¿Qué ocurre si acaba tu contrato de trabajo estando de baja médica? Estas son las prestaciones a las que tienes derecho
- Si tienes un contrato temporal y has sufrido un percance de salud es posible que tu baja médica coincida con el fin del mismo.
- ¿Qué ocurre en estas situaciones? Existe la opción de cobrar un subsidio de hasta el 75% de la base reguladora.
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Si estás trabajando de manera temporal y sufres un percance médico, es posible que tu baja coincida con el fin del contrato.
En estas situaciones te puedes ver envuelto en un problema: el contrato acaba y no puedes seguir cobrando la baja, y al mismo tiempo no puedes encontrar otro trabajo hasta que tu salud mejore.
Esto se vuelve todavía más grave si el problema de salud es importante, pues tardarás varias semanas o meses en reincorporarte al mercado laboral.
Si te encuentras en este caso o uno similar no debes preocuparte: mientras estés de baja seguirás percibiendo ingresos, aunque el importe será en principio más bajo.
Esto se debe a que no vas a cobrar lo que venías recibiendo por la incapacidad temporal, sino la cuantía correspondiente a una prestación por desempleo, tal y como detalla el SEPE.
A continuación, se detallan las prestaciones a las que tienes derecho si finaliza tu contrato de trabajo temporal mientras te encuentras de baja por motivos de salud.
Prestaciones si finaliza tu contrato estando de baja médica
Tienes que solicitar a la Seguridad Social la prestación económica de pago directo. Este subsidio te va a cubrir mientras estás de baja y no puedes buscar otro empleo.
A esta prestación tienes derecho independientemente del tiempo transcurrido desde el período de incapacidad temporal.
Estas son las 2 opciones a tu alcance:
- Si la baja médica es por contingencias comunes: tendrás derecho a recibir una prestación que equivale al subsidio por desempleo, que se calcula teniendo en cuenta las cantidades cotizadas en los últimos 180 días. El importe será del 70% de la base reguladora durante los primeros 6 meses y del 50% los siguientes hasta completar un máximo de 2 años
- Si la baja médica es por contingencias profesionales: el importe de la prestación es del 75% de la base reguladora diaria del mes anterior a la baja.
Esta última situación es más beneficiosa para el trabajador, ya que no consume subsidio por desempleo y podrá cobrarlo más adelante si lo necesita.
Una vez hayas recibido el alta, tienes un plazo de 15 días hábiles para solicitar al SEPE la prestación por desempleo que te corresponda.
Será entonces cuando puedas buscar empleo otra vez y reincorporarte al mercado de trabajo.
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