Agrupación de electores

Varias personas unen sus manos.

gettyimages

  • La agrupación de electores es uno de los sistemas para poder presentarse a las elecciones, junto con los partidos, las federaciones y las coaliciones. 
  • Dependiendo de si los comicios son municipales, autonómicos, generales o europeos varía el número de firmas que hay que presentar. 

¿Qué es una agrupación de electores?

Las agrupaciones de electores, junto con los partidos, las federaciones y las coaliciones, son las 4 modalidades válidas para presentarse a las elecciones. 

Según el Diccionario Panhispánico del español jurídico, una agrupación de electores es una "candidatura presentada por un determinado número de electores que deciden avalarla con sus firmas. Son temporales, para cada proceso electoral, e independientes de cualquier otra, sin que quepan coaliciones entre ellas ni con partidos políticos".

¿Cómo se constituye?

Las agrupaciones de electores, tal y como apuntan en la Junta Electoral Central, se constituyen única y exclusivamente para cada proceso electoral concreto. Quedan formalmente constituidas con la presentación de la candidatura ante la Administración Electoral y no es necesario que se registre como asociación.

Las Juntas Electorales competentes para todas las operaciones previstas, en relación con la presentación y proclamación de candidaturas, son:

  • Elecciones al Parlamento Europeo: Junta Electoral Central.
  • Elecciones generales y autonómicas: Junta Electoral Provincial.
  • Elecciones municipales: Junta Electoral de Zona.

No cabe la constitución de coaliciones de agrupaciones de electores ni de éstas con partidos políticos. No es posible la conversión de una agrupación de electores en partido político. Y, en las elecciones municipales, no pueden constituirse agrupaciones de electores cuyo ámbito corresponda al de un partido judicial, ya que su marco propio es el municipal.

¿Quiénes son los promotores de una agrupación de electores?

Son promotores de las agrupaciones de electores, aquellos que impulsan o promueven la presentación de candidaturas por uniones de personas y figuran con tal carácter en el escrito de designación de los representantes de sus candidaturas ante las correspondientes juntas electorales.

La acreditación de la condición de promotor de agrupación de electores se efectúa mediante escrito en papel común en que se haga constar dicha condición. No es necesario un número mínimo de promotores.

El promotor y el representante pueden ser candidatos de la agrupación de electores, no existiendo inconveniente para que una misma persona reúna las 3 condiciones.

¿Cuántas firmas se necesitan?

Las firmas de los electores avalan la constitución de la agrupación a efectos de la presentación de la candidatura. Ningún elector puede dar su firma para la presentación de varias candidaturas.

Elecciones al Parlamento Europeo

Las agrupaciones de electores que concurran a las elecciones al Parlamento Europeo necesitan acreditar las firmas de 15.000 electores.

Elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado

Las agrupaciones de electores que concurran a las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado necesitarán, al menos, la firma del 1% de los inscritos en el censo electoral de la circunscripción.

Elecciones municipales

Para presentar candidatura, las agrupaciones de electores necesitan un número de firmas de los inscritos en el censo electoral del municipio, que deberán ser autenticadas notarialmente o por el secretario de la corporación municipal correspondiente, determinado conforme al siguiente baremo:

,
Nº habitantes del municipioNº de firmas
Menos de 5.000 habitantesNo menos del 1% de los inscritos siempre que el número de firmantes sea más del doble que el de concejales a elegir.
Entre 5.001 y 10.000 hab.Al menos 100 firmas.
Entre 10.001 y 50.000 hab.Al menos 500 firmas.
Entre 50.001 y 150.000 hab.Al menos 1.500 firmas.
Entre 150.001 y 300.000 hab.Al menos 3.000 firmas
Entre 300.001 y 1.000.000 hab.Al menos 5.000 firmas
En los demás casosAl menos 8.000 firmas

Ha de procederse a nueva recogida de firmas para presentar candidatura en cada nuevo proceso electoral.

No puede iniciarse la recogida de firmas antes de la convocatoria electoral, por cuanto la validez de las actuaciones electorales requiere que las mismas se realicen dentro del período electoral.

 

Los firmantes han de estar inscritos en el censo electoral del municipio y la acreditación de la identidad de los mismos ha de realizarse mediante acta notarial o por el secretario de la corporación municipal, quienes dan fe de la autenticidad de las firmas.

Los documentos conteniendo las firmas autenticadas de los electores han de presentarse junto con la propia candidatura, y dentro del plazo para la presentación de la misma, ante la Junta Electoral correspondiente.

Denominación y candidatos de las agrupaciones de electores

Apuntan en la Junta Electoral Central que no existe un registro público de agrupaciones de electores en el que la inscripción de éstas les otorgue protección de su denominación o símbolo frente a terceros.

La falta de aportación de las siglas y símbolos o logotipos de las agrupaciones de electores no impide la proclamación de la candidatura, pero sí da lugar a que no se puedan utilizar esos elementos identificativos en las fases ulteriores del proceso electoral, incluida la confección de las papeletas.

Quiénes no se pueden presentar a las elecciones: estos son los requisitos y las personas que están excluidas

Respecto a los candidatos, en las elecciones municipales, explican, los candidatos no han de estar necesariamente inscritos en el censo electoral del municipio en que se presentan, ya que el artículo 6 de la LOREG determina que son elegibles los españoles mayores de edad que reúnan la condición de elector, en términos generales, sin exigir que esa condición se cumpla precisamente en el municipio por el que presenta la candidatura.

El representante y el promotor pueden ser candidatos de la agrupación de electores, no existiendo inconveniente para que una misma persona reúna las tres condiciones. Los candidatos no pueden ser administradores electorales.

Descubre más sobre , autor/a de este artículo.

Conoce cómo trabajamos en Business Insider.