Declaración de la renta 2024: todas las novedades

Una calculadora con el número 2024, un bolígrafo y varios billetes de euros.

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  • La Declaración de la Renta 2024 tiene importantes novedades en cuanto a la fecha de inicio y de final, y también con las personas que tienen obligación de presentarla. 
  • También hay cambios para autónomos e inversores en criptomonedas. 
  • Desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), dan consejos sobre deducciones que pueden permitir ahorrar hasta 4.277 euros.

La Declaración de la Renta 2024, como la de cada año, viene con bastantes novedades. Es importante saber cuáles son, puesto que algunas pueden hacer que el resultado para ti sea más positivo. Otras generan obligaciones que pueden terminar en sanción si no se cumplen. Y ya sabes eso de que el desconocimiento de la norma no exime de su cumplimiento.

La primera novedad en la Campaña de la Renta tiene que ver con las fechas: en esta ocasión, el inicio será el 3 de abril (8 días antes que en 2023). Mientras que la finalización se extiende hasta el 1 de julio, y no hasta el 30 de junio, que era la fecha habitual.

Otra gran variación está en las personas que están obligadas a presentar la Declaración: deberán hacerlo aquellas que tengan un sueldo bruto de más de 15.000 euros con varios pagadores. Antes, el límite estaba en 14.000 euros. 

Novedades para los autónomos

Trabajadores autónomos en restaurante, con calculadora

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Sin duda, uno de los cambios más importantes para la próxima Declaración de la Renta tiene que ver con los autónomos, ya que todos tendrán la obligación de presentarla. 

Así se establece, como ya se comentó en Business Insider España, en la disposición final primera del Real Decreto-ley 13/2022, cuyo punto C, en el último párrafo, dice lo siguiente:

"No obstante lo anterior, estarán en cualquier caso obligadas a declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar".

Inversores en criptomonedas

Criptomonedas que debes vigilar de cerca en febrero

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Los inversores en criptomonedas, que tengan monedas virtuales en el extranjero con un valor que conjuntamente supere los 50.000 euros, tendrán que presentar el modelo 721.

Concretamente, apuntan desde la Agencia Tributaria, están obligados "las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sean titulares de monedas virtuales en el extranjero, o respecto de las cuales tengan la condición de beneficiarios, autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición, o de las que sean titulares reales, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, a 31 de diciembre de cada año".

Dicha obligación, agregan, también se extiende a quienes hayan sido titulares, autorizados, o beneficiarios de las citadas monedas virtuales, o hayan tenido poderes de disposición sobre las mismas, o hayan sido titulares reales en cualquier momento del año al que se refiera la declaración y que hubieran perdido dicha condición a 31 de diciembre del año correspondiente. 

En estos supuestos, la información a suministrar será la correspondiente a la fecha en la que dicha extinción se produjo. 

Deducciones para los contribuyentes en la Declaración de la Renta 2024

Pareja haciendo la declaración de la renta

En diciembre de 2023, desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), dieron una serie de consejos sobre deducciones que pueden permitir a ahorrar hasta 4.277 euros más en la próxima Declaración de la Renta 2024.

Afirmaron que las mayores ventajas fiscales se concentran en los contribuyentes con mayores ingresos y patrimonios. De esta manera, mientras que las personas con ingresos superiores a los 600.000 euros al año podrán maximizar las ventajas fiscales adicionalmente en 40.378 euros, para las personas con rendimientos anuales inferiores a 21.000 euros el aumento de sus ventajas fiscales llega a los 1.820 euros.

 Por su parte, para los de menores ingresos, las posibilidades de deducir son "prácticamente inexistentes", según los técnicos.

Adquirir un vehículo eléctrico o instalar un sistema de recarga

Gestha señaló que los contribuyentes se podrán deducir el 15% si realizan una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de compra de un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos), o si la han realizado desde el 30 de junio de 2023. En estos casos, el pago restante de la compra se debe realizar antes del final del segundo año posterior al del pago a cuenta.

En caso de compra, la deducción del 15% del valor de compra, incluidos gastos e impuestos, y excluidos los importes de las ayudas públicas que perciba (por ejemplo, Moves III) está limitado a una base máxima de 20.000 euros y se aplica en el año en que se matricula.

 

Ambas deducciones se aplican a vehículos eléctricos 'enchufables' y de pila de combustible de uso particular y que cuesten hasta el máximo fijado en el plan Moves III, que en el caso de turismos es de 45.000 euros (53.000 euros para vehículos BEV de 8 o 9 plazas) estarán vigente desde el 30 de junio de 2023 hasta finales de 2024.

También el contribuyente puede desgravar el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024. No se permite que esta desgravación afecte a una actividad económica y no puede pagarse en metálico. 

La deducción se practica en el año en que finaliza la instalación y la base máxima es de 4.000 euros, descontadas las ayudas públicas.

Deducción por maternidad

El sindicato también recuerda que hasta 2022, sólo las madres trabajadoras se podían beneficiar de la deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de 3 años.

Ahora, incluso si en el momento del nacimiento no estaba la madre trabajando, sino cobrando el desempleo, o también si con posterioridad cotizó 30 días o más, podrá beneficiarse de esta deducción y solicitar el abono anticipado de 100 euros al mes.

Esta ampliación entre 2020 y 2023 de las madres beneficiadas alcanza también a los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Eximir hasta 60.100 euros si se trabaja en el extranjero

Los técnicos recuerdan que los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales en el territorio común.

Eso sí, Gestha aclara que se podrá aplicar esta deducción siempre y cuando en el territorio en el que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

Donativos a ONG, partidos políticos, sindicatos y colegios profesionales

Por su parte, los donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, permiten deducir el 80% para los primeros 150 euros y el 35% para los importes restantes, que llega al 40% si en los 2 años inmediatos anteriores se dona a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, limitada a una aportación máxima del 10% de la base liquidable.

De esta forma, los donativos tienen el mayor atractivo fiscal en relación con la aportación efectuada para estos fines solidarios, pudiendo aumentar el beneficio fiscal en unos 843 euros adicionales.

Llevo más de 20 años haciendo la renta por mi cuenta: esto es lo que (de verdad) me habría gustado saber y que no tiene nada que ver con la declaración

Las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que suponen una deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros.

En paralelo, las cuotas sindicales y de colegios profesionales deducen de los rendimientos del trabajo -si bien las últimas con un límite de 500 euros-, así como los gastos de defensa jurídica de litigios en la relación laboral con el límite de 300 euros anuales.

Aportaciones a planes de pensiones

Se mantiene en 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales, aunque con la posibilidad de incrementar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.

Aunque Gestha señala que el Gobierno viene desincentivando las aportaciones a planes de previsión individuales, al apostar por los planes de previsión empresariales. En este sentido, recuerdan que la aportación máxima a los planes individuales bajó de 8.000 euros en 2020 a 2.000 euros en 2021 y a 1.500 euros en 2022, que se mantienen en 2023.

No obstante, el límite anterior se puede incrementar en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a unos límites basados en la contribución empresarial, que será distinto en caso de planes sectoriales o planes de pensiones de empleo simplificados. 

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