El Gobierno acuerda la reforma del subsidio por desempleo: ¿por qué te interesa y cómo te afecta como trabajador?

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Camareros en Madrid fusión

REUTERS/Susana Vera

  • El Gobierno acuerda con los sindicatos (pero sin los empresarios) la reforma del subsidio por desempleo, que aumentará las cuantías para los parados.
  • En Business Insider España analizamos en qué consiste la medida y cómo te afecta como trabajador: quiénes son las personas beneficiarias del subsidio por desempleo, nuevas cuantías, compatibilidad con un trabajo y otras claves.

Parece que finalmente la reforma del subsidio por desempleo verá la luz, aunque sin el apoyo de los empresarios. El Gobierno ha llegado hoy a un acuerdo con los sindicatos para aprobar un nuevo sistema de protección asistencial que aumenta las cuantías para los desempleados.

"No hay mejor forma de celebrar los 104 años de la creación del Ministerio de trabajo que soplando las velas con un nuevo acuerdo de diálogo social", ha celebrado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, para quien la reforma ayuda a "simplificar trámites y mejorar las cuantías, las condiciones de acceso y compatibilidad entre subsidios y desempleo".

La nueva reforma aumenta la mayoría de cuantías de la ayuda hasta los 570 euros mensuales, protege a más colectivos, permitirá compatibilizar un trabajo con el propio subsidio y mantendrá en el 125% la cotización de los mayores de 52 años.

El Ministerio de Trabajo ha firmado esta mañana el acuerdo con los sindicatos CCOO y UGT, pero con la oposición de la patronal CEOE y Cepyme. Los empresarios rechazan la medida por considerar que debería ir acompañada de otra reforma de las políticas activas de empleo, teniendo en cuenta que, a pesar de la elevada tasa de paro, hay cada vez más empresas que sufren del problema de las vacantes.

No es la primera vez que intenta sacar adelante la reforma, sin embargo: en enero llegó a un pacto con sindicatos, pero fue el Congreso el que tumbó la medida por el voto en contra de la oposición, pero también de Unidas Podemos. 

El partido morado dejó caer la reforma porque esta no incluía la sobrecotización del 125% para los beneficiarios mayores de 52 años, sino que la dejaba en el 100%. Esta vez, la nueva propuesta pactada sí que contempla esta medida, por lo que se prevé que no haya trabas para sacarla adelante.

"Es una medida social y solidaria, que trata de favorecer a colectivos especialmente perjudicados que no debería suponer una proporción relevante del gasto público, y como tal hay que entenderla", explica Leopoldo Torralba, economista senior de Arcano Partners:

"Se trata de combatir una lacra social que afecta al país, como es el desempleo de larga duración de los mayores de 45 años, lo que les dificulta mucho la reinserción en el mercado laboral y les condena al ostracismo durante muchos años potencialmente".

La aprobación de la reforma del subsidio por desempleo es clave para el Gobierno: de ella depende el desembolso del cuarto pago de los fondos europeos, nada menos que 10.000 millones de euros en juego. Estas son sus claves y novedades principales:

Paro, oficina de empleo España

¿Qué es el subsidio por desempleo y quién tiene derecho a cobrarlo?

El conocido como subsidio por desempleo es una prestación no contributiva, o de nivel no asistencial, que concede la Seguridad Social a las personas en paro que cumplan con una serie de requisitos.

"Los subsidios son un instrumento temporal para que las personas en situación de desempleo puedan acceder al empleo", resumía el secretario general de UGT, Pepe Álvarez.

Este se otorga, en general, a las personas paradas —inscritas como demandantes de empleo— que no tienen derecho a la prestación por desempleo o que la han agotado, y que perciben rentas que no superan el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI: fijado en 1.134 euros al mes en 14 pagas, tras la subida aprobada y que ha entrado en vigor en 2024).

Además, el requisito de insuficiencia de rentas pasa ahora a englobar tanto el ámbito personal como el de la unidad familiar, que incluye a las parejas de hecho y a "vínculos de convivencia o de dependencia económica". "Va a favorecer el acceso de muchas personas al subsidio por desempleo", ha ensalzado Unai Sordo, secretario general de CC. OO., en la rueda de prensa.

