras uno está ahogado en papeles, o en mails, que nunca está de más recordar que las empresas pueden acogerse a una serie de exoneraciones en las cuotas de la Seguridad Social

Las condiciones para acceder a este ahorro se reflejan en el conocido como Mecanismo RED de Flexibilización y Estabilización del Empleo, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el 11 de julio de 2023. Es un instrumento, explicaron, "diseñado para favorecer la flexibilidad interna de las empresas con el objetivo de fomentar la continuidad de las relaciones laborales estables, evitando el tránsito por el desempleo, en situaciones de crisis cíclicas o sectoriales".

El desarrollo reglamentario del Mecanismo RED, recogido en el Real Decreto-ley 32/2021,  contempla los beneficios en la cotización a la Seguridad Social para las empresas, así como las acciones formativas y el compromiso del mantenimiento del empleo al que van vinculadas dichas exenciones en la cotización.

Estipula 2 modalidades:

  • Cíclica: que proporcionará a las empresas un marco estable ante una caída transitoria o cíclica de su demanda por causas macroeconómicas, para evitar despidos inmediatos al shock
  • Sectorial: mediante la cual las organizaciones sindicales y empresariales más representativas podrán solicitar la convocatoria de la Comisión Tripartita del Mecanismo RED. 

El decreto establece las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social a las que se podrán acoger las empresas en ambas modalidades, una vez se active el Mecanismo RED, que permitirá a las empresas solicitar medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo:

En la modalidad cíclica, durante los primeros 4 meses las empresas se podrán beneficiar de una exoneración del 60% en las cuotas; del 30% entre el quinto y el octavo mes, y del 20% a partir del noveno. 

En la modalidad sectorial serán del 40% y dependerán de la realización de actividades de formación.

Exenciones de las cuotas a la Seguridad Social para empresas, condicionadas al mantenimiento del empleo 

Durante la aplicación de las medidas recogidas en el Mecanismo RED, comentaron en La Revista de la Seguridad Social, salvo excepciones, las empresas desarrollarán acciones formativas para las personas afectadas, que tendrán como objetivo la mejora de sus competencias profesionales y su empleabilidad. 

Además, las exenciones están condicionadas al mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras afectadas por las medidas durante los 6 meses siguientes a la finalización del periodo de vigencia. El incumplimiento dará lugar al reintegro del importe de las cotizaciones exoneradas, recargo e intereses de demora.

 

El texto legal también marca que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social será la autoridad laboral competente para pronunciarse sobre los requisitos alegados para solicitar esta ayuda. 

Asimismo, desarrolla el procedimiento por el cual se puede solicitar, garantizando la participación de los interlocutores sociales, y establece el fondo que garantizará la financiación adecuada tanto para la protección social de las personas trabajadoras acogidas al mecanismo, como para las exoneraciones a las empresas.

Características del Mecanismo RED

El Mecanismo RED debe ser activado por el Consejo de Ministros, previa información a las organizaciones más representativas, a propuesta de Asuntos Económicos y Transformación Digital; Trabajo y Economía Social e Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; que se encarga de abrir la puerta, pero no de dirimir si las empresas, de manera individual, se pueden acoger. 

La autoridad laboral dará luz verde si la empresa ha desarrollado un periodo de consultas y si hay concurrencia de causas, por tanto, habrán de justificarse los motivos. 

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Las personas trabajadoras afectadas por un Mecanismo RED percibirán el 70% de la base reguladora durante todo el periodo (hasta un máximo del 225% del IPREM) y tendrán la consideración de colectivo prioritario para el acceso a las iniciativas de formación del sistema de formación profesional para el empleo. 

Durante la aplicación del Mecanismo RED no podrán realizarse horas extraordinarias, nuevas externalizaciones de la actividad, ni nuevas contrataciones, directas o indirectas.

Tanto la TGSS, como el SEPE o la ITSS tendrán acceso a todos los datos (empresas y trabajadores afectados) necesarios para verificar la correcta aplicación del Mecanismo RED autorizado.

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