El peligroso error en el que caen quienes piden el voto por correo y que puede dejarles sin votar

Recuento de votos

REUTERS/Jon Nazca

  • Si caes en esta confusión te quedarás sin ejercer tu derecho de sufragio y, por lo tanto, no podrás votar en las elecciones generales del 23 de julio.
  • Se trata de un procedimiento que se regula por ley para evitar el fraude electoral. 

Con las elecciones generales del próximo 23 de julio en pleno verano, son muchos los ciudadanos que se están decantando estos días por pedir el voto por correo para poder irse de vacaciones tranquilos o disfrutar de un día de playa sin tener que acudir a las urnas de forma presencial.

Esa es la idea inicial de todos los solicitantes, pero a veces los planes cambian, sobre todo en época estival, y la mayoría de personas que solicitan por correo caen en un grave error.

Tienes hasta el 13 de julio para pedir el voto online. Si finalmente, haces este proceso, pero no acudes a la oficina de Correos para mandar tu voto por carta, no hay vuelta atrás.

No podrás votar de forma presencial en la sede electoral el 23 de julio. Un error que cometen muchos solicitantes que ven cambiados sus planes y piensan que, igualmente, al no haber ejercido el derecho a voto, podrán meter su papeleta en la urna.

No funciona así y tiene una explicación muy razonable. 

La ley del Régimen Electoral General, en su artículo 73 explica: "Recibida la solicitud a que hace referencia el artículo anterior, la Delegación Provincial comprobará la inscripción, realizará la anotación correspondiente en el censo, a fin de que el día de las elecciones no se realice el voto personalmente, y extenderá el certificado solicitado".

También lo ratifica Correos en su página web explicando el proceso. Allí indica que "una vez presentada la solicitud, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación". 

¿Qué pasa si me llega la carta para estar en la mesa electoral y estoy fuera de casa?

¿Por qué se hace así?

Es muy sencillo, para evitar un fraude electoral, porque de lo contrario, una persona podría votar dos veces, una por correo y otra presencial.

Y es que en el censo estarás registrado como votante por correo, y no se puede verificar si has ejercido o no tu derecho.

En estos supuestos existe una excepción por la que sí se puede votar de forma presencial. Si has solicitado el voto por correo, pero no se te ha aceptado, puedes acudir sin problema a la mesa electoral el 23 de julio y votar en las urnas. Esto es porque no figuras como votante por correo en el censo, por lo que no hay fraude electoral.

Asegurar tu voto por correo

Igualmente, si deseas votar por correo y has hecho la solicitud, podrás recibir la documentación correspondiente en la dirección indicada hasta el 16 de julio.

Una vez recibida puedes llevar el voto cualquier oficina de Correos hasta el 19 de julio, fecha en la que finaliza el plazo de entrega. 

Si se acerca el 16 de julio y aún nos has recibido el material, puedes consultar el estado de la entrega y reclamar tu voto en caso de que sea necesario.

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