Glovo y Deliveroo tendrán que dar a los 'riders' las bicis, motos, coches o móviles que usen para hacer los repartos, según planea aprobar el Gobierno

Repartidores de Glovo en un establecimiento de Barcelona recogiendo pedidos
Repartidores de Glovo en un establecimiento de Barcelona recogiendo pedidos

REUTERS/Nacho Doce

  • El Ministerio de Trabajo baraja que la 'ley de riders' obligue a que las plataformas pongan a disposición de sus trabajadores los equipos de trabajo, lo que incluiría bicicletas, motos o coches, según un borrador revelado por La Información.
  • La nueva legislación podría ir más allá de los repartidores y cubrir también a los conductores de VTC.
  • Las plataformas deberán darse de alta en un registro y revelar algunos datos de sus algoritmos, lo cual podría generar conflictos de propiedad intelectual.
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La futura 'ley de riders' que prepara el Ministerio de Trabajo para abordar la situación de los repartidores de plataformas como Deliveroo o Glovo —que fueron declarados "falsos autónomos" por el Tribunal Supremoobligará a las plataformas a poner a disposición de sus trabajadores los equipos de trabajo. Esto incluirá tanto las bicicletas, motos y coches que utilizan para desplazarse por las ciudades, como los teléfonos móviles desde los cuales reciben los pedidos, según un borrador revelado por La Información, que ha podido acceder al texto a través de fuentes del diálogo social.

De esta manera, el ministerio que dirige Yolanda Díaz habría puesto en marcha un cambio de criterio, ya que inicialmente se planteaba que las plataformas pagaran un plus salarial o una "retribución específica" a sus trabajadores para compensar los gastos en las bicicletas u otros medios de transporte de su propiedad. No obstante, esto dependerá de la negociación colectiva entre las plataformas y los trabajadores, porque según La Información, la obligación no aparece de forma explícita en el texto, sino que formará parte de los deberes de las empresas, al ser reconocidos los riders como trabajadores por cuenta ajena.

El reconocimiento de los repartidores como trabajadores asalariados ya se estaba dando por la vía de los hechos incluso antes de la sentencia judicial del Supremo contra Glovo, ya que la Inspección de Trabajo ha dado de alta ya a 11.013 repartidores entre 2019 y octubre de 2020 por considerarlos falsos autónomos, por los que reclama a la startup catalana un total de 16,2 millones de euros por cotizaciones no pagadas a la Seguridad Social.

"Una persona que va en bicicleta no es un emprendedor, es un simple trabajador": Yolanda Díaz anticipa el fin de los repartidores como falsos autónomos con la futura ley de riders

No obstante y según La Información, la nueva legislación —que de momento es un borrador de respuesta a la primera propuesta sindical, en el que la patronal CEOE todavía no ha aportado hasta el momento— podría ir más allá de los riders e incluir también a los conductores de VTC, ya que afectará a todas las personas que presten servicios a una empresa que ejerza su poder, organización, dirección y control "a través de la gestión algorítmica del servicio" en actividades como "reparto o distribución de cualquier producto de consumo o de mercancía a terceras personas y servicios en el ámbito del hogar familiar", indica el texto.

Glovo, Deliveroo y el resto de plataformas tendrán que registrarse e incluir información sobre sus algoritmos

Un rider de Glovo y otro de Uber Eats
Un rider de Glovo y otro de Uber Eats

REUTERS/Gleb Garanich

Todas las plataformas tendrán que inscribirse en un Registro de Plataformas Digitales, que será de acceso público y obligación previa a iniciar la actividad. Aquellas que no se inscriban afrontarán multas que podrían alcanzar los 224.830 euros en su cuantía máxima.

En ese registro, además de los datos de actividad, sector, organización laboral o número de trabajadores, se incluirá un elemento que seguramente va a generar polémica: el algoritmo utilizado para la organización de la actividad, incluyendo el diagrama de flujo y los sistemas de reputación de los trabajadores, si se aplican, según el texto al que ha accedido La Información.

Esta inclusión en el registro de los algoritmos plantea un futuro conflicto sobre si se vulnera la propiedad intelectual de las plataformas, más cuando la futura ley indica que estas compañías deberán informar sobre los "parámetros y reglas de toma de decisión en las que se basan los algoritmos". Para los sindicatos es un elemento clave para revelar si los trabajadores son autónomos o deberían ser trabajadores por cuenta ajena.

La polémica de los 'riders' es solo "la punta del iceberg" del sector de las plataformas digitales que hay que regular, según patronal y trabajadores

En un debate reciente en el que participaron tanto la patronal Adigital como el sindicato Comisiones Obreras, el secretario confederal de Juventud y nuevas formas de trabajo de CCOO, Carlos Gutiérrez, señaló específicamente este punto. En su opinión, el modelo de regulación que se aplique deberá distinguir "cuándo la tecnología está siendo utilizada para coordinar" y si existen "sistemas de control a trabajadores", lo que haría asociarla al ámbito laboral, y cuando la labor de la aplicación es "secundaria" y la relación es mercantil.

En ese coloquio, el director general de la patronal, José Luis Zimermann, admitió que una regulación del trabajo a través de plataformas es inevitable. "No me cabe duda de que debería regularse sobre las plataformas y su impacto en el trabajo", señaló el representante de la patronal, aunque pidió "un encaje" entre la figura laboral y la mercantil para estos trabajadores.

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