Todos los cambios y novedades para la jubilación anticipada (voluntaria y forzosa) en 2024

Hombre mayor jubilado mira un calendario

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  • La edad mínima para ser pensionista cambia a partir del próximo 1 de enero, así como los años cotizados.
  • La Seguridad Social adelanta una subida de las pensiones estimada del 4%.

A medida que se acerca la edad de jubilación, muchas personas se plantean adelantar este momento, bien sea por voluntad propia, para disfrutar cuanto antes de este tiempo sin trabajar, o por una situación imperiosa.

La jubilación anticipada conlleva una reducción en la cuantía de la pensión a cobrar por el adelanto de la misma. En este sentido, la Reforma Escrivá, realizada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, modifica los coeficientes reductores de la misma.

Así, ya sea voluntaria o forzosa, la Seguridad Social aplica cambios a partir del 1 de enero de 2024. Estos vienen a raíz del sistema actual, que data de 2013 y que recoge una actualización progresiva año a año de la edad de jubilación y del tiempo de cotización mínimo para jubilarse.

Todo lo que debes cumplir para tener la jubilación anticipada en 2024

El requisito más básico es tener la edad mínima de jubilación. En el caso de ser una anticipación voluntaria, puede hacerse hasta dos años antes de lo que te correspondería según la cotización. Esto es a los 63 años, siempre que se tengan 38 años cotizados; 64 y seis meses si no se cumplen.

Pero si se trata de una situación forzosa, puede adelantarse hasta cuatro años, o lo que es lo mismo; a los 61 años, con el tiempo mínimo de cotización, o a los 62 años y seis meses.

Partiendo de esa base, es necesario estar cotizando en alguno de los regímenes contributivos de la Seguridad Social.

También es fundamental justificar un periodo de cotización efectiva. Esto varía según el régimen, pero el mínimo exigible se sitúa en 15 años, de los cuales dos deben corresponderse a los 15 años anteriores a solicitar la jubilación. Con ello, se tiene derecho al 50% de la base reguladora para calcular la pensión correspondiente. 

Años cotizados y motivos del despido

Para la jubilación anticipada voluntaria hay que cumplir un mínimo de 35 años cotizados y que la pensión que te vaya a quedar no sea menor que la pensión mínima. En la forzosa o involuntaria, por el contrario, se debe sumar 33 años cotizados y que el despido sea derivado de un motivo ajeno a la voluntad del hasta entonces empleado.

Se incluyen entre las causas el despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción; el despido objetivo por causas objetivas; la extinción del contrato por resolución judicial; la muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o cierre de la empresa o la extinción del contrato de trabajo motivada por la existencia de fuerza mayor.

También se contempla la extinción del contrato por voluntad del trabajador en casos de movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, incumplimientos del empresario o bien por ser víctima de la violencia de género.

En cualquier caso, el trabajador debe estar dado de alta como demandante de empleo durante al menos seis meses.

Subida en las pensiones

Aunque en 2024 no habrá cambios, por el momento, en los coeficientes reguladores aplicables, sí habrá una revalorización de la misma con respecto a la tasa de inflación del mes de noviembre.

Al no haber aún Presupuestos Generales, no se sabe la cuantía máxima y mínima para aplicar estas reducciones; pero sí se tiene una previsión. La Seguridad Social estima una subida del 4%.

Además, se espera un incremento que ayude a reducir las diferencias del nivel de vida entre las pensiones mínimas y la renta media de una unidad familiar de dos adultos.

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