Los nuevos requisitos para jubilarse y cobrar la pensión en 2025: vuelven a aumentar las condiciones

Jubilado preocupado, hombre mayor estresado

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  • ¿Qué requisitos son necesarios para poder jubilarse en 2025?
  • Esta es la edad mínima y el tiempo de cotización exigidos para cobrar la pensión de jubilación en 2025: siguen subiendo las condiciones de la Seguridad Social.

La pensión de jubilación es una prestación económica de carácter vitalicio, único e imprescriptible que concede la Seguridad Social cuando una persona trabajadora cesa en el trabajo, es decir, se retira de la vida laboral.

Pueden ser beneficiarias de ella las personas que estén afiliadas en cualquier régimen de la Seguridad Social y reúnan los requisitos establecidos legalmente de edad, período mínimo de cotización y hecho causante, informa el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

En 2024, la edad mínima de jubilación en España es de 65 años, pero para ello es necesario haber cotizado durante al menos 38 años. Quienes quieran jubilarse este año y cobrar la pensión completa, pero hayan cotizado menos de ese tiempo, tendrán que cumplir al menos 66 años y seis meses.

A qué edad puedes jubilarte en 2025: requisitos de cotización

Desde 2013, la edad de jubilación ha sido siempre de al menos 65 años, pero ha aumentado constantemente la exigencia de periodos cotizados, así como la edad que debía tenerse si no se alcanzaban esos requisitos.

En 2025 también hay nuevas condiciones para acceder a la jubilación y cobrar la pensión correspondiente: la edad requerida es de 65 años si se cuenta con un periodo de cotización de al menos 38 años y tres meses (tres meses más que los necesarios en 2024), mientras que hay que esperar a cumplir 66 años y ocho meses si no se ha cotizado tanto (dos meses más que el año actual).

En 2026 se mantiene el requisito de cotización, aunque sube la edad si no se cumple con este (a 66 años y 10 meses), y a partir de 2027 se exige un mínimo de cotización de 38 años y seis meses para jubilarse con 65 años; si no, habrá que esperar más que nunca: hasta cumplir 67 años.

Como alternativas a la edad ordinaria de jubilación, en 2025 seguirán presentes las opciones de la jubilación anticipada, la jubilación parcial o la jubilación flexible.

Así, la jubilación anticipada voluntaria permite adelantar el retiro de la vida laboral hasta dos años (con 63 años, o con 64 años y ocho meses, según si se cumple o no con el periodo de cotización), mientras que la jubilación anticipada involuntaria o forzosa da acceso a la misma cuatro años antes de la ordinaria (a partir de los 61 años, o de los 62 años y ocho meses).

Sin embargo, entonces entrarán en juego los coeficientes reductores, por los que se reduce la cuantía de la pensión que se va a percibir.

Finalmente, en estos y otros supuestos especiales (jubilación anticipada, flexible, parcial o especial, del personal del Estatuto Minero y de trabajadores afectados por una discapacidad) y solo para trabajadores en alta o en situación asimilada, la Seguridad Social permite un cese de la vida laboral por debajo de la edad ordinaria.

Incluso, en algunas profesiones y casos particulares, la edad de jubilación puede rebajarse hasta los 52 años y en adelante.

Quienes no han cotizado lo suficiente —el requisito general es de un mínimo 15 años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho— pueden solicitar una pensión no contributiva de jubilación.

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