Cómo solicitar la baja por regla dolorosa: estos son los requisitos, el tiempo que te puedes ausentar del trabajo y lo que vas a cobrar
- El Consejo de Ministros ya ha aprobado las bajas por menstruación dolorosa, aunque todavía habrá que esperar para que la medida entre en vigor.
- Sin embargo, a día de hoy es posible conseguir una baja si los dolores de la regla son grandes: así puedes hacerlo.
- Comienza el día bien informado con la selección de noticias de Business Insider España: suscríbete gratis aquí.
El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley de seguridad sexual y reproductiva, en el que se incluyen las bajas laborales por menstruaciones dolorosas.
Esta medida va a permitir que las mujeres con reglas incapacitantes puedan acogerse a una baja médica para no tener que trabajar durante dichos días del mes.
La mayor novedad de esta norma es que la Seguridad Social va a asumir el coste total de la baja: las trabajadoras que se acojan a ella cobrarán el total de la prestación desde el primer día, y no desde el tercero como ocurre ahora con las bajas por enfermedad común.
La ley todavía debe ser negociada en el Congreso de los Diputados y recibir su aprobación definitiva, por lo que aún pueden quedar meses para que entre en vigor.
Sin embargo, a día de hoy es posible conseguir una baja por enfermedad común si padeces una menstruación especialmente dolorosa.
Cómo pedir una baja por regla dolorosa: requisitos a cumplir
Las mujeres que estén incapacitadas por la regla han de acudir a su médico de cabecera de la Seguridad Social para solicitar la baja.
Será el facultativo el que decida si el dolor es lo suficientemente incapacitante como para decretar una baja laboral, y también el que determine la cantidad de días que te ausentarás del trabajo.
En estos momentos resulta complicado conseguir la baja por este motivo. Se trata de un problema que pretende solucionar la ley cuando entre en vigor.
Días que puedes ausentarte del trabajo por la regla e importe de la baja
En la actualidad estas bajas se regulan a través de la incapacidad por enfermedad común, así que el importe que vas a recibir será el de cualquier otra dolencia de esta categoría.
Durante los 3 primeros días de baja el trabajador no cobra, a no ser que el convenio colectivo al que se acoge la empresa indique lo contrario.
A partir del cuarto día de ausencia, la empleada que esté de baja obtendrá el 60% de la base reguladora, y desde el día 21 asciende al 75%.
Con la nueva ley esta norma cambia: la trabajadora afectada va a cobrar desde el primer día, aunque el porcentaje de la base reguladora está todavía por determinar.
En cuanto a la duración de la baja, dependerá de lo que decida siempre el médico, aunque en estos casos puede oscilar entre los 3 y 5 días.
Otros artículos interesantes:
Descubre más sobre Enrique Fernández, autor/a de este artículo.
Conoce cómo trabajamos en Business Insider.