Cómo cotiza el permiso parental: la advertencia de la Seguridad Social a las empresas

Hija enferma, con padre y madre

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  • El permiso parental de ocho semanas es una de las nuevas ayudas que entró en vigor el año pasado para padres y madres trabajadores.
  • Es un permiso no retribuido, pero deberá regularse su remuneración próximamente. Además, la Seguridad Social ha salido al paso para aclarar qué sucede con la cotización de las personas trabajadoras que disfrutan del permiso.

Las madres y los padres trabajadores pueden pedir tres nuevos permisos laborales desde el 30 de junio del año pasado, cuando entró en vigor el Real Decreto-ley 5/2023, 'de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores'

Dos de ellos son retribuidos: hasta cinco días al año para atender a un familiar hasta el segundo grado o a un conviviente, por "accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario", y el equivalente en horas de ausencia en el trabajo a cuatro días al año por causa de fuerza mayor familiar relacionada con familiares o personas convivientes.

El otro, no retribuido, es el permiso parental de ocho semanas, que los progenitores de cualquier sexo podrán tomarse de manera continua o discontinua y a tiempo parcial o completo, hasta que el menor (hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año) cumpla ocho años.

El padre o la madre empleados fijan la fecha de inicio y de fin, pero deben comunicarlo con 10 días de antelación o lo fijado en el convenio correspondiente, "salvo fuerza mayor", recoge el BOE.

¿Cómo cotiza el permiso parental de 8 semanas?

El nuevo permiso parental de ocho semanas podría estar generando dudas en los trabajadores y en las empresas especialmente por dos aspectos. Por un lado, la directiva europea que ha transpuesto España obliga a que estos permisos sean remunerados a partir de agosto de 2024, por lo que el Gobierno debe regular su retribución próximamente, informa El Economista.

Por otro, el artículo 45 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que el "disfrute del permiso parental" es una de las causas por las que se puede suspender un contrato de trabajo

Así, el padre o la madre que lo piden no trabajan ni cobran su sueldo durante ese periodo, pero ¿qué sucede con la cotización a la Seguridad Social? ¿Puede la empresa dejar de cotizar por los trabajadores que se acogen al permiso parental de ocho semanas?

En una publicación reciente en Twitter, lanzada en marzo, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha señalado que, durante el permiso parental disfrutado a tiempo completo, "el trabajador se mantiene en alta y con cotización".

Como ya recogía Noticias RED —del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones— en enero de este 2024, la DGOSS (Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social) ha establecido que en el caso mencionado "deberá mantenerse el alta y la cotización respecto de la persona trabajadora".

Más adelante desarrolla que, a pesar de que el permiso parental está incluido en el ET como una causa de suspensión de contrato y se "exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo", "no por ello pierde la naturaleza de permiso (...) y, en consecuencia, la obligación de cotizar".

Así, y de acuerdo con el artículo 69 del Real Decreto 2064/1995 (por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social), "para las contingencias comunes se tomará como base de cotización la mínima correspondiente en cada momento al grupo de la categoría profesional del trabajador y para las contingencias profesionales la base de cotización estará sujeta a los topes mínimos establecidos en el apartado 2 del artículo 9".

En cuanto a su identificación en el ámbito de afiliación, esta se realizará a través del 'valor 20-Permiso parental tiempo completo- del campo Tipo de inactividad'.

De esta forma, queda regulada la cotización del permiso parental de ocho semanas a tiempo completo, pero no se aclara aún qué sucede si se disfruta a tiempo parcial: "El inicio de la vigencia del permiso parental disfrutado a tiempo parcial se encuentra pendiente de desarrollo reglamentario", exponía entonces.

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