Cuál es la base reguladora en una nómina

Una persona hace números con una calculadora en la boca.

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  • Los expertos de VidaCaixa explican en el blog Ruta 67 cuál es la base reguladora de una nómina y cómo calcularla.
  • Para calcularla, hay que saber el grado de incapacidad y el tipo de contingencia.

Existen muchos conceptos relacionados con la nómina que son desconocidos para el común de los mortales. Pero son realmente importantes. Entre ellos, es interesante saber cuál es la base reguladora de una nómina.

Para entender qué es la base reguladora, primero hay que saber qué es la base de cotización. Así lo explican en el blog Ruta 67 de VidaCaixa: 

"La base de cotización es la remuneración bruta de cualquier trabajador que incluye, además, las pagas extra prorrateadas. Cada año, la Administración establece unos topes máximos y mínimos para las distintas bases de cotización, según las diferentes categorías profesionales". 

Estos topes, agregan, sirven para establecer lo que se debe aportar mensualmente al Régimen General de la Seguridad Social. Como norma general, la empresa es la que ingresa las cotizaciones a la Seguridad Social

¿Qué es la base reguladora de una nómina?

Ahora ya se puede saber qué es la base reguladora en una nómina. También lo cuentan en Ruta 67: "Es el baremo que se usa para calcular que se recibirá de una incapacidad temporal o permanente en cualquier grado. Lo que determina esta cantidad es la cotización del trabajador al sistema durante un periodo de tiempo determinado, anterior a la incapacidad".

Para calcularla, detallan, hay que saber el grado de incapacidad y el tipo de contingencia. Estos son los distintos supuestos, explicados por los expertos de Vida Caixa:

- Incapacidad temporal: por norma general, la base reguladora se calcula dividiendo la base de cotización del mes anterior a la fecha de inicio de la incapacidad entre el número de días del mes. Cuando se trata de un trabajador con salario mensual, los días entre los que se divide son 30. 

Normalmente los cálculos son:

* En caso de enfermedad común o accidente no laboral: 60% de la base reguladora correspondiente desde el día 4 hasta el 20 del mes, ambos incluidos; 75% de la base reguladora correspondiente desde el día 21 en adelante.

* Por accidente de trabajo o enfermedad profesional: 75% de la base reguladora desde el primer día en que se empieza a cobrar.

- ERTE: en el caso de un expediente de regulación temporal de empleo, el trabajador recibirá durante ese periodo una mensualidad por desempleo del 70% de su base reguladora (se tiene en cuenta su cotización durante los 180 días anteriores al ERTE). Desde el día 181 en adelante recibirá el 50% de ese cálculo.

- Trabajadores a tiempo parcial: hay que dividir la suma de las bases de cotización a tiempo parcial con un máximo de 3 meses antes de la discapacidad.

- Pluriempleados: se tienen en cuenta las bases de cotización de todas las entidades de las que recibe una nómina.

- Artistas o profesionales taurinos: hay que dividir entre 365 la cotización anual total anterior al hecho causante de la baja.

- Trabajadores con contratos de formación o aprendizaje: la base reguladora es la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social.

- Personal profesional investigador en formación: la base reguladora es la base mínima del Grupo 1 del Régimen General de la Seguridad Social.

- Trabajadores incluidos en el sistema especial de empleados del hogar: se divide la base de cotización correspondiente al mes anterior a la baja entre 30.

- Trabajadores agrarios por cuenta ajena: la base reguladora será el promedio mensual de la base de cotización durante los 12 meses anteriores a la baja médica.

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