Qué pasa si cobras más de lo que te corresponde en un ERTE y no avisas al SEPE

Cobrar más de lo que corresponde en el ERTE

En los momentos más duros de la pandemia, en pleno confinamiento de la población y con la economía prácticamente paralizada, cerca de 4 millones de españoles estaban acogidos a un ERTE; es decir, uno de cada 3 asalariados.

A esta fórmula se acogieron numerosas empresas para poder afrontar la difícil situación económica a la que empujaba la crisis sanitaria. De este modo, el SEPE se hizo cargo de abonar una prestación por desempleo a los trabajadores afectados, ya que las empresas no abonan el salario con un ERTE de jornada completa.

Ante la avalancha de peticiones y de personas que tenían derecho a recibir esta ayuda, los servicios se colapsaron y se llegaron a producir retrasos en los pagos, aunque actualmente ya funcionan con puntualidad.

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Sin embargo, este no ha sido el único error que se ha producido en los últimos meses y semanas a este respecto. El SEPE también ha ingresado más dinero del que corresponde a algunas personas, e incluso ha podido abonar el ERTE por equivocación a aquellos que ya se han reincorporado a su puesto.

El procedimiento que se debe seguir en estos casos es bien claro: avisar al SEPE del error y devolver el dinero por la vía que ellos estimen. Lo habitual, de hecho, es que el propio organismo de empleo le envíe una notificación al interesado con la reclamación. Estas notificaciones se pueden consultar en la Sede Electrónica.

¿Qué sucede si cobras más de lo debido y no devuelves el dinero al SEPE?

El SEPE establece un plazo de 30 días naturales para que se devuelva la cantidad erróneamente ingresada. Aunque llegado el caso de que no se pueda devolver en este plazo también es posible solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, eso sí, con la aplicación de los intereses de demora que correspondan.

Si no se realiza la devolución y después esta persona es beneficiaria de prestaciones por desempleo, se procederá a realizar la compensación del cobro indebido con la prestación, independientemente de que se haya concedido el aplazamiento o fraccionamiento. Es decir, a la hora de cobrar el paro u otra ayuda se descontará la cantidad adeudada.

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Si el fraccionamiento o aplazamiento no se ha solicitado o concedido y transcurren los 30 días de plazo, se emitirá un certificado de descubierto, que implica un 20% de recargo sobre el importe del cobro indebido. En resumidas cuentas: la deuda aumentará y tendrás que abonar una cantidad mayor.

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