¿Problemas para pagar tus deudas? Cómo saber si debes declararte en quiebra

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Cuando compensa declararse en quiebra

Reuters

  • La Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo para declararse en quiebra en España.
  • Un experto destaca tres casos en los que conviene acogerse a ellas y otros dos en los que es mejor buscar otras soluciones.
  • Si eres autónomo tendrás que diferenciar entre las deudas de la actividad y las personales al declararte insolvente. 
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Uno de los problemas de caer en una espiral de deuda es lo difícil que puede resultar salir de ella. Aunque hay más de una fórmula de intentarlo, también hay un momento en el que es necesario plantearse soluciones algo más drásticas. La última de todas pasa por declararse en quiebra, una alternativa habitual en países como Estados Unidos pero relativamente nueva en España.

Y es que hasta la entrada en vigor de la Ley de Segunda Oportunidad en 2015, la opción de declararse en quiebra como persona física suponía entrar en un proceso concursal complejo y que no siempre ofrecía garantías de terminar con las deudas. “la Ley de la Segunda Oportunidad es una modificación de la anterior Ley Concursal que regulaba estos concursos de acreedores para empresas”, explica Gonzalo Castro, experto de Abogadosparatusdeudas.es.

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Cómo declararse en quiebra en España: concurso de acreedores o ley de segunda oportunidad

Cuando una empresa, una persona física o un autónomo (persona jurídica) no pueden pagar sus deudas, pueden solicitar entrar en quiebra. Hay dos formas diferentes de hacerlo en España: el tradicional concurso de acreedores y la Ley de Segunda Oportunidad.

En el caso de las empresas, el camino es el concurso de acreedores, con el que “se cedía el patrimonio correspondiente y se liquidaba la empresa, terminando con ella sus responsabilidades de pago” frente a los acreedores, explica Castro.

Para particulares y el autónomo se creó la Ley de Segunda Oportunidad, con la que “pueden declararse insolventes y tratar de reestructurar sus deudas como lo haría una empresa”. De hecho, este mecanismo incluye en sí mismo una fase de concurso, si bien antes de llegar a ella se intenta un acuerdo con los acreedores para establecer un plan de pagos o reestructurar la deuda. 

“La diferencia es que una vez terminado el concurso de acreedores, con la Ley de la Segunda Oportunidad se puede solicitar la exoneración de todas las deudas restantes que no se han podido satisfacer con el concurso. Dejando la puerta abierta a la negociación y cancelación de deuda hipotecaria o deuda pública”, resume Castro. Dicho de otro modo: si cedemos nuestro patrimonio y no es suficiente para pagar las deudas, la parte restante se nos perdona, siempre que el juez lo estime oportuno.

Este proceso de segunda oportunidad es común para autónomos y particulares. Sin embargo, con los trabajadores por cuenta propia hay que diferenciar entre el concurso de acreedores y esta Ley de Segunda Oportunidad. Desde un punto de vista legal, son procedimientos independientes, aunque estén relacionados. 

Tal y como explica el experto de Abogadosparatusdeudas, “el autónomo puede estar endeudado personalmente por causa de la actividad empresarial o por distintas causas”. Cuando esto ocurre, puede negociar su deuda personal con la Ley de Segunda Oportunidad y, si todavía está su empresa activa y quiere liquidar la sociedad, podrá acogerse a un concurso express. 

Estos concursos express están regulados por la propia Ley Concursal y “suponen para la empresa la extinción de forma inmediata, sin que haya una liquidación de los bienes de la sociedad, por inexistencia de éstos”.

Como su propio nombre indica, estos concursos express son más rápidos que los ordinarios. Sus principales diferencias es que “no se nombra Administrador Concursal, los plazos se reducen al mínimo, son más económicos y no hay fase de calificación”. 

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Cuándo conviene declararse en quiebra

La Ley de Segunda Oportunidad es normalmente la mejor forma de declararse insolvente, así que lo primero sería saber si se cumplen los requisitos para hacerlo. La normativa establece cuatro condiciones muy claras para poder acogerse a este proceso: 

  • Ser insolvente. Como explica Castro, hay que “ser incapaz de hacer frente a las obligaciones de pago”.
  • Tener dos o más deudas que, además, deben ser “con diferentes entidades o personas”. 
  • Que la deuda total sea inferior a 5 millones de euros. 
  • No haber sido sentenciado por delitos fiscales ni socieconómicos en los últimos 10 años.

Si cumples con estos requisitos y eres un deudor de buena fe, podrás acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Otra cosa es que debas hacerlo siempre, resalta Castro. El experto recalca que declarase insolvente es una buena solución para la mayoría de casos, pero no para todos. 

Conviene acogerte a la ley de segunda oportunidad si…

Tienes varias deudas que no puedes pagar y no esperas que tu situación económica mejore. En otras palabras, vas a necesitar endeudarte más para poder cumplir con tus obligaciones. En estos casos, “la Ley te permitirá congelar las deudas, que van creciendo debido a los intereses de demora, y reducirlas o eliminarlas por completo al final del procedimiento”, comenta Castro.

Tienes una hipoteca al corriente de pago, pero otras deudas como préstamos personales o tarjetas que no puedes pagar. Al declarase en quiebra “podrías acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad y llegar a un acuerdo extrajudicial en la primera fase del proceso para no comprometer la vivienda que sí estás pagando”. 

Tienes muchas deudas con impago y no posees patrimonio con las que hacerle frente. “En este caso, el concurso de acreedores dentro de la Ley de la Segunda Oportunidad se llevará a cabo de forma muy rápida porque no tiene patrimonio que ceder, por lo que pasará directamente a solicitar la exoneración de las deudas no satisfechas con el concurso”, sentencia Castro. 

Mejor buscar otras alternativas si…

Sólo tienes una deuda que no puedes pagar o dos, pero una de ellas es la principal, como una hipoteca. En estos casos, el experto cree que es mejor “negociar con el banco directamente una moratoria antes de iniciar cualquier otro proceso legal”.

Si “tan solo estás pasando un bache económico transitorio y sabes que puedes sostener una deuda durante muchos antes”, comenta Castro. Si esa es tu situación, “es posible que una reunificación de deuda sea una opción viable ” o refinanciar una de las deudas, especialmente si es una hipoteca. 

¿Y si eres una empresa o un empresario?

Con una empresa la decisión es más fácil. “Si o pueden hacer frente a sus obligaciones dinerarias, y, sobre todo, las obligaciones frente a Hacienda y Seguridad Social es el momento de presentar el concurso de acreedores de persona jurídica”, salvo que en realidad se encuentre en una situación de suspensión de pagos

La ventaja de hacerlo es que “la presentación de un concurso puede evitar la derivación de responsabilidad y de las mismas deudas a su administrador si se presenta en tiempo y forma” concluye Castro. 

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