Así quedan las criptomonedas en la declaración de la renta, tras retrasar Hacienda la obligación de informar sobre los saldos

Ilustración con una persona que lleva una bomba en la que se lee "tax" y persigue a otra con un bitcoin en una carretilla.

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  • Finalmente, no habrá que informar de los saldos en criptomonedas en la declaración de la renta de 2023. Estas son, por tanto, tus obligaciones con Hacienda si tienes alguna moneda digital.
  • Solo será necesario declarar tus activos si has obtenido ganancias o pérdidas con ellos o si tienes obligación de declarar el Impuesto de Patrimonio.

Todo sigue igual. A pesar de que la intención del Ministerio de Hacienda era introducir novedades respecto a las criptomonedas y la declaración de la renta, finalmente estas se demorarán, parece, que hasta 2024. 

Por lo tanto, en el año recién comenzado habrá que actuar exactamente igual que en el pasado. Por si tienes alguna duda, aquí va un recordatorio de cómo declarar las criptomonedas en la renta.

Declarar las ganancias o pérdidas con las criptomonedas

Cuando entren en vigor las modificaciones que prepara Hacienda, será obligatorio declarar los saldos que se tengan en monedas virtuales, y para ello se utilizará el modelo 172. Pero eso sucederá dentro de un año, así que olvídate. 

De momento, si te animaste a comprar bitcoin, ethereum o cualquier otra divisa digital y simplemente la has mantenido en tu billetera, sin hacer ningún tipo de trading u operación con ellas, no debes preocuparte.

 

A Hacienda solo le interesan las ganancias o pérdidas que hayas tenido con tus criptomonedas. Además, tal y como apuntó Marta Rayaces, responsable de Inversiones de TaxDown, a Business Insider España en este otro artículo sobre tributación de los activos criptográficos, puedes compensar ganancias con pérdidas anteriores. 

"Si puedes demostrar que has tenido pérdidas, inclúyelas, porque compensan las ganancias y puede hacer que pagues menos impuestos". Es más, esas pérdidas pueden compensar las ganancias de los 4 años siguientes hasta un 25% anual.

Estos son los tramos por los que han de tributar las ganancias con criptomonedas en la declaración de la renta

  • De 0 a 6.000 euros: 19%.
  • De 6.001 a 50.000: 21%.
  • De 50.001 a 200.000: 23%
  • A partir de 200.001: 26%.

¿Cómo calcular lo que se ha ganado al vender criptomonedas?

Para calcular lo que se ha ganado por la venta de una criptomoneda hay que restar el valor de venta por el de compra, haciendo el cambio a moneda fíat (euro). 

Para saber el tipo de cambio a euro al que se compró (o vendió) la divisa, hay que coger la cotización a euros en el momento del cierre del día de la compra o la venta. Si no existe momento de cierre, la cotización será la que hubo en la última hora del día en que se realizó la operación.

Criptomonedas que más pueden subir en 2023

Imagina que compras una criptomoneda por 10 euros y, después, otra por 20 euros. Al cabo del tiempo, vendes una de tus criptomonedas por 25 euros. El valor de compra, ¿serían los 10 euros por los que compraste la primera o los 20 de la segunda?

Aquí es donde entra en juego el método FIFO (First In First Out), que es el orden que tiene en cuenta Hacienda para calcular lo que has ganado por la venta. Este método considera que se están vendiendo las criptomonedas que se compraron primero, no las más nuevas. 

Por lo tanto, la respuesta a la pregunta de cuál sería el valor de compra (10 o 20 euros) son 10 euros, que se corresponde con el valor al que compraste la primera acción

Impuesto de Patrimonio y minería de criptomonedas

Como ya se ha comentado antes, si solo decidiste comprar criptomonedas y no hiciste ninguna operación (que te supusiera ganancias o pérdidas) con ellas, no es necesario que las criptomonedas aparezcan en tu declaración de la renta, pero hay una excepción, y es cuando, por el valor total de tus activos, tengas obligación de presentar el Impuesto de Patrimonio

Este varía de unas comunidades autónomas a otras, pero, con carácter general, tienen la exigencia de hacerlo todas aquellas personas físicas con bienes o derechos con un valor superior a 2 millones de euros.

Hay un detalle más a tener en cuenta respecto a las criptomonedas y la declaración de la renta: es el caso de que actúes en la blockchain y ejerzas la minería. Es una actividad económica y, por tanto, exige darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y declarar los rendimientos en la base imponible general del IRPF. Es una operación que está exenta de IVA.

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