El 1 de junio entran en vigor nuevas bajas médicas: la Seguridad Social reconocerá la incapacidad temporal a estas mujeres

Mujer embarazada mira el teléfono
  • La Seguridad Social reconocerá nuevas bajas por incapacidad temporal a partir del 1 de junio.
  • Las mujeres trabajadoras serán las beneficiadas de estas bajas médicas.

El 1 de junio entran en vigor 3 nuevas bajas por incapacidad temporal, tal y como viene recogida en la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero.

La Seguridad Social va a reconocer nuevas situaciones de baja médica para las mujeres trabajadoras, que serán las beneficiadas por esta medida.

Esta ley es la que incluye la baja por regla dolorosa, que fue anunciada hace unos meses por parte del Gobierno y que va a ser considerada como una situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes.

Además de esta nueva baja, la ley suma la incapacidad temporal por interrupción del embarazo y por gestación desde la semana 39.

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La medida pretende garantizar los derechos fundamentales en materia de salud sexual y reproductiva, y también quiere prevenir la violencia contra la mujer en este ámbito, según afirma La Información.

A continuación, se muestran los detalles que tienes que saber sobre las nuevas bajas de la Seguridad Social.

Las nuevas bajas por incapacidad temporal que entran en vigor el 1 de junio

Si eres mujer y estás trabajando conviene que conozcas tus nuevos derechos, sobre todo si te ves afectada por alguna de estas situaciones.

Esto es lo que debes saber sobre las nuevas bajas que entran en vigor en junio:

  • Baja por regla dolorosa: la menstruación que se considere incapacitante va a dar derecho a una baja temporal, aquí entran las que están asociadas a enfermedades como endometriosis, adenomiosis, pólipos endometriales, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, ovarios poliquísticos
  • Baja por interrupción del embarazo: esta situación, sea o no voluntaria, va a dar derecho a baja mientras la mujer no se encuentre en condiciones para trabajar; la ley también elimina el plazo de reflexión de 3 días y el consentimiento paterno para menores de 16 y 17 años.
  • Baja por gestación desde la semana 39: el subsidio lo va a pagar la Seguridad Social desde el día siguiente de la baja y hasta el parto, así que el empresario va a abonar el sueldo completo del día de la baja.

La ley también tiene el objetivo de eliminar los sesgos que pueden generar estas bajas en el trabajo, de modo que ninguna mujer se pueda ver discriminada por acogerse a uno de estos nuevos derechos.

La situación de baja médica debe dictaminarla un facultativo de la Seguridad Social. Recuerda que estar de baja no es motivo de despido y no pueden echarte por ello.

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