Estos son los gastos que te puedes deducir en la declaración de la renta si vendiste tu casa el año pasado

Mujer joven pagando impuestos
  • Si vendiste una vivienda en 2022 debes saber cómo reflejar esta operación en la declaración de la renta y qué gastos te debes deducir.
  • La venta de vivienda supone una pérdida o ganancia patrimonial que se fija por la diferencia entre el precio de la venta y de la compra.

La declaración de la renta empieza el 11 de abril y finaliza el 30 de junio. El objetivo de millones de contribuyentes con esta gestión es ahorrar la máxima cantidad posible de dinero gracias a las deducciones.

El problema es que la declaración de la renta suele ser un trámite complejo, sobre todo si no estás familiarizado con el lenguaje tributario o ignoras las novedades fiscales de este año.

Algunas de las preguntas más comunes son la de si estás obligado o no a hacer la declaración de la renta, qué vías hay disponibles para completar el trámite o cuáles son las deducciones a las que tienes derecho.

Este último aspecto es el que más dudas genera entre los contribuyentes. Y la situación se complica si el año pasado hiciste ciertas operaciones que han cambiado tu situación financiera.

 

Por ejemplo, ¿puedes deducirte los gastos por la venta de una vivienda? Si obtuviste dinero por la venta de un inmueble en 2022 haces bien en formular esta pregunta.

A continuación, se explica cómo te afecta la venta de una vivienda en la declaración de la renta, los gastos que te puedes deducir y las exenciones para no tributar por esta operación.

Cómo te afecta la venta de una vivienda en la declaración de la renta

La venta de un inmueble tributa como ganancia patrimonial en la declaración de la renta.

Esta operación supone una pérdida o ganancia patrimonial para el contribuyente. Lo primero a establecer es la diferencia entre el precio de la venta y de la compra, para así saber si has ganado o perdido dinero.

El resultado se integra en la base imponible del ahorro. Posteriormente, Hacienda aplica un tipo impositivo de entre el 19% y el 26%, dependiendo de las ganancias obtenidas:

  • Hasta 6.000 euros: 19%
  • Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
  • Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%
  • Entre 200.000 y 300.000 euros: 27%
  • Más de 300.000 euros: 28%

Esto es así tanto en la venta de vivienda normal como al vender un inmueble heredado.

En estos casos es probable que la declaración de la renta te salga a pagar. Hacienda te da la opción de hacer el abono en 2 partes: la primera del 60% y la segunda del 40%.

Gastos que te puedes deducir por la venta de una vivienda

Merece la pena saber los gastos deducibles en la venta de una vivienda, ya que así pagarás menos si el resultado de la declaración es desfavorable para ti.

Los importes que puedes deducir son los gastos en la inmobiliaria, los gastos de cancelación de la hipoteca y lo que hayas pagado por la plusvalía municipal, tal y como advierten en La Información.

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En general todos los gastos asociados a la venta son susceptibles de tener derecho a una deducción. No dejes pasar la oportunidad para ahorrar dinero.

Exenciones para no tributar por la venta de vivienda

Hay un último aspecto a tener en cuenta: los casos en los que no tienes que tributar por la venta de una vivienda.

No tienes obligación de pagar IRPF si vendes una casa para comprar otra. Esto se conoce como exención por reinversión en vivienda habitual, aunque hay que cumplir varios requisitos para que pueda aplicarse:

  • Debes manifestar tu voluntad de acogerte a esta exención, ya que su aplicación no funciona de manera automática.
  • Ambas (la casa vendida y la comprada, o rehabilitada) deben ser una vivienda habitual.
  • Tienes que cumplir con los plazos y condiciones establecidos por la ley.

Recuerda que como vivienda habitual se considera "la edificación en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de, al menos, 3 años". 

En cuanto a los plazos que establece la ley, Hacienda impone que la reinversión en vivienda se debe realizar en un máximo de 2 años desde que se hace la venta.

Los mayores de 65 años o las personas con un grado de dependencia severa tampoco tienen que declarar la ganancia patrimonial obtenida por la venta de una vivienda.

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