Si faltas varios días al trabajo será baja voluntaria y no despido procedente, según una reciente sentencia

Un hombre descansando en casa

Si te ausentas de manera voluntaria y continuada en el trabajo la empresa lo considerará falta grave, por lo que acabarás siendo despedido, probablemente de forma disciplinaria.

Sin embargo, una sentencia reciente del Juzgado de lo Social de Valencia acaba de dar un giro a estas situaciones, al estipular que un hecho así se considera baja voluntaria por parte del trabajador.

El portal especializado Economist&Jurist ha tenido acceso al fallo, y en un artículo explican cómo han tenido lugar los hechos.

La sentencia hace referencia a una empleada de una estación de servicio.Esta trabajadora se presentó por última vez en su puesto el 31 de agosto de 2021, aunque en su cuadrante horario figuraba que debía acudir varias jornadas a lo largo del mes de septiembre.

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La empleada no acudió a la estación de servicio ninguno de los días que tenía estipulados, y además no comunicó dichas ausencias ni a su responsable directo ni a la empresa.

La encargada de la gasolinera se intentó poner en contacto con esta trabajadora durante varios días, pero no logró hablar con ella por ningún medio.

Tras varios días intentándolo, la empresa envió un burofax a la empleada instándole a justificar el motivo de sus faltas, pero tampoco contestó.

Por último, el empleador volvió a emitir otro burofax, pero en esta ocasión para confirmarle que habían extinguido su contrato a través de una baja voluntaria.

La trabajadora reclamó esta decisión tras percatarse de que no iba a poder cobrar el subsidio por desempleo, pues al no tratarse de un despido el SEPE no da derecho a la prestación del paro.

Por qué se considera baja voluntaria y no despido

La trabajadora reclamó el despido procedente para tener derecho a indemnización y paro, sin embargo, la empresa no llegó a un acuerdo con ella en el acto de conciliación, manteniendo el principio de baja voluntaria.

Una vez llegado el caso a la justicia, el Juzgado de lo Social de Valencia falló en favor del empleador, argumentando que las faltas continuadas sin motivo constituyen una baja voluntaria.

DesdeEconomist&Jurist indican que los magistrados se valieron de la sentencia de 21-11-2000 del Tribunal Supremo, que advierte sobre lo que ocurre en este tipo de situaciones.

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Según el Tribunal Supremo, cuando el trabajador no expresa de manera clara su intención de abandonar la empresa, se tendrán en cuenta los hechos, en este caso el comportamiento de ausentarse de su puesto de trabajo sin comunicarlo previamente.

De este modo, los magistrados están de acuerdo en que la empleada llevó a cabo una baja voluntaria aunque no lo verbalizase, pues su conducta así lo indicaba.

Cualquier trabajador que caiga en estos hechos se queda sin derecho a indemnización y a cobrar el subsidio por desempleo del SEPE.

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