¿Cuánto tiempo tarda la Seguridad Social en conceder (o denegar) el ingreso mínimo vital en 2024?

Padre con dos hijos, hombre con dos niños en casa

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  • ¿Cuánto tarda la Seguridad Social en aprobar el ingreso mínimo vital y cuánto tiempo pasa hasta cobrarlo, una vez aprobado?
  • Este es el plazo de tiempo máximo que puede tardar la Seguridad Social para aceptar o denegar una solicitud del IMV, así como las nuevas cuantías en 2024.

El ingreso mínimo vital (IMV), aprobado en 2020, año de la pandemia por COVID-19, es una "prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas".

Se trata de una ayuda económica que concede la Seguridad Social a algunas personas en situación de vulnerabilidad económica, con el objetivo de garantizarles un nivel mínimo de ingresos.

Después de la última subida, las nuevas cuantías del IMV en 2024 varían entre los 604,21 euros al mes (7.250,52 euros al año) y los 1.595,13 euros mensuales (19.141,56 euros anuales), en función de cómo esté formada la unidad de convivencia: si es monoparental o no, cuántos adultos y menores hay, si alguna persona tiene dependencia o incapacidad...

A estos importes se les puede sumar el complemento mensual de ayuda para la infancia si se cumplen las condiciones.

Para poder recibir el ingreso mínimo vital en este 2024 es necesario cumplir con una serie de requisitos en el momento de presentar la solicitud, cuando se realizan las revisiones y durante el tiempo que se percibe la prestación:

  • Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año, salvo unas pocas excepciones concretas.
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica: esto queda acreditado a partir del patrimonio neto, los activos no societarios y el nivel de ingresos y rentas.
  • Que la unidad de convivencia esté formada desde hace seis meses como mínimo.

Además de estos generales, la Seguridad Social exige acreditar otros requisitos más específicos para diferentes casos particulares antes de conceder la prestación. A partir de ahí, ¿cuánto tardan en aceptar la solicitud y cuánto en cobrar el ingreso mínimo vital una vez aprobado?

¿Cuánto tarda la Seguridad Social en aceptar el ingreso mínimo vital?

La Seguridad Social explica en su portal web cómo puedes saber si vas a cobrar el ingreso mínimo vital y detalla asimismo cuánto tiempo tarda en llegar la resolución que concede o deniega esta ayuda económica.

El plazo máximo para resolver tu solicitud del IMV es de seis meses desde la fecha de presentación, responde el órgano.

Si pasa ese tiempo y no te han aceptado ni respondido a tu petición de cobrar el ingreso mínimo vital, significaría que no te lo aprueban: "Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa, se entenderá denegada la solicitud por silencio administrativo". 

"No obstante, el Instituto Nacional de la Seguridad Social resolverá expresamente las solicitudes presentadas, incluso si hubieran transcurrido más de seis meses desde su presentación. Las solicitudes presentadas hasta el 31 de diciembre de 2020, si son aprobadas, mantienen efectos económicos de 1 de junio de 2020", añade.

Después de que la persona envíe su solicitud del ingreso mínimo vital y antes de que esta se admita, el órgano analizará si los beneficiarios y la unidad de convivencia cumplen el requisito de vulnerabilidad económica.

"La resolución de inadmisión se dictará en el plazo de 30 días, y podrá ser objeto de reclamación administrativa previa que se limitará a conocer sobre la causa de inadmisión. La admisión de la solicitud no obstará a su desestimación si, durante la instrucción del procedimiento, la entidad gestora efectuara nuevas comprobaciones que determinaran el incumplimiento del requisito de vulnerabilidad económica", concluye la web gubernamental.

Una vez aprobado, el pago del IMV se realizará de forma mensual y por transferencia bancaria, a la cuenta de la persona titular de la prestación. El derecho a esta nace a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud, informa.

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