Qué impuestos se ahorran los mayores de 65 años

Una mujer montando en bicicleta.

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  • Así es la normativa del IRPF para los mayores de 65 años.
  • Entre las rentas que los mayores de 65 no tienen que declarar en el IRPF están algunas prestaciones o ayudas económicas.

Hacerse mayor es una mala noticia para muchas personas. Pero, afortunadamente, también tiene cosas buenas: llega la jubilación después de años de trabajo y te ahorras algunos impuestos. Estos son los beneficios fiscales para los mayores de 65 años

En la Agencia Tributaria hacen un repaso de cuáles son las rentas que no se declaran en el IRPF a partir de los 65 años. 

¿Qué impuestos están exentos para los mayores de 65  años?

Prestaciones y ayudas públicas

Están exentas, entre otras:

  • Las prestaciones públicas por acogimiento de personas con discapacidad o mayores de 65 años. 
  • Las ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas a personas con discapacidad con un grado igual o superior al 65% o mayores de 65 años para financiar su estancia en residencias o centros de día, si el resto de sus rentas no exceden del doble del IPREM (16.212,56 euros).

Transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años

Están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión por personas mayores de 65 años de la vivienda habitual. La exención también se aplica si se transmite la nuda propiedad y se reserva el usufructo vitalicio sobre la vivienda.

Transmisión de elementos patrimoniales por personas mayores de 65 años con reinversión en rentas vitalicias

Están exentas las ganancias patrimoniales, si cumple los requisitos, derivadas de la transmisión por personas mayores de 65 años de elementos patrimoniales, siempre que el importe total obtenido se destine en el plazo de 6 meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor. La cantidad máxima total que un contribuyente podrá destinar a este fin será de 240.000 euros.

Hipoteca inversa

No tributan en el IRPF las cantidades percibidas como consecuencia de las disposiciones que se hagan de la vivienda habitual (hipoteca inversa) por las personas mayores de 65 años, siempre que se lleven a cabo de conformidad con la regulación financiera relativa a los actos de disposición de bienes que conforman el patrimonio personal para asistir las necesidades económicas de la vejez y de la dependencia, si cumple con los requisitos exigidos.

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