Así serán las bases de cotización y la pensión máxima a partir del 1 de enero de 2024

Un hombre mayor en un flotador dentro de una piscina.

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  • Varias de las medidas incluidas en la última reforma del sistema de pensiones, como la que afecta las bases de cotización, entrarán en vigor en 2024.
  • Las pensiones máximas también tendrán novedades, pero a partir del 1 de enero de 2025.

Algunas de las novedades que se incluyeron en Real Decreto-ley 2/2023, que reformó el sistema de pensiones, entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2024. Es el caso, por ejemplo, de las que tienen que ver con el tope máximo de las bases de cotización. La pensión máxima cambiará en 2025.

El artículo 58.2 de la Ley General de la Seguridad Social establece que todas las pensiones de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, incluido el complemento de brecha de género, se revalorizarán al comienzo de cada año referenciadas al Índice de Precios al Consumo (IPC) de los 12 meses previos a diciembre del año anterior.

Tope máximo de las bases de cotización

Ahora hay que irse al Real Decreto antes mencionado, en concreto, a la modificación del artículo 19.3, que queda así: 

"El tope máximo establecido para las bases de cotización de la Seguridad Social de cada uno de sus regímenes se actualizará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en un porcentaje igual al que se establezca para la revalorización de las pensiones contributivas de acuerdo con el artículo 58.2".

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Y el último paso para encontrar la novedad que se busca es acudir a la Disposición transitoria trigésima octava del mismo texto, que estatuye lo siguiente: 

"Desde el año 2024 hasta el año 2050, las sucesivas leyes de Presupuestos Generales del Estado aprobadas para ese período fijarán el tope máximo de las bases de cotización de los distintos regímenes de Seguridad Social conforme a lo establecido en el artículo 19.3, si bien al porcentaje al que se refiere dicho artículo se le sumará una cuantía fija anual de 1,2 puntos porcentuales". 

Por lo tanto, las bases de cotización máximas se revalorizarán con el IPC más un 1,2% hasta 2050.

Pensiones máximas

En el caso de la pensión máxima es necesario acudir a la Disposición transitoria trigésima novena del mismo texto.

A la cuantía máxima establecida en el año anterior con el porcentaje previsto en el artículo 58.2, explican en el RD, se añadirá un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales acumulativos cada año hasta 2050.

Desde 2051, el incremento anual adicional aplicable para determinar la cuantía máxima inicial de las pensiones causadas desde ese año hasta 2065 será el recogido en la siguiente tabla:

20513,2
20523,6
20534,1
20544,8
20555,5
20566,4
20577,4
20588,5
20599,8
206011,2
206112,7
206214,3
206316,1
206418,0
206520,0
 

En 2065, señalan, "se valorará en el marco del diálogo social la conveniencia de mantener el proceso de convergencia hasta alcanzar un incremento total de 30 puntos porcentuales".

Por lo tanto, si eres pensionista, muy atento a todas estas novedades en las pensiones máximas.

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