Trabajos compatibles con el cobro del subsidio extraordinario por desempleo

Oficina de empleo en Madrid
  • El subsidio extraordinario de desempleo está dirigido a aquellas personas que ya no tienen derecho a otra prestación y a parados de larga duración.
  • El cobro de este subsidio es compatible con un trabajo, pero bajo ciertas condiciones que no son tan fáciles de cumplir.
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Uno de los mayores problemas en el mercado laboral de España es el de los parados de larga duración, es decir, aquellos trabajadores que llevan como mínimo 12 meses buscando un empleo y no han trabajado en todo este período.

La crisis del coronavirus ha empeorado esta situación, aumentando el número de desempleados de larga duración en casi 2 millones de personas, creciendo un 52% respecto a 2020.

Además, los parados de larga duración suelen ser personas mayores de 45 años, una edad a la que empieza a ser más complicado encontrar un nuevo empleo y reengancharse al mercado laboral. La pandemia también ha impuesto más dificultades a este tipo de trabajadores.

Aunque el mercado laboral ya ha alcanzado cifras anteriores a la crisis sanitaria y el paro registró su mayor descenso mensual de la historia en junio, lo cierto es que todavía hay miles de personas que se encuentran en esta situación y que dependen de un subsidio para poder llegar a fin de mes.

Si es tu caso seguro que conoces la existencia del subsidio extraordinario por desempleo, una prestación que está dirigida a los trabajadores en paro que ya han agotado todas las ayudas, y que además está especialmente diseñada para los desempleados de larga duración.

Este subsidio es de 451,92 euros al mes, y pueden cobrarlo los parados de larga duración que no tengan derecho a la prestación por desempleo habitual, que no tengan la edad ordinaria de jubilación, que no superen en rentas mensuales el 75% del salario mínimo interprofesional (712,50 euros al mes), que tengan responsabilidades familiares y que no hayan cobrado antes este subsidio.

La ayuda se puede recibir durante 180 días como máximo y también la pueden solicitar aquellos que han agotado el cobro por subsidio de desempleo, la Renta Activa de Inserción (RAI), Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción (PRODI) o Programa de Recalificación Profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, según detalla el SEPE. 

¿Se puede compatibilizar el subsidio extraordinario por desempleo con un trabajo?

Esta es una de las dudas más habituales que surgen al solicitar esta ayuda. El SEPE explica que sí es posible compatibilizar la prestación con un trabajo, pero si se cumplen ciertas condiciones.

La principal condición es clara: la prestación sólo se puede compatibilizar con el trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial, por lo que no es posible para autónomos ni trabajadores a jornada completa.

Otro requisito es que el salario que recibes en el trabajo no supere el 75% del salario mínimo interprofesional, en ese caso no será posible acceder al cobro de la prestación mientras se está trabajando.

Pero esto no es todo lo que tienes que saber sobre compatibilizar el subsidio extraordinario por desempleo con un trabajo. Una de las condiciones más duras es que se reducirá la cuantía de la prestación en relación con el número de horas trabajadas, por lo que acabarás cobrando la mitad de la prestación.

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