Así es la nueva ley de telecomunicaciones que podría librarte de las llamadas 'spam'

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  • Ley General de Telecomunicaciones proporciona "mayor seguridad jurídica y flexibilidad a los operadores, mejora la protección de los derechos de los usuarios y refuerza las competencias de la CMT", según Moncloa.
  • Esta 'nueva' ley de telecomunicaciones española incluye el artículo 66, que busca acabar con las llamadas telefónicas con publicidad comercial no deseada, es decir, las conocidas como llamadas spam. Este entrará en vigor próximamente.

La que se denomina como la nueva ley de telecomunicaciones de España no es tan nueva en realidad, pues lleva un año en marcha, pero sí está de actualidad un artículo en específico, tanto porque entrará en vigor en los próximos días como por su especial importancia.

Se trata del artículo 66 de la Ley General de Telecomunicaciones, que versa sobre el "derecho a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, con los datos de tráfico y de localización y con las guías de abonados". 

En resumen, este es el artículo que se encargaría de poner fin a las llamadas de spam que posiblemente hayas llegado a recibir en alguna ocasión, o en varias.

¿Cuál es la nueva ley de telecomunicaciones y cuándo entró en vigor?

La Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones, publicada el 29 de junio de 2022, deroga (salvo unas pocas excepciones) la anterior Ley 9/2014 General de Telecomunicaciones, que llevaba en vigor desde mayo de 2014.

Esta 'nueva' ley de telecomunicaciones entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el pasado 30 de junio de 2022, con el objeto de regular las telecomunicaciones, lo que incluye la instalación y explotación de las redes de comunicaciones electrónicas, la prestación de los servicios de comunicaciones electrónicas, sus recursos y servicios asociados, los equipos radioeléctricos y los equipos terminales de telecomunicación.

No regula, sin embargo, los servicios de comunicación audiovisual y los servicios de la sociedad de la información.

Las nuevas modificaciones que incorpora la Ley General de Telecomunicaciones en España "proporcionan mayor seguridad jurídica y flexibilidad a los operadores, mejoran la protección de los derechos de los usuarios y refuerzan las competencias de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT)", resumen desde Moncloa.

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Más en concreto, en cuanto a cómo afecta a cada una de estas partes, el Gobierno defiende que, de cara a los operadores, la ley crea un marco de mayor seguridad jurídica e incentivador de las inversiones (por ejemplo, para el despliegue de redes de nueva generación, que permitirán velocidades de acceso a internet superiores a 100 Mbits/segundo), promueve un uso más eficaz y eficiente del espectro radioeléctrico y establece el mecanismo de licitación para designar al operador encargado de la prestación del servicio universal.

Respecto a los organismos reguladores, dice reforzar las competencias de la CMT, que podrá imponer al operador con poder significativo en el mercado (en el caso de la red fija en España, este es Telefónica) "la obligación de realizar una separación funcional entre su red y los servicios minoristas que presta", así como establecer requisitos mínimos de calidad de servicio a los operadores.

Finalmente, con la nueva ley de telecomunicaciones española los usuarios verán fortalecidos sus derechos y su protección, según Moncloa. 

Tendrán derecho a recibir más información (y clara) sobre los servicios contratados y la calidad de estos (características principales como el precio, los límites de la oferta, la duración, condiciones de renovación...), sus datos personales serán protegidos "de modo más eficaz" y la portabilidad (cambiar de operador, pero mantener el número) se deberá realizar en el plazo de un día laborable, entre otros aspectos.

Qué regula la Ley General de Telecomunicaciones en su artículo 66: fin de las llamadas spam

Uno de los artículos más destacados de la 'nueva' ley de telecomunicaciones española, y del que más se está hablando en los últimos días, es el artículo 66, que trata sobre el "derecho a la protección de datos personales y la privacidad en relación con las comunicaciones no solicitadas, con los datos de tráfico y de localización y con las guías de abonados".

Por medio de este se pretende acabar con las llamadas telefónicas con publicidad comercial no deseada, es decir, las conocidas como llamadas spam que reciben, en contra de su voluntad, muchos ciudadanos españoles: suena el teléfono fijo o móvil, descuelgas, escuchas ese tono de contestador automático y te preguntan si eres el titular de la línea.

El artículo 66 regula que, en relación con dichas "comunicaciones no solicitadas", los usuarios finales tendrán derecho a:

  • "no recibir llamadas automáticas sin intervención humana o mensajes de fax, con fines de comunicación comercial, sin haber prestado su consentimiento previo para ello";
  • "no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales o salvo que la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales".

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Así, el usuario tendrá derecho a no seguir recibiendo llamadas telefónicas spam, pero bajo esos 2 criterios: si no ha dado su consentimiento previo y salvo que la llamada se ampare "en otra base de legitimación" prevista en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Esa "base" que pueden alegar las empresas para hacer publicidad por teléfono es el "interés legítimo", como detalla —para circunstancias excepcionales— el artículo 6 del reglamento europeo. 

Ante la preocupación de que se quiera abusar de esta excepción para permitir las llamadas no deseadas y sin consentimiento, la AEPD ha abierto un período de audiencia pública con especialistas y trabajado en una circular que limitaría dicho "interés legítimo" con la necesidad de hacer un juicio de proporcionalidad, analizando la situación y cómo afectaría a los derechos de los usuarios.

¿Cuándo entra en vigor el artículo 66 de la nueva ley de telecomunicaciones, que regula el fin de las llamadas telefónicas no deseadas? Debería hacerlo en los próximos días, ya que la norma recoge en sus disposiciones finales que se pondrá en marcha "en el plazo de un año a contar desde la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial del Estado", lo que ocurrió el 29 de junio de 2022.

"Hasta ese momento, los usuarios finales de los servicios de comunicaciones interpersonales disponibles al público basados en la numeración podrán seguir ejercitando el derecho a oponerse a recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial que se efectúen mediante sistemas distintos de los establecidos en el artículo 66.1.a) y a ser informados de este derecho", añade.

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