El motivo por el que no deberías solicitar el permiso parental de 8 semanas (al menos, de momento)

Madre y padre con bebé en brazos, familia

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  • Desde junio de 2023 están en vigor tres nuevos permisos laborales para favorecer la conciliación de la vida familiar y la profesional de los progenitores trabajadores.
  • Sin embargo, un abogado laboralista aconseja que aún no pidas o gastes el permiso parental de ocho semanas para cuidar a un hijo: podrías perder dinero.

El Real Decreto-ley 5/2023, con medidas de "conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores", incluye tres nuevos permisos laborales para las madres y los padres trabajadores.

Si bien dos de ellos son remunerados —hasta cinco días al año para atender a un familiar hasta el segundo grado o a un conviviente y el equivalente en horas de ausencia en el trabajo a cuatro días al año por causa de fuerza mayor familiar relacionada con familiares o personas convivientes—, el tercero no lo es en la actualidad.

Se trata del permiso parental de ocho semanas, que los progenitores de cualquier sexo podrán tomarse de manera continua o discontinua y a tiempo parcial o completo, hasta que el menor (hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año) cumpla ocho años.

Estas tres ayudas ya se encuentran en vigor desde junio de 2023, pero el abogado laboralista Juan Manuel Lorente recomienda que "no agotes" todavía el permiso parental de ocho semanas: "No pidas este permiso laboral antes de agosto", advierte en una publicación reciente en su perfil de Instagram.

"Ya se ha aprobado la nueva Ley de Familias, y dentro de esta se ha incluido una modificación de este permiso: que cuatro semanas de las ocho semanas que tienes de permiso por tener un hijo menor de ocho años van a ser retribuidas", comienza explicando. 

"Antes de que se aprobase esta ley, estas ocho semanas no se pagaban. Pero ojo, no será hasta agosto cuando se comenzará a pagar estas cuatro semanas. Por lo tanto, te aconsejo que, si lo vas a pedir, te esperes un poco para poder cobrar aunque sea la mitad del permiso", añade este abogado, con 165.000 seguidores en la red social.

Lorente se refiere a que la directiva europea que ha transpuesto España obliga a que estos permisos sean remunerados a partir del 2 de agosto de 2024, por lo que el Gobierno debe regular su retribución próximamente, como informa El Economista.

De esas ocho semanas de máximo que ofrece, se prevé que al menos cuatro sean retribuidas, si bien Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, ha afirmado que el Gobierno pretende alargar la remuneración de forma progresiva hasta cubrir por completo el pago del permiso, recoge Onda Cero.

La ley determina que el padre o la madre empleados fijan las fechas, pero deben comunicarlo con 10 días de antelación con carácter general: "Corresponderá a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute o, en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación de diez días o la concretada por los convenios colectivos, salvo fuerza mayor, teniendo en cuenta la situación de aquella y las necesidades organizativas de la empresa".

"En caso de que dos o más personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante o en otros supuestos definidos por los convenios colectivos en los que el disfrute del permiso parental en el período solicitado altere seriamente el correcto funcionamiento de la empresa, esta podrá aplazar la concesión del permiso por un período razonable, justificándolo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible", matiza el BOE.

La directiva de la Unión Europea traspuesta —2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores—  establece las condiciones de la remuneración o prestación económica de estos nuevos permisos laborales en su artículo 8.

"De conformidad con las condiciones nacionales (...), los Estados miembros garantizarán que los trabajadores que ejerzan su derecho a disfrutar de uno de los permisos contemplados (...) reciban una remuneración o una prestación económica (...)", recoge el texto.

"En lo que respecta al permiso parental a que se refiere el artículo 5, apartado 2, el Estado miembro o los interlocutores sociales definirán dicha remuneración o prestación económica, y lo harán de manera que se facilite el que ambos progenitores puedan disfrutar el permiso parental", especifica la normativa sobre el derecho a tomarse hasta ocho semanas para cuidar a un hijo o menor acogido.

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