El Supremo rechaza indemnizar a Cabify con 237 millones de euros por el 'decreto Ábalos'

Cabify, taxi VTC

Jon Nazca/Reuters

  • El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso presentado por Vector Ronda, filial de Cabify, en el que pedía ser indemnizada con 237,5 millones de euros por el Estado.
  • El Alto Tribunal respalda el conocido como 'decreto Ábalos' y descarta que haya un trato discriminatorio ni una privación de derechos, informa Europa Press.

El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso presentado por una filial de Cabify, que reclamaba al Estado una indemnización de 237,5 millones de euros por el conocido como 'decreto Ábalos', que establecía que las comunidades autónomas regularan la actividad de los VTC (vehículo de transporte con conductor).

El Alto Tribunal no solo no le da la razón a la filial, Vector Ronda, sino que respalda la norma. La Abogacía del Estado considera que esta se ajusta "plenamente al sistema constitucional de distribución de competencias en materia de transportes terrestres", según informa Europa Press, que ha tenido acceso a la sentencia, del 17 de julio de 2023.

La firma buscaba una compensación por "todos los perjuicios" que provocaba supuestamente el decreto —que incluía un periodo de transición de cuatro años que finalizó en 2022— y estimaba en esa cantidad las consecuencias económicas de proteger sus 2.192 licencias de VTC: 164.320 euros por cada licencia en Madrid, 74.678 euros por cada una en Cataluña y 34.810 euros por licencia en Andalucía, Valencia y Castilla-La Mancha.

Esto, a pesar de que ciudades como Madrid y Barcelona legislaron a favor de la continuidad de los servicios VTC, aunque con modelos completamente diferentes.

Sin embargo, el Supremo descarta que la ley implique un trato discriminatorio que perjudique a los VTC en favor de los taxis y considera que no hay ninguna privación de derechos hacia este tipo de licencias, sino solo "un cambio en las condiciones" conforme a la ley.

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"La nueva regulación no priva de ningún derecho ni suprime ningún servicio o facultad propio de estas autorizaciones. Se trata de un cambio en las condiciones de la autorización que, ante una realidad no cuestionada, se limita a circunscribir la autorización de ámbito nacional al contenido propio de la competencia estatal, dejando que sean las comunidades autónomas las que regulen esta modalidad de transporte cuando su ámbito sea exclusivamente urbano y, por ello, intracomunitario, como demanda el diseño constitucional de esta competencia", recoge la sentencia.

Las autorizaciones de VTC "no consolidan derechos adquiridos", añade el fallo, según informa Europa Press.

El denominado 'decreto Ábalos' —por el entonces ministro de Fomento, José Luis Ábalos—, fue tramitado en 2018 y establecía un periodo transitorio de cuatro años (como una especie de indemnización al dueño de la licencia por el dinero invertido) para que las autonomías regularan la actividad de los VTC en trayectos urbanos antes del 1 de octubre de 2022. 

Si no se llegaba a un acuerdo, las empresas solo podrían realizar trayectos interurbanos y quedarían prácticamente condenadas a desaparecer.

A partir de la llegada de la pandemia por el COVID-19, el Ministerio de Transportes se ha tenido que enfrentar a miles de recursos administrativos por parte de los propietarios de las licencias de VTC.

En junio, las VTC recibieron también un varapalo, después de que el Gobierno decretara que el taxi es un "servicio de interés general" y limitase la concesión de nuevas licencias de VTC. Unos días antes, estas últimas lograron un triunfo agridulce con la decisión del Tribunal de Justicia de la UE de tumbar el ratio 1/30 (por 30 taxis puede haber un máximo de un VTC).

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