Declarado nulo el despido de un trabajador que criticó a la empresa en un correo electrónico: "se vulneró su derecho a la libertad de expresión"

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Un jefe echa la bronca a una empleada

El  Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha declarado nulo el despido de un trabajador porque considera que la empresa ha vulnerado su derecho a la libertad de expresión.

La sentencia afirma que el empleado sufrió represalias por parte de los jefes justo tras enviar un correo electrónico en el que criticaba algunos defectos de organización de la entidad.

El despacho Migoya Abogados, que fue en responsable de defender al demandante, comenta a Noticias Jurídicas que el tono de dicho correo era respetuoso, pero de "alto calado", algo que pudo ser incómodo para la dirección.

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Los hechos fueron los siguientes: el trabajador envió un correo a la dirección criticando la falta de transparencia de la empresa, sobre todo en lo que se refería a la toma de decisiones.

Un mes más tarde, un miembro de la dirección recibió otro correo electrónico, esta vez por parte de un remitente desconocido, en el que se acusaba a la empresa de haber utilizado un informe falso en un juicio y acusando a uno de los directores de la entidad de tener un currículum falso.

Después de este último correo, la empresa tomó la decisión de despedir al trabajador que criticó la falta de transparencia en aquel primer mensaje.

La empresa argumentaba en la carta de despido que ambos correos tenían una redacción similar, por lo que pertenecían a la misma persona.

El despido fue disciplinario, ya que la empresa defendía que el trabajador había actuado con mala fe.

Sin embargo, el trabajador denunció el despido, y en el juicio la empresa no pudo demostrar que el segundo correo electrónico lo había escrito él.

Los magistrados, teniendo en cuenta la falta de pruebas, consideraron que la empresa se estaba basando en meras hipótesis, por lo que acabaron declarando el despido como nulo.

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Además, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco también declara en la sentencia que se ha vulnerado el derecho a la libertad de expresión del trabajador, ya que todo profesional está legitimado a dar su opinión a la empresa aunque esta pueda resultar molesta.

Por último, el juez que ha dictado el fallo comprende que los jefes de este trabajador han tomado represalias, siendo esta la única causa de su expulsión de la entidad.

La sentencia obliga a la readmisión del trabajador y a abonarle 10.000 euros por indemnización de daños morales.

Cuando un despido se declara nulo, la empresa tiene que readmitir al trabajador y pagarle los salarios no percibidos durante el período que ha durado el juicio y ha estado sin cobrar.

Un despido es nulo cuando se comete una infracción con los derechos fundamentales de un trabajador,  por ejemplo, en caso de despedir a una embarazada sin causa que justifique de forma muy detallada tal decisión.

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