La nueva ley de la DGT para patinetes eléctricos: estas son las características y obligaciones a cumplir cuando circulas con un VMP

Amigos con patinetes eléctricos en Madrid
  • Ya ha entrado en vigor la nueva normativa de la DGT para los patinetes eléctricos.
  • Estos vehículos tendrán que cumplir con la obligación de tener un certificado de circulación, y además deben mantener algunas características técnicas que confirman su seguridad.
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Si eres usuario de patinete eléctrico debes estar atento a la ley que ha aprobado la DGT para la movilidad de estos vehículos.

Tráfico lleva meses trabajando en un manual de características técnicas para todos los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), incluyendo algunas normas de obligado cumplimiento.

Con esta normativa, la DGT pretende garantizar la seguridad de los patinetes eléctricos y el resto de vehículos similares, haciendo que se reduzcan los riesgos durante la conducción para ellos y los otros ocupantes de la vía.

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Este manual ya ha sido publicado en el BOE, y en el documento se recopilan datos de interés, como la velocidad máxima a la que pueden ir estos vehículos o la obligatoriedad del certificado de circulación.

También hay una serie de normas de tráfico que se deben tener en cuenta, como el tipo de vías por las que es posible circular.

A continuación, se detalla todo lo que debes saber sobre la nueva ley de la DGT para los patinetes eléctricos.

Qué vehículos se consideran un VMP

Lo primero que debes saber es diferenciar entre un vehículo de movilidad personal y aquel que no lo es.

Su definición más exacta es la de vehículo con una o más ruedas que dispone de una sola plaza. Además, es necesario que esté propulsado por un motor eléctrico.

No son VMP los vehículos para personas con movilidad reducida, los que se quedan por debajo de los 6 kilómetros por hora o los que tengan una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VCA.

Certificado de circulación

Para desplazarte con un patinete eléctrico no es necesario contar con carnet de conducir, pero la nueva norma de la DGT sí que introduce un certificado de circulación.

Este documento es responsabilidad de los fabricantes y marcas, así que el conductor no tiene por qué preocuparse, más allá de comprobar que el patinete que va a comprar cuenta con él.

En el certificado aparecerán las características del vehículo. Se trata de garantizar que cumple con los requisitos exigidos para poder circular. 

A partir de enero de 2024, todos los VMP que se vendan tendrán que disponer de este certificado y cumplir con todas las exigencias.

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Si tienes un VMP sin certificado podrás utilizarlo hasta enero de 2027. En esa fecha ya no te quedará más opción que usar uno que cumpla con todas las normas.

Características técnicas obligatorias

Estos son todos los datos que deben aparecer en el certificado de circulación. Si circulas con un VMP que los incumple estarás saltándote la ley y exponiéndote a una multa.

Las características son las siguientes:

  • Velocidad máxima: no puede superar los 25 kilómetros por hora.
  • Altura máxima: 1.400 mm.
  • Anchura máxima: 750 mm.
  • Longitud máxima: 2.000 mm.
  • Potencia nominal por vehículo: vehículos que no tengan auto equilibrado: ≤ 1.000 W, vehículos que lo tengan: ≤ 2.500 W.
  • Masa en orden de marcha: <50 kg
  • Asiento: debe ser para una sola persona, y sólo puede haber asiento si el vehículo tiene sistema auto equilibrado. 
  • Manillar: la altura mínima es de700 mm.
  • Luces: deben tener catadióptricos en el frontal, en ambos laterales y en la parte trasera; la luz de freno debe estar diferenciada de la luz trasera.
  • Ruedas: el diámetro mínimo establecido es de203,2 mm, además los neumáticos deben ser de superficie rugosa.
  • Sistema de frenado: todo VMP tiene que disponer de 2 frenos independientes con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2.

Es muy recomendable que cualquier VMP que compres a partir de ahora reúna todos estos requisitos, aunque todavía no exista el certificado.

De lo contrario, no podrás usarlo a partir de enero de 2027.

Normas de tráfico a tener en cuenta

La circulación con un patinete eléctrico y cualquier otro VMP está prohibida en vías interurbanas, autopistas, autovías, travesías y túneles urbanos.

Tampoco está permitido circular por aceras, a pesar de que algunos usuarios lo hayan adoptado como costumbre. Resulta peligroso para los peatones.

Otras prohibiciones son la de conducir con auriculares (se multa con 200 euros), utilizar el teléfono móvil (200 euros) o usarlo al mismo tiempo que otra persona (100 euros).

Además, la DGT ha introducido la tasa 0,0 de alcohol en su normativa para estos vehículos. Mientras los conduces no puedes haber bebido ni una sola gota o te expondrás a una multa.

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