¿Es legal que el banco te exija contratar un seguro para concederte la hipoteca?

Una pareja discute con un empleado de banca.

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  • Desde el Banco de España responden a una pregunta que mucha gente se hace: ¿es legal que el banco te exija contratar con ellos un seguro para concederte una hipoteca?
  • La mayoría de los seguros de vida se contratan a través de los bancos y suelen estar ligados a la solicitud de un préstamo hipotecario.

Cuando consultas las condiciones de una hipoteca con el banco, es muy habitual que te digan que has de contratar uno o más seguros con ellos para que puedan concedértela. Esto, así, no es legal, pero sí lo es que la entidad te ponga unas condiciones, u otras, dependiendo de si contratas el seguro con ellos, o no.

Lo explican mucho mejor en el Banco de España, donde afirman que  es una práctica frecuente por parte de los bancos el bonificar el tipo de interés del préstamo a cambio de cumplir unas determinadas condiciones, como, por ejemplo, la contratación de un seguro con una compañía designada por la propia entidad.

 

Antes de tomar ninguna decisión, te aconsejan que valores bien el coste del seguro ofrecido y la futura vinculación que esperas tener con el banco y, en función de ello, decidas si realmente te interesa contratarlo con esa entidad o, por el contrario, buscar otra alternativa.

Porque una cosa está clara, y así lo muestran en la OCU: "Si el banco te exige contratar un seguro de vida para concederte una hipoteca, debes saber que no tienes que quedarte con el que te quieran colocar: aunque contratando el que te proponen obtengas una rebaja de los intereses que en principio te parezca interesante, quizá lo que ahorras por un lado, lo pierdas por otro, pagando una póliza cara (y que puede que no sea tan buena como otras)".

¿Qué seguros te puede exigir el banco al contratar una hipoteca?

Volviendo al Banco de España, la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, en vigor desde el 16 de junio de 2019, contempla la posibilidad de que el banco te exija la contratación de determinados seguros para la concesión de una hipoteca como, por ejemplo:

  • Un seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo.
  • Un seguro de daños respecto del inmueble objeto de hipoteca.
  • Cualquier otro seguro previsto en la normativa del mercado hipotecario.

Eso sí, aclaran, recuerda que tienes derecho a que el banco:

  • Acepte seguros alternativos de todos aquellos proveedores que ofrezcan unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes al propuesto por la entidad, tanto en el momento de la suscripción inicial como en cada una de las renovaciones del seguro.
  • No podrá cobrarte comisión o gasto alguno por el análisis de las pólizas de seguro alternativas que presentes.
  • No podrá empeorar las condiciones ofertadas del préstamo al aceptar una póliza alternativa.

Además, subrayan, el banco deberá informarte de los efectos de la no contratación individual o cancelación anticipada de dichos seguros.

Por último, el banco tiene que facilitarte información sobre los seguros necesarios para la concesión del préstamo, tanto en la ficha de información precontractual (FIPRE) como en la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN). Deberás recibir ambos documentos con una antelación mínima de 10 días naturales a la fecha de la firma del préstamo.

La mayoría de los seguros de vida se venden a través de los bancos

La mayoría de los seguros de vida, apuntan desde la OCU, se venden a través de los bancos y suelen estar ligados a la solicitud de un préstamo hipotecario. Así lo demostró hace un tiempo una encuesta de la proveedora de seguros de marca blanca IptiQ.

La inmensa mayoría de los usuarios (un 96% de los encuestados) aceptó contratar la póliza que le proponía el banco, sin comparar el precio que le ofrecían con el de otros productos. Más de un tercio lo hizo porque le aplicaban un descuento en el tipo de interés, mientras que uno de cada 5, simplemente, lo juzgó "la opción más adecuada".

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Apenas un 4% optó por un seguro no vinculado, por pólizas comercializadas por aseguradoras distintas a la del banco que ofrecía la hipoteca.

A tenor de estas cifras, parece claro que se trata de un "mercado cautivo": consumidores que aceptan lo que el banco les ofrece por desconocer que pueden negarse, por comodidad o para acelerar la obtención del dinero. La mayoría se conforma con la oferta del banco.

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