Nuevos colectivos protegidos

Entre los beneficiarios del subsidio, se encuentran nuevos colectivos protegidos gracias a esta nueva reforma acordada hoy. 

Afecta también a trabajadores que no han cotizado lo suficiente para acceder a una prestación contributiva —menos de seis meses, aunque no tengan cargas familiares—, menores de 45 años sin cargas familiares que agoten la prestación contributiva (solo lo cobrarán durante un máximo de seis meses), los eventuales agrarios de todo el país y personas trabajadoras transfronterizas en Ceuta y Melilla, así como emigrantes retornados y víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años —que ya "en ningún caso" perderían la ayuda, apunta Sordo—, entre otros supuestos.

A quienes no tengan derecho a cobrar el subsidio por desempleo se les podrá derivar hacia otras ayudas existentes, como y sobre todo el ingreso mínimo vital (IMV).

Cuánto te dan en el subsidio por desempleo: nuevas cuantías

Una de las novedades principales del subsidio por desempleo, cuyo acuerdo se ha anunciado este miércoles, 8 de mayo de 2024, se halla en las cuantías —aumentan desde los actuales 480 euros mensuales, el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples)— y la forma de pago, que queda de la siguiente manera:

  • 570 euros al mes (95% del IPREM) durante los primeros seis meses
  • 540 euros al mes (90% del IPREM) durante los siguientes seis meses
  • 480 euros (80% del IPREM) a lo largo del resto del periodo

"Hoy esta gente va a poder vivir un poco mejor" gracias a esos 90 euros más en los meses iniciales, ha resaltado Díaz: "Esto no es ninguna paguita, es un derecho de las personas trabajadoras".

Sin embargo, la excepción es para la modalidad del subsidio para mayores de 52 años, quienes cobrarán los 480 euros actuales debido a su cotización más elevada y mayor duración.

Ilustración de empleados en el trabajo sin productividad o sin motivación

¿Cómo afecta a los mayores de 52 años?

Las personas en paro con una edad superior a los 52 años mantienen los 480 euros mensuales del subsidio por desempleo. Sin embargo, la base de cotización vuelve al 125% para este colectivo, frente al 100% en el que lo dejaba la norma de enero y que fue el principal caballo de batalla de Podemos.

A esto se sumará una inversión de 600 millones de euros en políticas activas de empleo para mayores de 52 años.

¿Se puede compatibilizar el subsidio por desempleo con un trabajo?

Sí. La nueva formulación del subsidio por desempleo acordada mantiene, como la anterior versión, la posibilidad de compatibilizar esta ayuda con el trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o a tiempo parcial.

"Se trata de incentivar el interés del beneficiario por continuar ocupado, y se estructuran los calendarios de cobros de sus prestaciones para que vaya percibiendo que sea mucho mejor trabajar que depender de la prestación", apunta Torralba.

Desde el Ministerio de Trabajo lo presentan como "un complemento de apoyo al empleo" que se podrá percibir durante un tiempo máximo de 180 días, en una o varias relaciones laborales, si bien irá reduciéndose según la jornada laboral: desde el 80% del IPREM (480 euros) cuando el trabajo sea a jornada completa al 60% (360 euros) si la jornada es inferior a la mitad.

Esta compatibilidad irá unida de programas de inspección para evitar abusos y beneficiaría sobre todo a las trabajadoras: "A partir de hoy, quien trabaje a tiempo parcial (esto son las mujeres en nuestro país) no va a sufrir una merma en su protección", ha resaltado Yolanda Díaz, ministra de Trabajo, quien ha descrito la reforma como "feminista".

Plazos del subsidio: se elimina el mes de espera

Como sucedía con la anterior versión, tumbada en el Congreso, la nueva norma del subsidio por desempleo suprimirá el plazo de espera de un mes que existía antes desde que se agotaba la prestación contributiva: "No tenía ninguna razón jurídica", ha señalado Díaz.

Sin embargo, si se solicita seis meses después de que nazca el derecho al mismo, la petición será denegada.

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