La Inspección de Trabajo estrecha el cerco sobre Glovo y el modelo de repartidores autónomos que la catalana instauró con la ley 'rider'

Repartidor rider de Glovo

REUTERS/Albert Gea/

  • La Inspección de Trabajo ha iniciado una investigación sobre el modelo de repartidores autónomos que Glovo implementó con la nueva regulación laboral.
  • Esta sería la primera vez que Trabajo investiga el nuevo modelo de la empresa de reparto.
  • Además, con la nueva ley de empleo, Inspección de Trabajo puede determinar sin esperar a la sentencia de un juez si un trabajador es "falso autónomo" o no.

La Inspección de Trabajo estrecha el cerco sobre Glovo con una nueva actuación sobre los repartidores de la catalana a los que está solicitando documentación mediante correo electrónico, según ha podido saber Business Insider España.

Esta actuación, que todavía sigue abierta, es la primera que dilucidaría si tras la aprobación de la ley rider el modelo de autónomos de Glovo cumple con la normativa laboral o no.

La Inspección de Trabajo se ha puesto en contacto con aquellas personas que trabajaron para Glovo entre el 12 de agosto de 2021 a 31 de diciembre de 2022, según la notificación a la que ha tenido acceso Business Insider España. 

En dicha comunicación, se les pide a los riders que remitan copia de las facturas emitidas desde agosto de 2021 hasta diciembre de 2022 relativas a sus trabajos con la empresa de reparto amarilla.

Glovo rider

La ley rider, una modificación del Estatuto de los Trabajadores, entró en vigor en agosto de 2021, y presume la relación laboral entre plataformas y repartidores. Con la nueva regulación, y para esquivar dicha laboralidad, Glovo modificó una serie de parámetros en su sistema de asignación de pedidos. 

Algunos de esos cambios fueron el free login, es decir, los trabajadores deciden qué día y a qué hora se conectan, no se les penaliza si deciden realizar o no un pedido y desaparece el sistema de puntuación conocido como "excelencia". 

Todavía ningún órgano judicial se ha pronunciado al respecto sobre este modelo.

Según confirman fuentes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a Business Insider España, tras la ley rider, la Inspección ha seguido llevando a cabo actuaciones anteriores y se han iniciado nuevas inspecciones.

Ejemplo de ello fue la actuación del pasado mes de enero, que se saldó con una multa a la catalana de 57 millones de euros por utilizar "falsos autónomos", otra en septiembre del año pasado por valor de 80 millones por el mismo motivo, y la más reciente en Andalucía el pasado mes de marzo, tras la cual la Inspección obligó a Glovo a laboralizar a más de 3.000 repartidores.

Sin embargo, todas estas sanciones se corresponden con un período anterior a la ley rider y el cambio de modelo de Glovo. El sindicato CCOO estima en 200 millones de euros la suma total de las multas interpuestas por parte de la policía laboral sobre la catalana.

El objetivo de la investigación es comprobar la relación laboral de estas plataformas con los riders y detectar posibles irregularidades con la nueva ley. “La normativa hay que cumplirla, y nunca se deja ningún resquicio”, señalan desde la Inspección de Trabajo a Business Insider España.

Se desconoce el número de trabajadores que han sido contactados por la Inspección. "Se trata de actuaciones muy largas, muchas todavía en proceso, y los datos se harán públicos cuando finalicen", comparten.

Business Insider España se ha puesto en contacto con Glovo, pero no ha recibido respuesta antes de la publicación de esta información.

 

Inspección de Trabajo ahora tiene más poder

Es importante destacar que con la reciente aprobación de la Ley de Empleo, ahora las actas de la Inspección de Trabajo que declaren la laboralidad de un falso autónomo serán directamente ejecutivas, como recoge el experto en Derecho del Trabajo y plataformas digitales, Adrián Todolí en su blog.

Esto quiere decir que la Inspección hora tiene más facultades y los procesos se agilizan, ya que puede determinar si un trabajador es un "falso autónomo" sin esperar al dictamen de un juez, además de liquidar las cuotas de la seguridad social atrasadas.

"Esto es un cambio muy relevante en 3 sentidos", señala Todolí. 

"Por un lado, porque la Inspección podrá, sin recurrir a la jurisdicción social, declarar la laboralidad; de otro lado, porque las actas devendrán ejecutivas en el momento en que sean firmes, y, en tercer lugar, porque quién decidirá ahora sobre la laboralidad declarada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), en caso de que la empresa se oponga, no será la jurisdicción social, sino que la empresa deberá impugnar el acta ante el Contencioso-Administrativo".

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Esta modificación se realizó, recoge el experto, debido a que este tipo de procedimientos se dilataban mucho en el tiempo, y permitía a las empresas sancionadas seguir operando con "falsos autónomos" hasta que se dictaminara sentencia. 

Todolí utiliza los ejemplos, tanto del macrojuicio de Glovo como de Amazon, para ilustrar este problema. La catalana todavía tiene pendiente una macrocausa por su modelo laboral en la que están involucrados 3.200 repartidores que no se resolverá hasta mínimo noviembre de 2023. 

Dicho juicio estaba previsto para noviembre de 2022, pero como denunció el sindicato UGT, Glovo había logrado la suspensión con el pretexto de que una prueba de la Agencia Tributaria se había recibido la víspera del juicio y otra solicitada a una ETT hace unos días no había sido aportada.

Una práctica que desde el sindicato criticaron que se debía a una estrategia para dilatar los procesos judiciales.  "Las empresas han podido abusar de este sistema garantista para seguir funcionando con autónomos a pesar de las decisiones de la Administración", escribe Todolí en su blog.

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